La defensa de Buzzi quiere llegar a noviembre sin que se inicie el juicio y luego plantear la prescripción. Volvieron a recusar a los fiscales para ganar tiempo. El exgobernador eligió a Valeria Corbacho, la abogada que logró la absolución de De la Rúa en la causa de coimas.
La defensa de Buzzi quiere llegar a noviembre sin que se inicie el juicio y luego plantear la prescripción. Volvieron a recusar a los fiscales para ganar tiempo. El exgobernador eligió a Valeria Corbacho, la abogada que logró la absolución de De la Rúa en la causa de coimas.
El 3 de octubre de 2013, Omar Segundo le presentó al Gobierno de Chubut una nota solicitándole un préstamo de 10 millones de pesos para Alpesca, que 48 horas después fue efectivizado a través de un organismo descentralizado denominado Corfo. En el medio, el entonces gobernador Martín Buzzi citó a la Casa de Gobierno a la conducción del Banco del Chubut para que le concedieran el crédito al empresario, al que en junio de ese mismo año le había ‘aparecido’ un cargamento de 100 kilos de cocaína en otra de sus pesqueras. Los funcionarios bancarios dijeron, en la investigación preliminar, que cuando llegaron al despacho de Buzzi, ahí estaba sentado el presidente de Alpesca.
Las autoridades de la entidad financiera desistieron de tal otorgamiento en función de que Alpesca y Omar Segundo no eran sujetos de crédito en base a la normativa fijada por el Banco Central. Los síndicos de Corfo también desaconsejaron la realización de un mutuo con Alpesca, al advertirse que no se tomaban los recaudos ni garantías que le permitieran al Estado tener por seguro que podrían recuperar ese dinero. A pesar de todo eso, Buzzi ordenó junto a su jefe de Gabinete, Carlos Eliceche, y otros ministros que la Provincia le deposite los 10 millones al empresario que a esa altura estaba procesado por narcotráfico.
Un mes después, en noviembre de 2013, un grupo de legisladores provinciales del bloque ‘Chubut Somos Todos’ formalizó una denuncia ante el Ministerio Público Fiscal; y posteriormente se llevó a cabo la apertura de la investigación para algunos funcionarios, a excepción de la entonces ministra de Desarrollo Territorial Gabriela Dufour y el propio mandatario Martín Buzzi, quienes se escudaron en la inmunidad que les otorgaban los fueros previstos en la Constitución Provincial.
Suspensión de plazos
Aquí se abre una cuestión interpretativa, ya que en el ámbito jurídico hay quienes sostienen que todo el proceso de planteo de los fueros a los que apelaron Dufour y Buzzi “suspendieron los plazos del proceso”, porque fueron evaluados por la propia justicia chubutense hasta llegar al Superior Tribunal de Justicia Provincial. Primero, la Corte provincial dijo que los fueros no impedían que la Ministra de Desarrollo Territorial sea sometida a proceso, advirtiendo que los fueros otorgaban solamente inmunidad de arresto. Más tarde, en un hecho inédito, beneficiaron al titular del Poder Ejecutivo indicando ese tribunal que la máxima autoridad política de Chubut no podía ser investigada mientras esté en el ejercicio de su mandato. De este modo, los imputados no tienen, todos, el mismo inicio del proceso de investigación. A Buzzi se le practicó la ‘apertura de investigación’ el 30 de diciembre cuando ya había dejado la función pública.
Dilaciones deliberadas
Por otro lado, se realizó el planteo de “incompetencia” de la justicia local y que fuera llevado a la justicia federal, alegándose que parte de los fondos en cuestión eran provenientes del FONAPE (Fondo Nacional Pesquero) que distribuye a las provincias el Consejo Federal Pesquero. En este punto hay múltiples interpretaciones acerca de si tal planteo suspendía o no los plazos procesales.
Las defensas de los imputados interpretarán que no, y allí estriba gran parte de la estrategia, para llegar al mes de noviembre de 2016 sin que se inicie el juicio. La denuncia y apertura de investigación se llevó a cabo aproximadamente en noviembre de 2013, es decir casi tres años atrás.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación demoró otros siete meses hasta que determinó que la competencia del caso debía ser tramitada en los tribunales ordinarios de Chubut.
Tres años improrrogables
El Capítulo IV del Código Procesal Penal de Chubut refiere al ‘Control de la duración del Procedimiento’, y puntualmente el Artículo 146 versa sobre la ‘Duración máxima’, estipulando que “Todo procedimiento tendrá una duración máxima de tres (3) años improrrogables contados desde la apertura de la investigación salvo que el término de la prescripción sea menor o que se trate del procedimiento para asuntos complejos”, y agrega: “No se computará el tiempo necesario para resolver los recursos extraordinarios, local y federal”.
