Prefectura habilitó el corredor para buques durante la temporada de ballenas

En aguas del Golfo Nuevo los navíos cuentan con una zona delimitada para el tránsito.

En aguas del Golfo Nuevo los navíos cuentan con una zona delimitada para el tránsito.

La Prefectura Naval Argentina en Puerto Madryn, anunció que a través de la Ley Provincial 2.381 quedó establecida la prohibición de realizar toda actividad de acercamiento o persecución, navegación, natación y buceo a cualquier especie de mamíferos marinos y sus crías, en las costas y mar de la jurisdicción provincial chubutense.

Por otro lado, comunicó que la Ley 4.098 establece también una zona intangible en aguas del Golfo Nuevo, comprendida por todo el sector ubicado al norte de la línea imaginaria trazada entre Punta Arco -en la farola del Parque Pesquero de Madryn- hasta Punta Pardelas, al sudeste de la localidad de Puerto Pirámides. En ese sector está prohibido navegar en embarcaciones particulares, con la excepción de aquellas personas específicamente autorizadas por la autoridad de aplicación.

Además, con motivo de iniciarse la temporada de avistajes de ballenas en aguas del Golfo Nuevo, el jefe de la Prefectura Puerto Madryn, prefecto mayor Alejandro Albarellos, hizo pública la disposición que establece un Corredor de Navegación de Buques a los efectos de prevenir colisiones con cetáceos a fin de preservar la especia de ballena franca austral.

En esa disposición el oficial de la fuerza estableció que ese corredor estará delimitado por los puntos geográficos que se observan en la infografía de esta misma página, identificados como: (1) latitud 42º 53’ sur-longitud 64º 10’ oeste; (2) latitud 42º 44’ sur-longitud 64º 56’ oeste; (3) latitud 42º 44’ sur-longitud 65º oeste; (4) latitud 42 º 46’ sur-longitud 65º oeste; (5) latitud 42 º 46’ sur-longitud 64º 56’ oeste; y (6) latitud 42 º 55’ sur-longitud 64º 18’ oeste. Asimismo, implementó recomendaciones para navegar con precaución ante la presencia de ballenas en aguas del Golfo Nuevo, consistente en disminuir la velocidad por debajo de los diez nudos durante la navegación por el corredor establecido y adoptar recaudos de vigilancia a fin de evitar colisiones con cetáceos.

En maniobras de amarre o zarpada de ambos muelles, como así también durante la navegación dentro del radio de una milla y media náutica, se debe mantener la velocidad mínima de maniobra compatible con el buen gobierno de la nave, además de verificar que los sectores de popa se hallen liberados de la presencia de cetáceos, especialmente en oportunidad de utilizar ‘máquinas atrás’.

De igual modo, informar a la estación costera “L4S Puerto Madryn Prefectura Naval Radio” sobre la presencia de mamíferos de dicha especie dentro del corredor de navegación o sector portuario, los que puedan significar un riesgo para la seguridad. Por último, dentro de esas recomendaciones, sostuvo que las pautas mencionadas serán válidas también para aquellos buques que realicen maniobras de fondeo y reinicio de navegación en Bahía Cracker.

Según anuncia el comunicado oficial emitido por la Prefectura Naval Argentina en Puerto Madryn, “esta disposición será de aplicación durante el período comprendido entre el 1º de junio y el 30 de noviembre de cada año, pudiendo su contenido ser sometido a revisión o modificaciones según las características particulares de cada temporada o los resultados de los estudios de investigación que se vallan llevando a cabo”.

Finalmente, el prefecto mayor Alejandro Albarellos comentó que “de esta disposición fueron notificadas las agencias marítimas y se puso en conocimiento de las organizaciones no gubernamentales locales, como así también a organismos e instituciones que tienen relación con el cuidado y protección de la ballena Franca Austral”.

31/05/09
DIARIO DE MADRYN

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