La regasificación puede continuar en White, el juez Alvarez Canale rechazó el recurso de amparo

La regasificación puede continuar en White, el juez Alvarez Canale rechazó el recurso de amparo

La acción corrió la misma suerte que la medida cautelar que reclamó prohibir la llegada del "Excelsior". El fallo considera que la operatoria cuenta con todos los permisos de las autoridades competentes.

La acción corrió la misma suerte que la medida cautelar que reclamó prohibir la llegada del "Excelsior". El fallo considera que la operatoria cuenta con todos los permisos de las autoridades competentes.

"Cualquiera puede pedir a los poderes públicos lo que desee, acertado, absurdo, viable o erróneo. En el pedir, no hay peligro. Podrá haberlo al conceder o negar, mas la mera solicitud es de suyo inocua".

Con esa reflexión de "Los Derechos del Hombre, del Ciudadano y del Estado" (Osorio y Florit), el juez Alcindo Alvarez Canale (Juzgado Federal Nº 1) prologó los considerandos de la sentencia que rechazó la acción de amparo, que fuera firmada el miércoles, a las 19.30, y a la que ayer tuvo acceso "La Nueva Provincia".

El recurso, con más de 700 firmas de whitenses y bahienses, se había presentado el jueves 15 de mayo y pidió la prohibición, en el ámbito de la jurisdicción del tribunal, de toda tarea relacionada con el proceso de licuefacción, transporte, almacenamiento, regasificación, trasvasamiento y distribución de gas natural licuado (GNL), hasta tanto se regulen dichas actividades y mientras no se dicte la normativa interna específica, acorde con los estándares internacionales de calidad y seguridad.

Mientras se resolvía el amparo, el buque regasificador "Excelsior", contratado por YPF, comenzó a operar (el jueves 5 del corriente mes), el martes 15 se le acopló el "Excelerate", con 58.671 toneladas de GNL. Y para hoy, está programado el arribo del "Castillo de Villalba".

El amparo fue interpuesto contra la secretaría de Energía de la Nación, Prefectura Naval Argentina, Dirección Nacional de Vías Navegables, Energía Argentina Sociedad Anónima, YPF, Compañía Mega, Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca, Enargas, Transportadora de Gas del Sur y el Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible.

La acción fue promovida por el fiscal general ante la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca, Hugo Cañón, junto con el defensor público oficial federal, Gabriel Jarque, y el fiscal federal de primera instancia, Antonio Castaño.

También la suscribieron, entre otros, las asociaciones Ambientalista del Sur y Vecinal de la Costa, la Agrupación Municipal Integración Ciudadana y la Sociedad de Fomento de Ingeniero White.

En los argumentos, los amparistas alertaron sobre lo que consideran un riesgo no evaluado en forma debida, en pleno corazón del Polo Petroquímico y a mil metros de Ingeniero White.

Atento a las normas vigentes transcriptas en el expediente y, en especial, por tratarse el transporte y distribución de gas natural de un servicio público nacional, el juez consideró la pretensión de los amparistas "contraria a la función constitucionalmente consagrada del Ministerio Público de promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, de los intereses generales de la sociedad, en coordinación con las demás autoridades de la República".

También dice que los amparistas no han aportado elementos que permitan afirmar ilegalidad alguna en la operación en cuestión.

"Máxime –destaca–, teniendo en cuenta la presunción de validez y ejecutoriedad de los actos administrativos".

Sobre los aspectos ambientales, Alvarez Canale señala que, como se advierte, la interpretación legal que los amparistas hacen "nos conduce al absurdo de tener que prohibir cualquier actividad riesgosa (por caso, las realizadas con gas) ante la hipótesis (que, como extrema, existe siempre) de que tal riesgo se concrete ante el acaecimiento de determinadas situaciones (reitero) extremas".

Respecto de la seguridad, el fallo indica que las autoridades nacionales y provinciales competentes para ello dictaron los actos administrativos, dentro de los cuales se prevén todas las normas del caso. También cree "plenamente válido" el análisis de riesgos de la consultora internacional URS.

Desestimación

Previamente, en su dictamen, el magistrado desestimó el pedido de rechazo del amparo por parte de la demandada YPF SA, que alegó la falta de legitimación de los actores que promovieron la acción y cuestionó, entre otras, a la Asociación Vecinal de la Costa, Asociación Ambientalista del Sur, Sociedad de Fomento de Ingeniero White e Integración Ciudadana.

Alvarez Canale indica que, si bien el artículo 43, segundo párrafo, de la Constitución Nacional no consigna explícitamente que el Ministerio Público (Fiscalía) cuenta con legitimación para promover la acción de amparo allí descripta, "se hace fácil inferir que en el objeto a que queda destinado el amparo colectivo se hallan comprometidos intereses generales de la sociedad, a los que el Ministerio Público tiene que defender".

Precedentes

En el amparo, se incluyó la medida cautelar que reclamó la prohibición del ingreso al estuario bahiense de embarcaciones de transporte, regasificación y suministro de GNL, por no reunirse los requisitos mínimos indispensables.

El juez Alvarez Canale la desestimó, considerando que, conforme a los estudios presentados, las características especiales del buque "indican prima facie que los riesgos posibles son ínfimos o nulos en circunstancias normales" y en condiciones de tiempo y clima.

Tal dictamen fue confirmado por la Cámara Federal de Apelaciones el 23 de mayo y, más tarde, ante el recurso extraordinario intentado, el 10 de este mes.

Otro barco

El buque español "Castillo de Villalba", que procede de Point Fortín (Trinidad y Tobago), debe amarrar este mediodía en el muelle de la Compañía Mega. Ayer, a las 14, llegó a la boya faro, con una demora de siete horas, según indicó el Consorcio de Gestión del Puerto. Tras situarse junto al "Excelsior", le trasvasará 58.500 toneladas de gas metano licuado.

Remolcadores "sin irregularidades"

El Juzgado Federal Nº 1 también determinó que no se violaron disposiciones legales respecto de la labor de los remolcadores asignados al "Excelsior" y acerca de las normas de previsibilidad y seguridad en las maniobras.

El viernes último, el concejal de Integración Ciudadana Norberto Martínez, al aludir a los riesgos que implica regasificar en medio de un Polo Petroquímico y a pasos de una población, afirmó que se cometieron transgresiones a las reglas de la Prefectura Naval y que el "Ona Temple", uno de los cuatro remolcadores que deben turnarse para permanecer junto al "Excelsior", no tuvo arrestallamas en los conductos de escape.

También advirtió que los remolcadores no siempre permanecieron alertas, debido a un conflicto sindical; que por falta de un traductor, hubo problemas de comunicación con la tripulación del buque y que la firma no presentó la actualización de la certificación de potencia de tiro de los remolcadores que le fue solicitada.

Tras evaluar los informes que requirió, el juez no observó las irregularidades planteadas.

27/06/08
LA NUEVA PROVINCIA – BAHÍA BLANCA

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