Con el voto de dos de sus integrantes, la Sala 2 de la Cámara Federal ordenó al juez Canicoba Corral la remoción del interventor del SOMU, Alfredo Bertonasco, por incompatibilidad “que menoscaba el derecho de los trabajadores” y reiteró el pedido de cese inmediato de la intervención.
Con el voto de dos de sus integrantes, la Sala 2 de la Cámara Federal ordenó al juez Canicoba Corral la remoción del interventor del SOMU, Alfredo Bertonasco, por incompatibilidad “que menoscaba el derecho de los trabajadores” y reiteró el pedido de cese inmediato de la intervención.
En abril pasado la Sala 2 de la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional ordenó al juez Rodolfo Canicoba Corral respetar los 180 días fijados para dar fin a la intervención y limitar el rol del interventor designado por el Ministerio de Trabajo al armado del proceso eleccionario.
Desplazado
Ahora un nuevo fallo de esta misma Sala –y tal como ocurrió la vez anterior, con el voto en contrario del juez Leopoldo Bruglia– ordenó la inmediata remoción del interventor Alfredo Bertonasco para evitar una “superposición de intereses que se traduzca en un menoscabo a los derechos de los trabajadores” y la designación en su reemplazo de un nuevo interventor.
Eduardo Freiler y Jorge Ballestero, los firmantes del voto en mayoría, recordaron que han solicitado el cese inmediato de la intervención. Si bien el juez que entiende en la causa aún no designó un nuevo interventor, ayer ya no participó el SOMU de negociaciones paritarias en Mar del Plata.
Demanda de Morato
El nuevo fallo de la Sala 2 tienen fecha del 12 de mayo. Dos de los tres magistrados que la componen votaron en total coincidencia y uno en desacuerdo respecto de la remoción del actual interventor del SOMU. En la resolución final expresaron, por lo tanto, revocar parcialmente la designación de Bertonasco: “Debiendo el juez de primera instancia proceder conforme lo expresado en los considerandos de los votos que conforman la mayoría.
El exdirigente Mario Morato presentó una demanda contra la designación del funcionario del Ministerio de Trabajo, Alfredo Bertonasco, por no estar encuadrada en los dispuesto por el Consejo de la Magistratura al establecer que el interventor debe surgir de un listado de profesionales que se renueva anualmente.
Apurar elecciones
Al analizar la demanda, el juez Eduardo Freiler consideró que la solicitud era atendible y que resultaba “inadmisible que el Poder Ejecutivo, a través de un funcionario del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social -a quien ya se le había encomendado realizar todas las actividades concernientes al acto eleccionario del SOMU, ejerza también el rol de interventor”.
Freiler aclaró que la objeción formulada “no se dirige puntualmente al Dr. Bertonasco, sino a cualquier funcionario que pertenezca a la misma cartera ministerial y/o cualquier otra persona perteneciente al Poder Ejecutivo Nacional”. Señaló además que no se puede soslayar el hecho de estar ante la intervención de una Asociación Sindical “que tiene por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores”.
Con estos argumentos y con el “fin de evitar una situación de superposición de intereses que se traduzca en un menoscabo a los derechos de los trabajadores que el SOMU” solicitó sea remplazado. En total coincidencia con su compañero de Sala se expresó el juez Ballestero, quien también estuvo de acuerdo con el cese inmediato de la intervención.
Voto en contra
Quien se expresó en forma contraria a sus dos compañeros fue el juez Leopoldo Bruglia, que al igual que en el fallo de abril indicó que con la designación de Bertonasco, “si bien podría exceder el marco” del artículo 454 del Código Penal por pertenecer al Ministerio de Trabajo, “no se evidencia -por ahora- conflicto de intereses, ni agravio o perjuicio concreto derivado del nombramiento señalado”.
Finalmente la Cámara resolvió al respecto revocar parcialmente, “en lo que concierne a la designación del Dr. Alfredo Enrique Bertonasco como interventor del SOMU, debiendo el juez de primera instancia proceder conforme lo expresado en los considerandos de los votos que conforman la mayoría”.
Esperan nueva designación
Ahora el juez Canicoba Corral deberá actuar según lo resuelto por la Cámara; y si bien aún no se ha designado un nuevo interventor, ni se limitaron mediante un fallo del tribunal superior las acciones del interventor designado relativas al armado del proceso eleccionario, ayer ya no se presentó ningún representante del SOMU a la reunión de negociación paritaria con la Cámara de Armadores de Mar del Plata, quedando la negociación en manos del SIMAPE. (REVISTA PUERTO)
22/05/2017
