El Gobierno prorrogó hasta mediados de junio de este año la disminución de los derechos de exportación (retenciones) para tres recursos con alto grado de procesamiento: merluza (Merluccius hubbsi), langostino (Pleoticus muelleri) y calamar (Illex argentinus). Esta medida regía desde agosto de 2011.
El Gobierno prorrogó hasta mediados de junio de este año la disminución de los derechos de exportación (retenciones) para tres recursos con alto grado de procesamiento: merluza (Merluccius hubbsi), langostino (Pleoticus muelleri) y calamar (Illex argentinus). Esta medida regía desde agosto de 2011.
Según establece el decreto 429/2012, publicado en el Boletín Oficial el 23 de marzo, la prórroga dispuesta queda sujeta a que las empresas beneficiadas mantengan o incrementen su planta de personal.
Para ello se tomará como referencia el mayor número de empleados registrados durante diciembre de 2011. Además, el decreto exige el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.
Diversos organismos oficiales estarán encargados de monitorear mensualmente el cumplimiento de estas condiciones.
El documento recuerda que en el decreto N° 1243/2011, del 17 de agosto de 2011, se modificó la alícuota de los derechos de exportación por un período de seis meses para algunos productos elaborados a partir de especies como la merluza, el calamar y el langostino.
Con la nueva normativa, el Gobierno busca recuperar la competitividad de la actividad económica que generan las principales especies ícticas de la Argentina, porque ésta genera impactos positivos en las economías regionales.
En sus considerandos, el decreto reconoce que la industria pesquera nacional “no escapó al contexto de crisis económica internacional y sufrió sus efectos, que quedaron reflejados en el comercio de productos pesqueros”.
Por ello, enfatiza que resulta necesario mantener los actuales derechos de exportación a fin de adecuarlos a la realidad económica del país.
La normativa aprobada el año pasado establece, por ejemplo, rebajar al 5% el tributo para la exportación de la merluza descabezada y eviscerada, que en principio era del 10%.
Asimismo, los derechos de exportación para los filetes, lomos sin piel y sin espinas, rebozados, chorizos y alas/collares, entre otros derivados de la merluza común, se disminuyeron al 1%.
En tanto, el calamar paga un 2,5% y los envases de langostinos, un 5% por kilogramo.
Por Silvina Corniola
26/03/12
FIS.COM

