Los resultados de las pruebas que ya comenzaron a llegar al despacho de la juez federal, Eva Parcio, son analizados con la ayuda de los peritos que designó la magistrada. Por lo pronto —se aclaró— no se harán declaraciones oficiales hasta tanto lleguen todas las medidas solicitadas, para determinar la responsabilidad respecto del derrame de hidrocarburos que afectó el ecosistema marino de Caleta Córdova.
Los resultados de las pruebas que ya comenzaron a llegar al despacho de la juez federal, Eva Parcio, son analizados con la ayuda de los peritos que designó la magistrada. Por lo pronto —se aclaró— no se harán declaraciones oficiales hasta tanto lleguen todas las medidas solicitadas, para determinar la responsabilidad respecto del derrame de hidrocarburos que afectó el ecosistema marino de Caleta Córdova.
Las medidas que se ordenaron desde el Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia comenzaron a retornar a su punto de partida con resultados, pero aún restan muchas otras para que la magistrada que lleva la causa efectúe declaraciones oficiales al respecto.
Esos resultados que llegaron en los últimos días son analizados en conjunto con el cuerpo de peritos que se designó en los últimos días del año pasado para colaborar en la interpretación, y que está integrado por cuatro profesionales: dos de ellos los aportó la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, otro se sumó desde el Comité de Crisis y un cuarto por el Ministerio de Medio Ambiente.
Por lo pronto, la medida más fuerte que se tomó tiene que ver con la interdicción del buque Presidente Illia, tal como lo adelantó en exclusiva Diario Patagónico en su edición del jueves 3. El Presidente Illia sigue siendo el único barco que no puede moverse de su puerto de arribo. En este caso, está custodiado en la base que Prefectura Naval tiene en Campana.
Los Pormenores
Por otro lado, la recolección de datos para determinar cuál de todas las hipótesis que se manejan se refuerza más creció tanto, desde el 28 de diciembre a esta parte, que la causa ya superó las 600 fojas y por ello se debió abrir ayer el cuarto cuerpo.
Como ya se dijo, en primer lugar se tratará de determinar en qué punto y cuándo se produjo el derrame, además de cuáles fueron las causas. A partir de allí, irá abriéndose el abanico en la cadena de responsabilidades.
De todas formas, no se debe olvidar que la investigación que está en curso se lleva a cabo en el marco de la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos, tal como se expresa en la querella que le dio origen.
En esta se contempla una multa 50 millones de australes convertibles, algo que tendría relación con los 50 millones de dólares que se manifestaron en la querella presentada por el Estado.
También en el capítulo 9 se hace mención al régimen penal, que no es tan duro como parece porque habla de que será reprimido con las mismas penas establecidas en el artículo 200 del Código Penal (3 a 10 años de prisión o reclusión), el que, utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general.
Pero en otro de los artículos, en el 56, dice que «cuando alguno de los hechos fuere cometido por imprudencia o negligencia, o por impericia en el propio arte o profesión, o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, se impondrá prisión de un mes a dos años», algo que encaja con el problema planteado.
Por otro lado, se debe tener en cuenta que existe mucha legislación ambiental para abordar, entre la que se puede destacar la Ley 22.190 sobre la cual hace mención la ordenanza interna de Prefectura Naval Argentina 8/98.
«Las unidades mar adentro en operaciones de exploración o explotación de hidrocarburos que produzcan descargas, además de lo ya establecido en el Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE) en cuanto a su comportamiento como buques, participarán del régimen de la Ley 22.190 en vinculación con sus artículos 6 (limpieza de aguas), 14 (responsabilidad por el pago de gastos de limpieza), 15 (carácter de título ejecutivo de las facturas emitidas) y 16 (prestación de fianza por los gastos de limpieza), quedando a cargo del organismo competente los aspectos contravencionales y punitorios del tema».
En esa ley también se contemplan multas para los responsables de derrames de petróleo en aguas argentinas, las que van desde los 100.000 a los 340.000.000 de pesos; es decir más del doble de lo que se estipula en la ley de residuos peligrosos.
08/01/08
EL PATAGONICO