Este sistema de ‘prescriptibilidad’ solamente es aplicable en Chubut en base a su Código Procesal Penal, y respecto de los efectos, el Artículo 147 prevé que “vencido el plazo previsto en el artículo anterior, el juez o tribunal, de oficio o a petición de parte, declarará que se ha superado el término razonable de duración del proceso, dictará el sobreseimiento del acusado por esta causa, en su caso, y archivará las actuaciones”.
Las demoras no han sido producto de que el sistema judicial demoró la investigación o tardó en formular acusación, sino como resultado de los diferentes recursos impetrados por la defensa técnica de los imputados. A esta altura, ya no cabe duda que se trata de una clara estrategia defensiva que tiene por objetivo final empujar los plazos para adelante y así, más tarde, plantear la prescripción en base a los artículos 146 y 147 del CPP de Chubut.
Rápida y furiosa
En este contexto, el ex gobernador Martín Buzzi reiteró su pedido de apartar a los fiscales que lo investigan por el crédito de 10 millones a Omar Segundo. La audiencia, donde plantearán nuevamente el pedido de recusación, será hoy lunes a las 9 en los Tribunales de Rawson ante el juez penal Fabio Monti.
Buzzi, con el patrocinio de la abogada Valeria Corbacho, pidió que se revise la decisión del Procurador Jorge Miquelarena, quien avaló la continuidad de los fiscales Daniel Báez –de Puerto Madryn- y Silvia Pereira dos Santos -de Trelew- al frente de la causa judicial por “administración fraudulenta” en el otorgamiento del crédito de 10 millones que el Estado Provincial otorgó a Omar Segundo cuando este era director de Alpesca y nunca devolvió en su totalidad.
Corbacho sabría de antemano que esta nueva recusación no prosperará, porque es casi idéntica a la planteada anteriormente, pero le permitiría seguir ganando tiempo y así llegar a fin de año sin que se lleve a cabo la sustanciación del juicio propiamente dicho, y cuando se agoten todos los recursos, plantear la prescripción total o parcial del proceso, cuya discusión podría llevar varias instancias.
Esas declaraciones en la investigación preliminar que hoy son objeto de la recusación estuvieron en el expediente desde el primer momento y tuvieron acceso a las mismas desde que tomaron la causa, y los planteos no se hicieron juntos, sino por separado, primero sobre las declaraciones de exfuncionarios del banco y ahora sobre los síndicos de Corfo, lo que abona que se trata de una estrategia de dilación de plazos.
La abogada porteña elegida por Buzzi es la misma que logró la absolución del expresidente de la Nación Fernando de la Rúa en la causa de los sobornos en el Senado. Y también defendió a Ciro James, el espía del caso por las escucha macristas a funcionarios y familiares de las víctimas del atentado a la AMIA y la embajada. Incluso luego de conseguir que cumpliera una pequeña condena, Corbacho le dio trabajo a James en su estudio.
Segunda recusación
El planteo de la defensa es por una entrevista que se tomó a los síndicos de CORFO en la etapa de instrucción. Pero, según sostiene Miquelarena, “la valoración de los mismos, a los fines de la acusación, corresponde a la responsabilidad del equipo fiscal que ejerce la acción penal. Toda impugnación de tales conclusiones, por demás preliminares y sujetas a lo que ocurra en el juicio, podrá hacerla la defensa en el debate, ante el Juez de la causa. Por lo que corresponderá también por estos motivos, rechazar la recusación”.
La causa judicial es por el préstamo de 10 millones de pesos del Estado provincial, a través de CORFO al empresario Omar Segundo, quien por entonces era el presidente de la empresa Alpesca SA. Del crédito, sólo se devolvió 1,5 millones. Desde la Fiscalía indicaron que no se cuestiona “el destino de los fondos sino la forma en que se otorgó, contrariando las leyes vigentes”.
La calificación es por “fraude en perjuicio de la administración pública”, ya que los fiscales sostienen que “existió un despliegue de actos engañosos a fin de aparentar legalidad a un acto de disposición patrimonial del Estado que en realidad no la tenía, contraviniendo las disposiciones legales que regían la materia, violando deberes propios y disponiendo patrimonialmente a través de un organismo autárquico –CORFO- de la suma de diez millones de pesos, sin garantías reales ni avales, ocasionando un perjuicio a la Administración Pública”. (Por Nelson Saldivia; Revista Puerto)
04/10/16
