La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo modificó el área de veda de primavera para la especie merluza, en un sector de la Zona Común de Pesca.
La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo modificó el área de veda de primavera para la especie merluza, en un sector de la Zona Común de Pesca.
CAPITAL FEDERAL.- Mediante la Resolución 7/2007 publicada en el Boletín Oficial, la Comisión estableció las nuevas coordenadas geográficas donde se prohíbe la pesca de merluza entre el 25 de octubre y el 31 de diciembre inclusive, con lo cual se modifican los puntos geográficos fijados en la Resolución 6/2007, del 28 de septiembre de este año.
De este modo, el área de veda para ese período abarca las siguientes coordenadas: 34º40’S – 53º00’W; 34º40’S – 52º05’W; 36º50’S – 54º00’W; y 36º50’S – 55º00’W.
En uno de los considerandos, la normativa consigna que "como resultado de la información obtenida en la Campaña Conjunta recientemente realizada por el BIP Aldebarán con el objeto de verificar la distribución de las concentraciones de ejemplares juveniles de merluza, surge la necesidad de modificar el área de veda oportunamente establecida".
Por último, se informa que "la transgresión de la presente Resolución" es "un incumplimiento grave a las normas vigentes en cada parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas"
30/10/07
CAMPO NOVA
