La Argentina está liberada para la pesca de juveniles

Una resolución de 1996 estableció tallas mínimas de captura pero fue derogada por otra norma, diez años más tarde, sin que se restableciera algún límite. Enterados los armadores por los propios funcionarios ahora comenzarían a recurrir las infracciones. Las declamaciones de transparencia y de preservación de los recursos naturales para garantizar el trabajo futuro son relatos vacíos a la hora de contrastarlos con la realidad.


Una resolución de 1996 estableció tallas mínimas de captura pero fue derogada por otra norma, diez años más tarde, sin que se restableciera algún límite. Enterados los armadores por los propios funcionarios ahora comenzarían a recurrir las infracciones. Las declamaciones de transparencia y de preservación de los recursos naturales para garantizar el trabajo futuro son relatos vacíos a la hora de contrastarlos con la realidad.

Desde el inicio del año, muchos armadores se ofuscaron por la presión legal que deberían soportar por parte de los inspectores. Se esperaba que la pesca de juveniles, el descarte y la ausencia de artes de pesca selectivas fueran considerados faltas imperdonables; pero ya se encontró la vuelta para reírse de los inspectores, gracias al asesoramiento que los empresarios habrían recibido desde la propia Dirección de Pesca. La falta de normativa específica que indique la talla mínima de captura dejaría a los armadores a salvo de cualquier sanción y podrían comenzar a recurrirlas.

El discurso principista de Cambiemos choca con la realidad que se observa en los muelles; no solo no se ha modificado esta situación que otorga una coartada legal para evitar sanciones, sino que además existirían promesas de desestimar 50 infracciones por pesca excesiva de condrictios.

La Resolución 447 del año 1996 estableció el largo total mínimo o de primera madurez sexual de las especies demersales de altura y costeras, prohibiéndose la captura de ejemplares que estuviesen por debajo de esa talla. El objetivo fue “asegurar que un alto porcentaje de los ejemplares juveniles alcance su primera madurez sexual, garantizando así el necesario recambio poblacional que compense las pérdidas producidas por mortalidad natural y por pesca”.

Las tallas mínimas de captura que entonces se establecieron para ambos sexos en todos los casos fueron: merluza hubbsi, 35 centímetros; merluza negra, 85 centímetros; merluza de cola, 60 centímetros; polaca, 38 centímetros; corvina rubia, 35 centímetros; pescadilla, 30 centímetros; gatuzo, 60 centímetros; besugo, 26 centímetros; abadejo, 72 centímetros; pez palo, 46 centímetros; pez ángel, 75 centímetros y salmón, 37 centímetros.

Esta norma fue derogada diez años más tarde por el artículo 58 de la Resolución 920; otro artículo hizo lo mismo con la Resolución complementaria 707 de 1997, que establecía que los buques pesqueros solo podrían capturar hasta el 10% de tallas inferiores a las fijadas por la resolución antes citada.

Nada justificó entonces la derogación de dichas resoluciones, como tampoco la falta de dictado de una norma que subsanara esta situación perjudicial para la sustentabilidad de los recursos y de la actividad a largo plazo por parte de las administraciones que se sucedieron. Hoy esta inexplicable decisión adoptada por el entonces secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Miguel Campos, sirve a los armadores para evitar sanciones por la pesca indiscriminada de juveniles.

Nadie había reparado en este vacío legal, hasta que autoridades de la Dirección de Coordinación Pesquera se lo comunicaron a los armadores y la noticia corrió a la velocidad de la luz. Así pudimos tomar nosotros también conocimiento de lo que estaba sucediendo. Según declararon fuentes relacionadas con el control pesquero, habría sido el propio Director, Juan Manuel Bosch, quien puso en conocimiento a los armadores de esta situación.

De 2006 hasta la fecha se ha sancionado la captura de juveniles valiéndose de las normas de manejo establecidas por la Ley Federal de Pesca que la prohíbe, con parámetros establecidos por el INIDEP, que por sí mismos no son vinculantes. Informaron desde la Dirección que de todas formas “las infracciones fueron impuestas y cobradas oportunamente”; pero a partir de ahora los infractores podrán valerse de este artilugio legal para evitar ser sancionados.

Resulta llamativo que el funcionario, en vez de presentar el tema ante las autoridades pesqueras como un problema a resolver, o al propio Consejo Federal Pesquero que presidió en la segunda reunión del año, elija darle la primicia a los armadores para que hagan de esta falla una herramienta legal.

Una conducta similar habría adoptado el actual funcionario de Pesca en el caso de los condrictios. Se ha convenido la realización de monitoreo de la flota costera a partir de la participación de un observador a bordo en el buque Porto Bello, que lejos de prospectar una amplia área de captura como ocurre normalmente en las prospecciones realizadas por el INIDEP, “fue conducido por el patrón del barco al punto de concentración de la especie”, según señalaron actores directamente involucrados.

Las conclusiones a las que la autoridad de aplicación arribe a partir de la experiencia en el barco Porto Bello, según trascendió, serían el argumento del que se valdrían en la Dirección de Pesca para dejar sin efecto las 50 infracciones realizadas en el Muelle 10 de Mar del Plata por exceso de captura de condrictios.

Estas 50 infracciones descansan hace más de un mes en la Dirección de Coordinación Pesquera de la Nación, sin que hayan sido derivadas al Departamento de Legales para dar curso a las correspondientes sanciones. Este letargo administrativo no hace más que confirmar la teoría que han construido en el Muelle 10 de un acuerdo entre armadores y funcionarios.

Otra vez en funciones -después de unas prolongadas vacaciones- el Subsecretario de Pesca, es de esperar que dé curso no solo a las sanciones correspondientes a la pesca ilegal de condrictios sino a una modificación de la legislación vigente para evitar la pesca indiscriminada de juveniles. La reunión que se lleve a cabo hoy en el Consejo Federal Pesquero parece ser el lugar y momento indicados para revertir esta situación.

De lo contrario confirmarán que nada está cambiando realmente y que es muy cómodo ser la autoridad de aplicación de esta legislación vigente. “Tenemos que terminar con la viveza criolla mal entendida”, dijo el Presidente Mauricio Macri, ayer en cadena nacional, en la apertura de las sesiones legislativas. Veremos si sus funcionarios actúan en consecuencia. (Por Karina Fernández – REVISTA PUERTO)

03/03/16

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