La transferencia del área, que estaba a cargo del Ministerio de Interior y Transporte, fue dispuesta a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 441/2015, firmado por la presidente Cristina Kirchner y el gabinete nacional. La medida establece también cambios en la Ley de Ministerios.
La transferencia del área, que estaba a cargo del Ministerio de Interior y Transporte, fue dispuesta a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 441/2015, firmado por la presidente Cristina Kirchner y el gabinete nacional. La medida establece también cambios en la Ley de Ministerios.
(Buenos Aires) Según la norma, “considerando la trascendencia que el transporte fluvial y marítimo en su conjunto, así como su regulación y coordinación constituyen para el progreso y el desarrollo nacional y de la población en su conjunto, configurando un aspecto vital para tal desarrollo los aspectos vinculados a las relaciones y cuestiones de competitividad, resulta aconsejable transferir dichas competencias del ámbito del ministerio del Interior y Transporte, a la órbita del ministerio de Economía y Finanzas Públicas”.
El ministerio del Interior y Transporte tenía como responsabilidad entender todo lo relacionado con el transporte fluvial y marítimo, así como en su regulación y coordinación; la elaboración, aplicación y fiscalización del régimen de flotas mercante, fluvial, de cabotaje y ultramar; la organización, dirección y fiscalización del registro de inscripción, fijación de capacidades y calificación de las empresas vinculadas a la industria y reparación naval así como en todo lo relacionado con la construcción, habilitación, administración y fiscalización de puertos y vías navegables.
“La modificación proyectada permitirá profundizar el desarrollo, eficiencia y competitividad del transporte fluvial y marítimo en su conjunto, así como maximizar la coordinación y participación de los distintos sectores involucrados, tendientes a la integración y complementación funcional del sector en cuestión”, asegura el decreto. Para ver el Decreto 441/2015: www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/245000-249999/245231/norma.htm. (Web Picking)
30/03/15

