Problemas en la extensión de la rebaja de derechos de exportación en la pesca

(FNM) La rebaja de estos derechos no es automática y aún se desconoce cómo se aplicará el Artículo 3 del Decreto 429/2012.

(FNM) La rebaja de estos derechos no es automática y aún se desconoce cómo se aplicará el Artículo 3 del Decreto 429/2012.

En relación a la vigencia del Dto. 429/2012 por el cual se prorroga la reducción arancelaria de determinados productos de la pesca hasta el 19/6/2012, aun (27/03/2012) no fueron modificadas las bases de datos del sistema Maria ajustando este tratamiento.

Consultados funcionarios de la Aduana, informaron que dicha reducción arancelaria se realizará puntualmente por cada CUIT que cumpla con los preceptos del art 3ro del mencionado Decreto:

“Art. 3º — Será de aplicación lo dispuesto en los artículos 1º y 2º a las empresas cuyos productos se encuentren alcanzados por las medidas establecidas precedentemente, sujeto a que mantengan o incrementen la planta de personal, tomando como base de referencia el mayor número de empleados registrados durante el mes de diciembre de 2011 y cumplan con sus obligaciones tributarias y de la seguridad social, quedando sometidas al monitoreo mensual de los Ministerios de INDUSTRIA, de AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y de ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, así como de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.”

Ver el texto completo del mencionado Decreto aquí:

Decreto 429/2012 PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

27/03/12

FUNDACION NUESTROMAR

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