En su calidad de presidente del bloque de concejales de Proyecto 2000, el edil justicialista Sergio Ripoll brindó detalles de un proyecto elevado al órgano legislativo local, el que formó parte del orden del día de la sesión de la semana pasada y fue derivado a comisión de Gobierno.
En su calidad de presidente del bloque de concejales de Proyecto 2000, el edil justicialista Sergio Ripoll brindó detalles de un proyecto elevado al órgano legislativo local, el que formó parte del orden del día de la sesión de la semana pasada y fue derivado a comisión de Gobierno.
A través del mismo, se solicita al Ejecutivo municipal que realice las gestiones pertinentes a fin de que se dé cumplimiento efectivo a la legislación provincial vigente con respecto al manejo sustentable de los recursos pesqueros en jurisdicción de nuestra ciudad (en contra de la depredación), a la vez que se pide que informe si han requerido los controles respectivos a la provincia de Santa Fe. En tal sentido, Ripoll recuerda que existen cuatro leyes provinciales, la N° 11.614, N° 12.212, N° 12.482 y N° 12.703, que refieren al manejo sustentable de los recursos pesqueros.
La primera de ellas es la que faculta al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio para establecer puertos de fiscalización de productos de la pesca comercial y suscribir convenios con municipalidades y comunas. La segunda de estas normativas, por su parte, es la que regula sobre captura, cría o cultivo de recursos pesqueros; investigación y capacitación; comercialización e industrialización; fiscalización de la producción pesquera en sus etapas de captura, recolección, desembarco, transporte, elaboración, depósito y comercio; así como atiende al registro -dentro de la jurisdicción santafesina- de las embarcaciones, los transportes terrestres, los establecimientos, productos, subproductos y derivados de la pesca.
Por intermedio de la tercera, igualmente, se da lugar a la Secretaría de Estado, Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable como organismo encargado de fijar los volúmenes máximos de captura, por año y por especie, consignándose las cantidades correspondientes a cada una de las modalidades de pesca, además de definir quiénes tendrán a su cargo las funciones de vigilancia y control, entre otras disposiciones. Por último, la cuarta de las leyes especificadas -en el marco de otros preceptos legales- es la norma que consigna la asignación de cupos a la exportación de pescado de río con origen en los establecimientos radicados en jurisdicción provincial, que serán complementarios o sustitutivos de los que pudieren fijarse a nivel nacional, con la finalidad de disminuir la presión de pesca.
22/04/08
EL LITORAL – SANTA FE
