La aplicación del código de conducta para la pesca responsable.
La aplicación del código de conducta para la pesca responsable.
Un artículo publicado recientemente en el diario La Nación por la licenciada Silvia Ferrari que rescata el estudio efectuado por Ben Halpern, investigador del Centro Nacional para el Análisis y Síntesis Ecológica de la Universidad de California, y un grupo de especialistas de la Asociación Americana para el Avance de las Ciencias, representa un claro panorama sobre los efectos negativos que produce la actividad humana en los océanos y mares.
El estudio hecho por Halpern que concluyó en un nuevo atlas de los océanos, es el punto de partida que Ferrari toma para hablar de la pesca como la principal causa de deterioro, que admite “trajo consecuencias fatales como la merma de los cardúmenes y el temor de que los mares se conviertan en cuencas sin vida”.
Quizás con una visión menos alarmista la preocupación que plantea Ferrari ha sido ya tenida en cuenta por 170 países miembros de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), quienes en 1995 aprobaron el Código de Conducta para la Pesca Responsable.
El mencionado Código, no obligatorio sino de carácter voluntario, encarna “un consenso mundial sobre una amplia gama de cuestiones concernientes a la pesca y la acuicultura”.
Principalmente, el Código aboga para que todos los países cuenten con políticas pesqueras claras inmersas en un marco jurídico, a fin de que la pesca y la elaboración del pescado se realice de manera que se reduzcan al mínimo los efectos negativos sobre el medio ambiente, además se insiste en que al confeccionarse las políticas pesqueras de los países se deberá disponer de información científica y conocimiento cabal sobre el recurso pesquero para poder actuar en consecuencia.
Sobrepesca
Para hacer frente a la sobreexplotación de las riquezas pesqueras que bien menciona Ferrari en su artículo, vale la pena detenerse aquí ya que el Código sugiere el ajuste de una normativa no solo en lo concerniente al tamaño de la flota y su potencia de motor, sino que “deberá conocerse los efectos de las artes de pesca sobre el medio ambiente”.
Aunque de todos modos la no obligatoriedad del Código y la falta de una política pesquera clara en estos terruños permite que no se haya hasta el momento puesto en práctica de manera rigurosa el uso de dispositivos de selectividad que sí los hay, para disminuir la pesca incidental de merluza o by catch que sale junto a las redes tangoneras de los buques que operan sobre el recurso langostino, especie de gran valor comercial que tiene como hábitat natural el Golfo San Jorge donde se explota desde hace más de 20 años mediante un convenio entre las provincias de Santa Cruz y de Chubut.
Quizás resulte irrisorio para quienes no estén imbuidos del quehacer pesquero, pero esta falta de una política clara en cuanto a la explotación del crustáceo por parte de las distintas autoridades de aplicación ha sido puesta de manifiesto en no pocas denuncias hechas por observadores a bordo que luego concluyeron en nada, o en lo que es peor, la pérdida de la fuente laboral del denunciante.
Si bien es cierto el observador es solo observador, pero existen hechos que no pueden soslayarse como lo son las miles de toneladas de merluza juvenil que son arrojadas a diario en los fondos marinos provocando la superpoblación y el avance de especie carroñeras como la centolla, hecho que bien pudiera ser evitado por el uso de dispositivos selectivos y por la decisión responsable del capitán de la embarcación de evitar áreas con una alta densidad de poblacion de especies que no son objetivo de captura (by catch).
Dicho de otro modo, esta falta de una normativa que obligue a empresarios, capitanes y marineros a poner en práctica ciertos mecanismos para una pesca responsable como sugiere el Código nos ha llevado a una instancia de la que pareciera no hay ya posible retorno, a no ser que sobrevenga un cambio rotundo en esta cuestión para preservar el caladero.
Dispositivos de selectividad
A la luz de los hechos, la problemática del by catch no es algo pasajero y el reto de reducir las capturas de especies no objetivos en las pesquerías de arrastre deberá ser una de las principales medidas que adopte la administración pesquera por el bien de nuestros recursos. Antes de abrirse el caladero se realizó una prospección de langostino en el Golfo San Jorge, jurisdicción de Santa Cruz. Si bien la misma se llevó a cabo con 16 buques que rotaban en 4 zonas, la gran cantidad de juveniles de merluza que se arrojaron al mar luego de izar las redes tangoneras es incalculable. Seguramente si desde la autoridad de aplicación se hubiera exigido el uso de dispositivos de selectividad que facilite el escape de estos juveniles, el impacto sobre el recurso hubiera sido otro.
Queda de todos modos la esperanza que durante la presente zafra las autoridades de aplicación tanto de Chubut como de Santa Cruz hagan cumplir el uso de cualquiera de los dos dispositivos de selectividad ya testeados, el Disela o el Hagril, para propiciar el escape de la fauna acompañante que frecuentemente la componen juveniles de merluza.
Será una medida justa por el bien del caladero y de todos los que viven de la actividad extractiva, ya que no solo se preserva el recurso por una cuestión biológica, sino porque se trata de bien social del que subsisten miles de familias.
Por Marina Pacheco
21/04/08
PESCA & PUERTOS
