La provincia extiende permisos de pesca artesanales (Buenos Aires)

La provincia extiende permisos de pesca artesanales (Buenos Aires)

El Ministerio de Asuntos Agrarios emitió la Resolución 113 en la que autoriza a la Dirección de Desarrollo Marítimo y Fluvial a impulsar la medida con la intervención de los Municipios y las entidades que nuclean a los pescadores.

El Ministerio de Asuntos Agrarios emitió la Resolución 113 en la que autoriza a la Dirección de Desarrollo Marítimo y Fluvial a impulsar la medida con la intervención de los Municipios y las entidades que nuclean a los pescadores.

La Provincia de Buenos Aires ha dado un paso más en su objetivo de ordenar la actividad promovida por los pescadores artesanales en la costa bonaerense. Con fecha del 24 de mayo pasado, el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia dictó la Resolución 113 en la que encuadra la nueva decisión de ordenamiento.

La norma modifica el artículo 1º de la Resolución Nº74 del 15 de abril de 2010 en lo que respecta a autorizaciones de pesca artesanal y autoriza a la Dirección de Desarrollo Marítimo y Fluvial a extender nuevos permisos.

La autoridad de aplicación pone en el centro de la escena a los municipios y a las entidades que nuclean a los pescadores artesanales. Serán ellos los que avalen los nuevos permisos que se extiendan, aunque el Ministerio, previo análisis, podrá avalar aquellas solicitudes que se presenten en el marco de esta norma.

Con o sin aval oficial y sectorial, todos deben cumplir con la declaración jurada y el certificado de seguridad en la navegación emitido por la Prefectura Naval Argentina.

El artículo 4 de la Resolución 113 ya despierta polémica entre los pescadores artesanales. Establece que las características técnicas de las embarcaciones serán de hasta ocho metros de eslora y cien HP de potencia máxima de motor. Esta información debe ser incluida en la declaración jurada y no podrán ser modificadas posteriormente.


La nueva norma establece que las embarcaciones que se autoricen tendrán como zona de pesca el litoral enmarcado entre los límites geográficos del Partido donde se encuentre el sitio de desembarque, “siendo el alejamiento máximo el que le otorgue la Prefectura Naval Argentina”.

Acá también hay un trasfondo oscuro. La Resolución bien podría haber explicitado que sean 5 millas de la costa, aunque posiblemente las autoridades hubiesen tenido que atender el reclamo de las otras flotas.

La 113 establece también que “las autorizaciones que se otorguen en el marco de la presente serán intransferibles y no podrán cambiar el puerto de asiento asignado”.

Una vez presentada la petición, los solicitantes tendrán un plazo de ciento ochenta días para acompañar la documentación que faltare exigida, período en el cual se reservará la autorización de pesca artesanal.

A los pescadores artesanales, con un vistazo a la Resolución, los invade el temor de que, en medio de un proceso electoral, los jefes comunales promuevan un festival de permisos que excedan los necesarios. De ahí que pedirán participar del proceso de asignación.

Entre los considerandos que respaldan la decisión de Ariel Franetovich, se ponderó la necesidad de atender la situación por la que atraviesa el sector pesquero en las comunidades costeras, toda vez que ello garantizaría la estabilidad laboral de los lugareños.

La autoridad provincial entiende y considera que con la Resolución 113 no se aumentaría el esfuerzo pesquero, dado que el sector de referencia ya se encuentra realizando esta actividad.
Por Roberto Garrone
Fotos de Diego Izquierdo | Guillermo Nahum

13/06/11
REVISTA PUERTO

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