Abrupta caída de las exportaciones de peras y manzanas por el puerto de Bahía Blanca

Impacta en la terminal de Ingeniero White, de manera notable, el restablecimiento de los reembolsos a las estaciones marítimas patagónicas en los primeros cinco meses del año. Las estadísticas son preocupantes.

Impacta en la terminal de Ingeniero White, de manera notable, el restablecimiento de los reembolsos a las estaciones marítimas patagónicas en los primeros cinco meses del año. Las estadísticas son preocupantes.

Apenas 800 toneladas de peras y manzanas exportadas hasta el 31 de mayo pasado, contra las 13.000 despachadas en igual período de 2015 por los muelles locales muestran el terrible impacto en la estación marítima local del restablecimiento de los reembolsos a los puertos patagónicos.

La medida fue dispuesta por el anterior gobierno nacional, en desmedro de Ingeniero White, a fines del año pasado y tiene como correlato el crecimiento experimentado por San Antonio Este en lo que hace a los despachos de frutas y hortalizas con destino final a otros países.

Los datos corresponden a las estadísticas dadas a conocer por la empresa Patagonia Norte Terminal de Servicios Portuarios, que presenta instalaciones en ambas sedes.

Si se contabiliza la pérdida de fruta entre los primeros cinco meses de 2015 y 2016 por contenedor, se advierte que en el caso de las peras cayeron de 414 a 5 y en el de las manzanas, de 91 a 32, todo esto en un contexto que resultó con mayor movimiento para el resto de las mercaderías despachadas por el muelle multipropósito que opera Patagonia Norte en White: 3.479 contenedores despachados en 2016 contra 3.408 del año anterior.

Durante un reciente informe destinado a poner de manifiesto el crecimiento que tuvieron las exportaciones regionales de frutas y hortalizas hacia ultramar por San Antonio, el diario “Río Negro” ratificó que la caída bahiense se debe fundamentalmente a los reintegros que percibe el puerto rionegrino por sus exportaciones.

“Mucha fue la fruta que se reorientó para salir por este puerto (San Antonio) para poder cobrar el beneficio fiscal mencionado”, consignó.

En el caso de la manzana, la caída fue de 2.049 a 665, es decir, un 67,55% menos, mientras que las peras cayeron de 10.228 toneladas a 149, un 98,54% menos.

Decreto 2229/15: herencia del último gobierno kirchnerista

En una decisión polémica, el gobierno de Cristina Kirchner rubricó poco antes de finalizar su mandato el decreto 2229/15, que restableció el sistema de pago de reembolsos adicionales previsto en la ley 23.018 a las exportaciones de productos originarios y manufacturados al sur del río Colorado, estableciendo como condición para su cobro que dichos productos o bienes industrializados se exporten por los puertos desde San Antonio Este hasta Ushuaia.

El régimen que se pretende consolidar, por cinco años, reconoce antecedentes nefastos para el puerto local, cuando se instrumentó por primera vez en la década del ’80 so pretexto de activar, mediante medidas de promoción, la producción patagónica en tiempos de tensión con Chile, país que promovía exenciones fiscales en Punta Arenas.

Sin embargo, no pocos sostienen que respondió simplemente al lobby de dirigentes y exlegisladores patagónicos que terminó con las exportaciones de fruta y con la pesca de altura para Ingeniero White, dos actividades que habían llenado de puestos de trabajo a los muelles locales y a la ciudad en general.

Rechazo a una medida cautelar

A comienzos de mayo pasado, la Justicia Federal resolvió no hacer lugar a una medida cautelar presentada por el Consorcio de Gestión del Puerto local, pidiendo la suspensión del citado decreto.

La medida había sido solicitada en noviembre de 2015 por las autoridades portuarias, hasta tanto se resuelva en tribunales la cuestión de fondo planteada, es decir, la inconstitucionalidad del decreto.

El rechazo fue dispuesto por el Juzgado Federal N° 2, secretaría 5 de Bahía Blanca, con la firma del juez subrogante Héctor Pedro Plou.

Se fundamentó en que la Justicia, a la hora de resolver el otorgamiento de medidas cautelares que pretenden o tengan como objeto suspender los efectos de un acto emanado del Poder Ejecutivo Nacional, debe obrar con la mayor prudencia posible y con criterio restrictivo. (Por Adrián Luciani; La Nueva)

15/06/16

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