No se cometió el delito de piratería

Rusia se mueve casi al margen de la legalidad: acusa a Camila Speziale, Hernán Pérez Orsi y a otros activistas de Greenpeace de haber cometido piratería, pero de la lectura de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, que aquel país firmó, surge que ninguno de ellos incurrió en ese delito.


Rusia se mueve casi al margen de la legalidad: acusa a Camila Speziale, Hernán Pérez Orsi y a otros activistas de Greenpeace de haber cometido piratería, pero de la lectura de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, que aquel país firmó, surge que ninguno de ellos incurrió en ese delito.

Hugo Caminos, un jurista argentino que durante quince años fue juez del Tribunal Internacional de Derecho del Mar, afirma que los actos de estos activistas “no constituyen el delito de piratería, porque ese delito está previsto para otras situaciones”.

El 19 de septiembre pasado, treinta activistas de esa ONG fueron apresados en el rompehielos en el que viajaban, tras una protesta en una plataforma petrolera de Gazprom. Su fin era denunciar el impacto ecológico de esa tarea en el mar de Pechora, una zona rodeada de reservas naturales.

Es importante recordar qué ocurrió para entender si hubo delito. El presidente Vladimir Putin había dicho que no lo hicieron. Pero la Corte del Distrito Lenin de Severomorsk, en Murmansk, los acusó de ese delito, que el director ejecutivo de Greenpeace, Kumi Naidoo, calificó de “un delito imaginario”.

¿Qué es el delito de piratería, según la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar?:

Es un crimen internacional regulado en los artículos 101 a 107 de la Convención, un tratado internacional de 1982, firmado por Rusia.

El artículo 101 define qué es piratería: “Es todo acto ilegal de violencia, detención o depredación cometidos con un propósito personal, por la tripulación o pasajeros de un buque o una aeronave privada” contra otra nave o sus pasajeros.

De la lectura de esa norma surge que los activistas de Greenpeace no incurrieron en ese delito porque:

1) Tal vez la acción fue provocativa y podría ser una infracción de otro tipo, pero no fue violenta ni implicó la detención del buque ni fue depredatoria. Los activistas se expresaron y se retiraron.

2) Greenpeace, por definición, es una ONG que defiende causas de interés público. En este caso, protestaba contra la explotación petrolera del Ártico. Sus integrantes no actuaron por interés propio ni se apoderaron de bienes de las personas que estaban en ese lugar. No hubo pillaje ni robo ni saqueo. Actuaron en defensa del interés público.

El delito de piratería sólo debe aplicarse como fue definido.

Como la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar es de aplicación subsidiaria, la primera norma que se aplica es el código penal de cada país. La piratería, en Rusia, está penada con 15 años de prisión, igual que el artículo 198 del Código Penal Argentino. Pero aun cuando el Código Penal de Rusia sea más amplio que el artículo 110 de la Convención, no puede contradecirlo.

En suma, Rusia, al pretender aplicar ese delito a los activistas -que tratan de hacer sentir la presión internacional, algo que posiblemente no tenga mayores resultados- podría incurrir en responsabilidad internacional, y Greenpeace podría presentar una demanda ante el Tribunal Internacional de Derecho del Mar. Lo ideal sería, claro está, que mientras ello ocurre los activistas pudieran permanecer en libertad.

Por Adrián Ventura | LA NACION

08/10/13

LA NACION

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