Los reintegros a las exportaciones pesqueras alcanzan a 138 productos

Difundieron parte del contenido de la resolución del Ministerio de Economía.

Difundieron parte del contenido de la resolución del Ministerio de Economía.

El gobierno de la provincia del Chubut dio a conocer este viernes la resolución del Ministerio de Economía y Producción de la Nación mediante la cual se establecen reintegros a las exportaciones de productos de la pesca, tal como fuera anunciado el pasado martes por el gobernador Mario Das Neves y el ministro Coordinador de Gabinete, Norberto Yauhar, en una conferencia de prensa que ambos brindaron en la Casa de Gobierno en Rawson.

El documento legal que lleva el número 137 y la firma del ministro de Economía de la Nación, Carlos Fernández, establece en su considerando que “a partir de la evaluación de la situación de algunas de las pesquerías se observa una situación de crisis estructural de la actividad pesquera”, por lo que “resulta necesario abordar esta situación instrumentando medidas que recuperen la competitividad y viabilicen el sostenimiento de la actividad”.

Asimismo, se destaca en la resolución que los informes elaborados por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación, a través de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, “sobre las pesquerías de calamar y langostino señalan una alta carga de los costos internos en relación con el precio de exportación de los mismos”, reconociendo además que “la caída de los precios internacionales de varios productos de la pesca agudiza la situación de crisis del sector”.

En ese marco, la disposición fijada por el Ministerio de Economía estima necesario “inducir a un incremento del valor agregado para la obtención de productos más elaborados a partir de los recursos pesqueros”, considerando que el incipiente desarrollo de la acuicultura en el país “requiere el apoyo de aquellas actividades que ya están en producción” y que tanto la actividad pesquera como la acuícola “generan impactos positivos en las economías regionales”.
 
Valor agregado
 
El reintegro a la exportación de “las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR” comprende a un total de 138 productos de la pesca que están incluidos en dicha resolución, destacándose los siguientes:

Para el producto filetes de merluza de cola sin piel y poca espina el reintegro es del 4 por ciento; filetes de merluza de cola sin piel y poca espina desgrasados 7 por ciento, y sin espinas también el 7 por ciento; y filete de merluza hubbsi 7 por ciento.

También la resolución otorga reintegros entre el 1 y 9 por ciento a otros productos elaborados a base de merluza dependiendo por ejemplo la cantidad de espina, si son desgrasados y si el contenido es mayor a un kilo.

En cuanto al calamar entero el reintegro es del 4 por ciento; tubo limpio 10 por ciento, en vaina 6 por ciento, anillas sin piel de calamar 8 por ciento y tentáculos 6 por ciento. 

Mientras que el langostino entero en envases de más de un kilo el reintegro es del 2 por ciento, y menos de un kilo de 5 por ciento; entre otros.

La resolución nº 137 también establece reintegros en distintos porcentajes a productos como centolla, centellón, vieiras, trucha, mero, corvina, abadejo y anchoas, entre otros.

12/07/08
DIARIO DE MADRYN

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