La Dirección de Acuicultura del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación ha hecho llegar a nuestra mesa de trabajo, información sobre alternativas de financiamiento a las que podría acceder el sector acuícola nacional, las que reproducimos seguidamente.
La Dirección de Acuicultura del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación ha hecho llegar a nuestra mesa de trabajo, información sobre alternativas de financiamiento a las que podría acceder el sector acuícola nacional, las que reproducimos seguidamente.
1) FINANCIAMIENTO PARA EL SECTOR PESQUERO
BANCO DE LA NACION ARGENTINA
Usuarios:
Micro, pequeños y medianos productores (MiPyMeS conforme
Reglamentación 281) de todo el país y bajo cualquier forma societaria o unipersonal, que cuenten con un proyecto de inversión, aprobado por el
MINISTERIO, destinado a mejorar el manejo del recurso y de las actividades pesca, la captura, preservación, procesamiento y comercialización de productos pesqueros.
Destino:
Inversiones con criterio amplio:
1- Complejo marítimo pesquero: Construcciones e infraestructura en tierra, tales como obras civiles, oficinas en planta, depósitos, cámaras de frío, antecámaras, túneles y otras para industrializar, comercializar o prestar servicios de apoyo a la actividad pesquera; Instalaciones, maquinarias y equipos de recepción, lavado de materia prima, elaboración, congelado y otros procesos; Adquisición de naves y modernización y ampliación del equipamiento de flotas como mejora de los equipos de captura y manejo de la pesca a bordo; Software para gestión de la actividad pesquera; Capital de trabajo asociado a la inversión.
2- Acuicultura: Construcción y/o adecuación de cerramientos y sistemas dedicados al cultivo de especies acuícolas; Equipamiento, modernización y/o ampliación de instalaciones acuícolas; Construcción de cámaras y/o depósitos frigoríficos, adquisición de equipos y maquinaria para procesamiento y comercialización de la producción acuícola; Habilitación de instalaciones y equipos para tratamiento de efluentes; Capital de trabajo asociado a la inversión.
3- Gastos de evolución: No podrán ser único destino del crédito.
No podrán financiarse a través de esta línea: Compra de inmuebles.
Camiones, camionetas o tractores. Honorarios profesionales de cualquier índole.
Modalidad: Pesos
Proporción del apoyo y monto máximo bonificado:
1- Inversiones: El monto surgirá de la evaluación individual de cada caso.
La proporción del apoyo podrá llegar hasta el CIEN POR CIENTO (100 %) del monto solicitado. El MINISTERIO bonificará hasta la suma de PESOS
DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000.-)
2- Capital de trabajo y Gastos de evolución:
Productores Acuícolas: hasta TRESCIENTOS MIL PESOS ($ 300.000.-).
Pequeñas y medianas empresas pesqueras: hasta PESOS QUINIENTOS MIL
($ 500.000.-) por usuario.
Plazo:
1- Inversiones: Hasta 5 (cinco) años. En caso de desembolsos múltiples el plazo se computara a partir del primer desembolso. Incluye el capital de trabajo incremental.
2- Gastos de evolución: Hasta 12 (doce) meses
Desembolsos:
Cuando la inversión implique la necesidad de realizar desembolsos múltiples, el plazo máximo entre el primero y el último no podrá exceder los 6 meses.
Amortización:
En todos los casos se liquidara mediante el sistema alemán, en cuotas mensuales, trimestrales o semestrales.
Período de gracia:
1- Inversiones y capital de trabajo asociado a la inversión: El vencimiento de la primera cuota de amortización tendrá lugar como máximo a los DOCE
(12) meses de realizado el desembolso. El término de gracia está incluido dentro del plazo total. En ningún caso habrá período de gracia para pago de intereses.
2- Gastos de evolución: El vencimiento de la primera cuota de amortización tendrá lugar como máximo a los SEIS (6) meses de realizado el desembolso. El término de gracia está incluido dentro del plazo total. En ningún caso habrá período de gracia para pago de intereses.
Interés:
Regirá la tasa de la línea según destino y región. El MINISTERIO bonifica SEIS (6) puntos porcentuales anuales de la tasa de interés.
