Se resuelve un viejo reclamo del sector. Por una extensión de la norma pensada para la Cuenca Matanza– Riachuelo, se podrá mejorar la operatividad de las terminales marítimas y fluviales.
Se resuelve un viejo reclamo del sector. Por una extensión de la norma pensada para la Cuenca Matanza– Riachuelo, se podrá mejorar la operatividad de las terminales marítimas y fluviales.
La posibilidad de remover los cascos hundidos que afectan la normal operatividad de los puertos argentinos es una realidad. Y la solución a tan caro problema se dio poco menos que de casualidad.
La nueva norma, surgió por iniciativa presentada por el Ejecutivo en agosto de 2007 y originariamente preveía un marco normativo específico para la Cuenca Matanza–Riachuelo, afectada de una contaminación gravísima.
No obstante, en el Congreso se logró extender su alcance al punto de posibilitar remover los cientos de buques inactivos y disponer de los que están hundidos en aguas jurisdiccionales de todo el país.
El diputado Mario Pais presidente de la Comisión de Intereses Marítimos de la Cámara baja fue el encargado de realizar el informe de esta norma, que modificó la Ley de Navegación. En lo sustancial la ley posibilita que en todas las aguas jurisdiccionales del país se pueda disponer en un corto plazo de los buques y artefactos inactivos y aún hundidos, aunque los mismos no constituyan un obstáculo para la navegación.
Tal cual explicó el legislador justicialista, “al modificar la Ley de Navegación y extender la solución prevista para la cuenca hídrica, posibilitamos que en todos los cursos y vías navegables del país, sean fluviales, lacustres y marítimas, la Prefectura Naval Argentina pueda avanzar en la remoción, extracción y posterior desguace de cientos de embarcaciones inactivas, varadas y hundidas, con lo que se da una solución integral a un problema acuciante en muchos puertos y vías navegables”.
Encargada
La Prefectura Naval Argentina será la encargada de llevar a cabo el procedimiento administrativo por medio del cual se determinará la situación de inactivo, y en función de ello el peligro u obstáculo que representen, ya sea a la navegación, a la operación portuaria, a la preservación del medio ambiente o al entorpecimiento del libre escurrimiento de las aguas y, previa resolución fundada, se procederá a intimar a los propietarios para que en el plazo de 2 a 5 meses remuevan el buque o artefacto, atento a que en su defecto pasará al dominio del Estado Nacional y se dispondrá del mismo.
“Esta ley también contempla el supuesto de la existencia de medidas cautelares dictadas por jueces, regulándose un procedimiento sumarísimo que no obste a la prosecución de las tareas necesarias para la disposición final de los buques”, agregó Pais.
La nueva norma incorpora a la Ley de Navegación los principios de la preservación ambiental y en función de la misma, así como de la navegación y operación portuaria, se posibilitará los trabajos para la remoción y extracción de los buques y artefactos navales que tengan la aptitud de degradar el ambiente y/o obstaculizar la navegación o la operación portuaria.
Un flagelo
De acuerdo a los antecedentes que hay sobre el tema, en todo el país existen en la actualidad 491 buques inactivos, de los cuales 28 se encuentran en el Riachuelo, en la dársena del este 11 y en la dársena sur otros 11, sumando en total 40. En el resto del país hay 441. Muchos de estos buques están hoy ocupando de manera ociosa vital espacio de muelles restringiendo la operatoria portuaria. En la mayoría de los casos son unidades interdictas por la Justicia en interminables procesos de quiebra. Es así como a la hora de pensar en rematar el bien para el pago a los acreedores, el buque no tiene valor alguno y resulta más oneroso retirarlo del lugar en el que se encuentra.
Por Agustín Barletti – Buenos Aires
12/03/08
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