La UE confirma la vigencia de una Directiva de Conservación

La UE confirma la vigencia de una Directiva de Conservación

(FNM) El sitio “Courthousenews”, informó que la Corte Europea de Justicia confirmó el avance de una directiva de conservación orientada a preservar diferentes hábitats naturales a través de Europa.

(FNM) El sitio “Courthousenews”, informó que la Corte Europea de Justicia confirmó el avance de una directiva de conservación orientada a preservar diferentes hábitats naturales a través de Europa.

La Directiva de Hábitats de la UE, que es un marco de trabajo para la conservación, incluye una red de sitios protegidos denominados Natura 2000. En esta red, los estados miembro presentan sitios a la Comisión Europea para su consideración con fines de conservación.

La ciudad portuaria de Papenburgo temía que la iniciativa ambiental pudiera afectar al astillero Meyer-Werft ubicado en el Río Ems, en Baja Sajonia, Alemania. A pesar de haberse aprobado tareas de dragado en 1994, durante 2006 Alemania presentó áreas que se encuentran río abajo para ser consideradas según la Directiva de Hábitats.

Meyer-Werft se especializa en la construcción de cruceros, por lo que el río debe estar especialmente dragado cada vez que un buque de calado navega desde el astillero hacia el Mar del Norte.

Papenburgo buscó evitar que el gobierno alemán aceptase que la UE colocara al área en la red de sitios protegidos, o bien que se exceptuara del requerimiento de evaluación ambiental al sitio, si finalmente fuera incorporado a la red.

La Corte Alemana le solicitó a la Corte Suprema de la UE que aclarara cuándo un estado miembro puede oponerse a aceptar una lista borrador de sitios protegidos, y si las tareas pendientes de dragado en el río Ems deberían estar sujetas a una evaluación ambiental

La Corte de Justicia falló que los objetivos de conservación deben gobernar el tratamiento de un sitio propuesto; los estados miembro sólo pueden rechazar su inclusión por causas ambientales, pero no por razones económicas, sociales o regionales.

Si el dragado pendiente, aunque haya sido aprobado antes de la directiva de la UE, es diferente de otros proyectos de dragado sobre el río, entonces deberá someterse a revisión ambiental, dijo la Corte, ya que probablemente podría afectar el medioambiente.

Si el proyecto es parte del mantenimiento regular para asegurar la navegabilidad, podría considerarse un proyecto individual. Y si hubiere sido autorizado federalmente antes de la vigencia de la directiva de la UE, no se requerirá ninguna evaluación.

Ningún proyecto propuesto en un espacio en la lista de sitios protegidos deberá causar ningún daño al hábitat natural allí presente. Una vez que un sitio está en la lista, deben evaluarse los riesgos ambientales y evitarse, concluyó la Corte.

Adaptado al español por NUESTROMAR. Fuente: Dredging News Online; 18/01/10

25/01/10
NUESTROMAR

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