Chubut: Medidas restrictivas a los tangoneros, parada biológica y reducción de flota

La Secretaría de Pesca de Chubut fijó mediante una resolución que la flota congeladora tangonera provincial que opera en el Golfo San Jorge realice una parada biológica obligatoria de al menos 20 días. Dicha parada deberá realizarse entre el 5 de octubre y el 5 de noviembre, y tiene como finalidad mantener la sustentabilidad del recurso.

La Secretaría de Pesca de Chubut fijó mediante una resolución que la flota congeladora tangonera provincial que opera en el Golfo San Jorge realice una parada biológica obligatoria de al menos 20 días. Dicha parada deberá realizarse entre el 5 de octubre y el 5 de noviembre, y tiene como finalidad mantener la sustentabilidad del recurso.

(Rawson) En tanto, las empresas sólo pueden operar con el 50 por ciento de su flota tangonera, para reducir el esfuerzo pesquero en aguas de jurisdicción provincial.

Las medidas dispuestas fueron argumentadas bajo el Convenio Marco suscripto entre Chubut y Santa Cruz para la regulación y ordenamiento de las pesquerías en el Golfo San Jorge en el que se establecieron las cláusulas que regularán y ordenarán las pesquerías con artes de arrastre “con la finalidad de lograr la explotación ecológicamente sustentable de los recursos vivos entre las provincias”.

Se indica que en pos de la sustentabilidad del recurso, “resulta pertinente reducir el esfuerzo pesquero actual de forma tal de que cada una de las empresas permisionarias de la provincia opere con el 50% de su flota congeladora tangonera, siguiendo las reglas del redondeo matemático”.

Asimismo argumentaron las autoridades que resulta conveniente, a fin de administrar el recurso en forma racional y biológicamente sustentable, “establecer, para las embarcaciones con especie objetivo langostino en las zonas habilitadas en el Golfo San Jorge, una parada obligatoria de las actividades de pesca por el término de veinte días entre el 05 de Octubre y el 05 de Noviembre de 2007”.

Por otra parte, la cartera pesquera de Chubut habilitó una zona para la flota costera, aunque mantiene la veda en la zona de Bahía Camarones.

En este marco se habilitó a realizar tareas de pesca a las embarcaciones autorizadas, en el área comprendida entre los puntos: 43º30´S y la costa; 43º30’S y el límite exterior de jurisdicción provincial¸ 44º30´S y la costa; y 44º30`S y el límite exterior de jurisdicción provincial.

Se trata de la Resolución 280/07 en la que se fundamenta que a través de una similar se creó un área de veda total temporaria en la Zona de Esfuerzo Pesquero Restringido de la flota menor a 21 metros de eslora que opera desde Puerto Rawson, a fin de disminuir la presión sobre los fondos de pesca de especies de interés comercial. “Atento al tiempo transcurrido, resulta pertinente la apertura de dicha zona; sin perjuicio de lo antes mencionado y atendiendo a un criterio precautorio, resulta conveniente mantener la veda en la zona de Bahía Camarones”, señala en otro tramo.

01/10/07
PESCA & PUERTOS

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