Han pasado varios gobiernos desde el año 1999 y hace mucho tiempo ninguna autoridad actualizó los valores en el arancel para los permisos de pesca. El Fiscal de Estado calificó esto de «irregularidad» y advirtió la existencia de una «notoria e inaceptable negligencia de las personas con injerencia», sobre este asunto.
Han pasado varios gobiernos desde el año 1999 y hace mucho tiempo ninguna autoridad actualizó los valores en el arancel para los permisos de pesca. El Fiscal de Estado calificó esto de «irregularidad» y advirtió la existencia de una «notoria e inaceptable negligencia de las personas con injerencia», sobre este asunto.
USHUAIA.- En tiempos que el gobierno persigue mejorar su recaudación para hacer frente a obligaciones tales como pagos de salarios; y donde lo primero que se busca es aplicar carga impositiva al sector productivo; ha cobrado importancia un dictamen elaborado por la Fiscalía de Estado referido al cobro en el arancel de permisos de pesca.
El dictamen habla de un actuar «negligente» y enumera pruebas donde se constata que las empresas abonan cánones «irrisorios» en comparación con las grandes ganancias que se llevan.
El pasado 11 de enero se conoció el dictamen 03/07. Se trata de un extenso escrito donde puntualiza una serie de irregularidades en el manejo administrativo de los permisos de pesca; y donde se advierte «con sorpresa», que los aranceles datan del año 1999 y que -desde esa época y a pesar de los cimbronazos económicos que padeció el país y la provincia- nunca se actualizaron.
«Ha causado sorpresa la circunstancia de constatar que la recaudación en concepto de arancel para la obtención de los permisos de pesca se funda en una resolución del año 1999 que por otra parte, y contrariamente a lo actuado, fue dictada sólo para tener vigencia durante dicho año», indica el dictamen.
Puntualiza el Fiscal de Estado que ante esta circunstancia es «evidente que, valores fijados hace nada menos que siete años atrás, inevitablemente, por razones que no es necesario puntualizar por ser de público y notorio conocimiento, han quedado claramente desactualizados».
En el escrito de la Fiscalía de Estado se refleja un informe de un funcionario del CADIC-CONICET, Nemesio San Román, donde concluye que «… parece irrisorio también lo que se cobra por un permiso de pesca, según la información entregada, porque las ganancias van mucho más allá de lo que se paga por el permiso de pesca…».
ANTECEDENTE
En el año 1999, el entonces Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, dictó la resolución 721/99 fijando los aranceles para los permisos de pesca que se otorgarían para ese año. La normativa se prorrogó durante siete años, sin ser actualizada nunca. Cabe indicar que en el medio -al filo de 2001- existió una fuerte devaluación de la moneda. Ni siquiera ello conmovió a las autoridades para que la provincia dejara de perder millones en un recurso natural tan preciado como el pesquero.
Para el Fiscal de Estado no existe «duda en cuanto a la irregularidad en que se ha incurrido, que sólo pudo producirse y extenderse en el tiempo con motivo de una notoria e inaceptable negligencia de las personas con injerencia sobre el particular».
OBSERVACIONES DE LA FISCALIA
– La falta de un «manual de procedimiento» ante la presentación de solicitudes de permisos de pesca y/o su renovación
– La ausencia de una norma que establezca las misiones y funciones de quienes tienen injerencia en la cuestión
– Cobrar el arancel por permisos de pesca durante varios años en base a una resolución cuya vigencia estaba prevista sólo para el año 1999
– Requerimientos de documentación a las empresas en forma innecesaria, en ocasión de tramitar las mismas permisos de pesca o su renovación
– Otorgamiento de permisos de pesca a sociedades distintas de las que correspondía. Como ejemplo se cita el caso del buque «Vieirasa Ocho», se le otorgó a Pescasur SA cuando correspondía a Vieira Argentina SA
– Solicitudes iniciadas y tramitadas por personas que no acreditan la representación y/o relación con la empresa que obtiene el permiso de pesca
– Incorporación en expedientes de documentación correspondiente a otro
– Sin motivos que lo justifiquen, extensas demoras en la tramitación de algunos permisos e inesperada rapidez en la de otros
– Otorgamiento del carácter de observadores a bordo a quienes no aprobaron el curso respectivo
– Inadecuada forma de llevar registros e incumplimiento respecto a algunos de ellos
– Falta de funcionamiento del Consejo Provincial de Pesca previsto en el Capítulo XI de la Ley Pcial. N° 244
– Desigual tratamiento en la tramitación de los permisos de pesca
– Otorgamiento reiterado de permisos de pesca sin haberse cumplido los recaudos para ello
– Ausencia de reglamentación de distintos aspectos de la Ley Pcial. N° 244 dejando transcurrir años, no obstante la obligación e importancia de hacerlo
– Manifiesto desconocimiento de normas o en su defecto violación de las mismas.
19/04/07
EL SUREÑO