Vigencia de la línea:
Hasta el 31 de Diciembre de 2013
Contacto:
Dirección de Financiamiento: 0800-555-3462 – finagro@minagri.gob.ar
2) CONVENIO DE BONIFICACIÓN DE TASA DE INTERES SEPYME Y BNA
LÍNEA DE CRÉDITO PARA INVERSIONES, BIENES DE CAPITAL Y
CAPITAL DE TRABAJO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA.
Entidad Financiera: Banco de la Nación Argentina – Reglamentación Nº 400/01
Cupo de Crédito: $ 500 Millones.
Usuarios: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, bajo cualquier forma societaria o unipersonal, de los sectores económicos, agropecuario (exclusivamente cuando el destino del crédito sea Capital de Trabajo, no se contemplan otros destinos de financiamiento), industriales, comerciales, de construcción y de servicios destinados al mercado interno o a la exportación, que desarrollen actividades en los siguientes rubros
· Piscicultura (criadero de peces y otros frutos acuáticos). Explotación de criaderos de peces, granjas piscícolas y otros frutos acuáticos (acuicultura).
· Industria manufacturera.
· Construcción.
· Electricidad, gas y agua.
· Servicio de Transporte, almacenamiento y comunicaciones.
· Comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos automotores,
motocicletas, efectos personales y enseres domésticos.
· Servicios Informáticos y actividades conexas.
· Enseñanza
· Servicios sociales y de salud.
· Eliminación de desperdicios, y aguas residuales servicios de saneamiento y servicios similares.
· Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos.
· Investigación y desarrollo.
Destinos:
· Adquisición de bienes de capital nuevos de origen nacional.
· Adquisición de bienes de capital nuevos de origen extranjero que ya se encuentren nacionalizados y respecto de los cuales no existan sustitutos de producción nacional (Quedan excluidos rodados).
· Construcción, Instalaciones, Otros equipos, Tecnología, Proyectos de Inversión.
· Capital de Trabajo.
Destinos excluidos:
· Compra de inmuebles rurales o de cualquier índole (campos, terrenos), salvo que la adquisición de dicho inmueble sea estrictamente necesaria para el desarrollo del proyecto de inversión de que se trate, y no conforme el principal destino financiable.
· Vehículos para el transporte de personas, salvo aquellos destinados a dinamizar y/o aumentar la productividad en el objeto principal del emprendimiento (por ejemplo: para transporte público urbano, suburbano y de larga distancia).
· Construcción de inmuebles para vivienda.
· Bienes de Capital e inversiones de origen extranjero si existe producción nacional.
· Adquisición de equipos de Gas Natural Comprimido para vehículos automotores.
· Refinanciación de pasivos en mora.
Montos y plazo bonificables:
Cuando el destino es la adquisición de bienes de capital nuevos: hasta el 80% del precio de compra del bien de capital (no incluye el Impuesto al Valor Agregado), sin superar los $ 800.000 y con un plazo de hasta 5 años.
Cuando el destino son inversiones: hasta el 80% del precio de compra del bien de capital (no incluye el Impuesto al Valor Agregado), sin superar los $ 800.000 y con un plazo de hasta 5 años.
Cuando el destino es capital de trabajo: hasta el 25% de las ventas anuales, sin superar la suma de hasta $ 300.000 y hasta un plazo de hasta 3 años.
Tasas de interés: Fijas y en pesos
Moneda: Pesos, para todos los destinos.
Sistema de Amortización: alemán. La periodicidad del pago de las amortizaciones de capital se pactarán con el cliente de acuerdo con el flujo de fondos y conforme la estacionalidad de sus ingresos, pudiendo ser mensual, trimestral o semestral. El pago de intereses se producirá con una periodicidad igual o menor que la pactada para la amortización del capital.
Período de gracia – Solo para inversiones y adquisición de bienes de capital nuevos -: Hasta 6 meses, incluidos en el plazo de la operación, y sólo para capital.
Garantías: A consideración del Banco.
08/01/13
FUNDACIÓN NUESTROMAR
