La reforma portuaria de Brasil

El Congreso de Brasil aprobó el proyecto de ley de reforma portuaria el 16 de mayo, con lo que se le permitirá a las terminales portuarias manejar carga de terceros y modificará el criterio de selección para futuras concesiones de terminales de puertos públicos.


El Congreso de Brasil aprobó el proyecto de ley de reforma portuaria el 16 de mayo, con lo que se le permitirá a las terminales portuarias manejar carga de terceros y modificará el criterio de selección para futuras concesiones de terminales de puertos públicos.

El propósito fundamental de la reforma portuaria es energizar el sector portuario atrayendo inversionistas privados. Las deficiencias del sistema actual han sido identificadas y el nuevo marco legal intenta habilitar al sector para que cumpla su rol en el soporte de la economía nacional, dice el informe de los consejeros de Drewry Maritime Research (Drewry Maritime Advisors- DMA).

DMA describe el posible nuevo escenario marítimo-portuario que la nueva legislación –emitida en diciembre pasado bajo la sigla MP595 y también conocida como “Medida Provisional de los Puertos” o “MP dos Portos”- traerá. El gobierno necesitaba el periodo de 6 meses de validación de MP595 y tuvo que trabajar mucho para tenerla aprobada por el congreso, menciona el informe de Drewry.

MP dos Portos

Los dos principales temas de las reforma son que las terminales privadas estarán autorizadas para manejar carga de terceros y que el criterio de selección para las futuras concesiones de terminales de los puertos públicos será de acuerdo a la razón de menor tarifa/usuario en vez del mayor pago por concesión al gobierno –como solía ser, resume el informe de Drewry.

Sin embargo, el congreso ha introducido cambios significativos al texto original a un sinnúmero de otros temas de relevancia, tales como centralización –con lo que el gobierno federal espera mantener el control de la promoción y autorización de las nuevas terminales y concesiones de los puertos públicos-; extensión de las concesiones existentes –el gobierno evaluará la posibilidad de renovar anticipadamente -y por única vez- las concesiones post-1993, a cambio de compromisos de inversión, ya que muchas de ellas involucran a terminales de contenedores.

La versión corregida también se refiere al trabajo eventual, permitiendo que las terminales portuarias utilicen trabajadores eventuales para actividades de estiba, de la misma manera que se le requiere a las concesionarias privadas ubicadas en puertos públicos y, además, el congreso incluye una cláusula sobre la participación de navieras, prohibiendo que las compañías particulares donde las navieras tengan más de un 5% de participación puedan ofertar en una licitación de instalaciones portuarias.

Correcciones y aprobación

Según el informe, la Presidenta tiene 15 días hábiles para promulgar la ley. Ella mantiene la prerrogativa de vetar partes del nuevo texto y, en general, se espera que lo haga, por lo que las reglas descritas anteriormente no son las finales, destaca Drewry.

En particular, puede esperarse que las correcciones relativas al impacto restrictivo del acceso competitivo a las actividades portuarias, ya sean para inversionistas privados o trabajadores, sean anuladas.

Por otra parte, el Ejecutivo está decidido en mantener el control de las concesiones portuarias y sus mecanismos de renovación. Las cláusulas de renovación automática y las correcciones que debilitan el control en el proceso de licitación también pueden enfrentar un veto presidencial. Fuente: Drewry

27/05/13

MUNDO MARÍTIMO

Dejá un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio