Se aprobó la ley que declara lugar histórico y cementerio de guerra en Darwin

La Comisión de Familiares de Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur informó que el pasado 4 de junio fue promulgada  la Ley que declara lugar histórico al Cementerio de Guerra de los Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur, emplazado en Darwin, Isla Soledad.

La Comisión de Familiares de Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur informó que el pasado 4 de junio fue promulgada  la Ley que declara lugar histórico al Cementerio de Guerra de los Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur, emplazado en Darwin, Isla Soledad.

Con la firma de su Presidente, Héctor Cisneros, la agrupación manifestó su satisfacción por la decisión legislativa.

“De esta manera, dice el comunicado de prensa de la entidad, se completa lo iniciado en Diciembre de 2008 con la sanción del Decreto PEN Nº 2131, que se constituyó en el primer  reconocimiento oficial otorgado a la labor desarrollada por los Familiares de los 649 Héroes Nacionales, y permitirá preservar y proteger al Monumento a los Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur, que en la actualidad integra el conjunto del Cementerio de Guerra de Darwin.”

“Como lo afirma la Ley, continúa el comunicado, cualquier iniciativa que se pretenda desarrollar a futuro en el Cementerio de Darwin, deberá ser consultada con la Comisión de Familiares de Caídos en Malvinas, así como con la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos.”

“Esta medida trae enorme tranquilidad a todos aquellos cuyos seres queridos yacen sepultados en el Cementerio de Darwin, pues no han faltado a lo largo de los 27 años de postguerra, sectores o individuos que han intentado profanar el bien hoy protegido legalmente, con argumentos pseudo humanitarios como la propuesta de identificar los restos o la colocación de placas con nombres propios, etc.”

Los textos de las mencionadas normas legales son los siguientes:

BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Nº  31670

FECHA DEL BOLETIN OFICIAL:   9 DE JUNIO DE 2009

LUGARES HISTORICOS

 Ley 26.498

Declárase lugar histórico nacional al cementerio de guerra de los caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur emplazado en el cementerio de Darwin, Isla Soledad.

 Sancionada: Mayo 13 de 2009.
Promulgada de Hecho: Junio 4 de 2009.

 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

 ARTICULO 1º — Declárase lugar histórico nacional al cementerio de guerra de los caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur, emplazado en el cementerio de Darwin, Isla Soledad.

 ARTICULO 2º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente de la Secretaría de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente al cumplimiento de la presente ley y convendrá con la Comisión de Familiares de Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur, las medidas pertinentes a efectos de asegurar la custodia, conservación, refacción y restauración del lugar histórico nacional que se declara por esta ley.

 ARTICULO 3º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos inscribirá en el Registro Nacional de Bienes Históricos el lugar declarado por el artículo 1º de la presente ley con la referencia lugar histórico nacional.

 ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

 — REGISTRADA BAJO EL Nº 26.498 —
JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Nº  31557

FECHA DEL BOLETIN OFICIAL:  22 DE DICIEMBRE DE 2008
MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Decreto 2131/2008

Declárase lugar histórico nacional al Cementerio ubicado en Puerto Darwin, Isla Soledad, Archipiélago de las Islas Malvinas, en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Bs. As., 11/12/2008

VISTO el Expediente Nº 8489/04 del registro de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA de la NACION, por el que se propone la declaración, como lugar histórico nacional, del CEMENTERIO situado en PUERTO DARWIN, ISLA SOLEDAD, ARCHIPIELAGO de las ISLAS MALVINAS, en la provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, y

CONSIDERANDO:

Que en el CEMENTERIO DE PUERTO DARWIN descansan los restos de parte de los combatientes argentinos caídos en el conflicto del Atlántico Sur, acaecido en el año 1982. Que allí fue levantado el Monumento a los Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico Sur.

Que la COMISION NACIONAL DE MUSEOS Y DE MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS resolvió, en sesión plenaria del 14 de enero de 2004 honrar la memoria de los soldados argentinos caídos en la Guerra del ATLANTICO SUR con la declaratoria que se propone.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado debida intervención.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha adherido a la presente iniciativa.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Declárase lugar histórico nacional al CEMENTERIO ubicada en PUERTO DARWIN, ISLA SOLEDAD, ARCHIPIELAGO DE LAS ISLAS MALVINAS (Datos: 51º 48’ de latitud sur y 58º 59’ de longitud oeste), a OCHENTA Y OCHO (88) kilómetros de PUERTO ARGENTINO, en la provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Sergio T. Massa. — Jorge E. Taiana.

12/06/09
NUESTROMAR

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