Establecen régimen especial para cancelar derechos por transferencia de cuota

El plan otorga la posibilidad de pagar hasta en 24 cuotas con el interés fijado por Banco Nación. Los armadores interesados deberán realizar una presentación espontánea.

El plan otorga la posibilidad de pagar hasta en 24 cuotas con el interés fijado por Banco Nación. Los armadores interesados deberán realizar una presentación espontánea.

Un nuevo plan de pago fue establecido por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca para cancelar deudas vinculadas a Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC).

El régimen especial le otorga al armador la posibilidad de cancelar compromisos en hasta 24 cuotas con el interés fijado por Banco Nación en sus operaciones en pesos.

Los derechos por transferencias definitivas de CITC y los cánones establecidos para los receptores de cuotas provenientes de los fondos de reasignación son los dos conceptos alcanzados.

Según establece la Resolución 869/2010, los interesados deberán realizar una presentación espontánea ante la Autoridad de Aplicación para acceder al beneficio.

Una de las condiciones es registrar una deuda no inferior a los cinco mil pesos. Además, deberá realizarse una presentación en forma individual para cada buque.

Por otra parte, el monto de cada cuota no podrá ser inferior mil quinientos pesos y en caso de superar las diez el empresario tendrá que presentar garantías.

29/11/10
PESCARE

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