Lo definió el Consejo Federal Pesquero en el Acta 23. Son 16.330 toneladas para las unidades de manejo 4 y 5. Modificaron el período de vigencia de la captura máxima permisible. Aumentaron un tercio los valores recomendados.
Lo definió el Consejo Federal Pesquero en el Acta 23. Son 16.330 toneladas para las unidades de manejo 4 y 5. Modificaron el período de vigencia de la captura máxima permisible. Aumentaron un tercio los valores recomendados.
VIEIRA PATAGONICA – A los fines de la conservación, protección y administración de los recursos vivos marinos, el Consejo Federal Pesquero estableció en 16.330 toneladas la captura máxima permisible (CMP) de la vieira patagónica entera y de talla comercial para el Sector Sur, que comprende las unidades de manejo 4 y 5 de la pesquería.
La información quedó contenida en la Resolución 6/2011 del CFP que fue publicada en el Boletín Oficial. La asignación fijada pertenece al período comprendido entre el 1 de julio del 2011 y el 31 de diciembre de 2012, a fin e evitar excesos de explotación y asegurar su conservación a largo plazo.
Para adoptar esa decisión, el Consejo Federal Pesquero tuvo en cuenta el Informe Técnico INIDEP Nº 4/11, en el que se recomendaba modificar el período de vigencia de CMP de dichas UM establecido por la reglamentación vigente y se proponía que el mismo se extendiera del 1/03/11 al 28/02/12, según se informa en el Acta Nº 23 del organismo nacional.
El CFP decidió aumentar en un tercio de los valores recomendados por el INIDEP las captura máxima permisible de las UM 4 y 5 establecidas en la Resolución CFP Nº 1/10 para el período entonces vigente, y solicitó al Instituto que ajustara la disponibilidad de la información proveniente de las campañas de evaluación de biomasa a los períodos de vigencia de las captura máxima permisible establecidos en las medidas de administración de la pesquería.
El Consejo instruyó a la Secretaría Técnica para que tuviera en cuenta los valores de captura máxima permisible recomendados por el INIDEP en dicha oportunidad y los fijados en la
Resolución CFP Nº 2/11 para el cálculo de las captura máxima permisible del período siguiente. Con estos antecedentes, la Resolución establece 4100 toneladas para la Unidad de Manejo 4 y 12.230 toneladas para la Unida de Manejo 5.
Sobre las Unidades de Manejo 3, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14, el CFP informó que todavía no cuenta con la información relativa a la evaluación de la biomasa de vieira patagónica de dichas áreas de manejo con las recomendaciones sobre los niveles de captura aceptables para el período 2011-2012.
Por este motivo es que decidieron por unanimidad establecer de manera precautoria la captura máxima permisible de esas unidades en la mitad de los valores fijados para el período 2010-2011, contenidas en las Resoluciones Nº 1/10, 6/10 y 16/10, por el lapso de este segundo semestre del año.
El detalle de las asignaciones es el siguiente:
• 615 toneladas para la Unidad de Manejo 3.
• 1.030 toneladas para la Unidad de Manejo 6.
• 2.800 toneladas para la Unidad de Manejo 7.
• 2.500 toneladas para la Unidad de Manejo 8.
• 2.480 toneladas para la Unidad de Manejo 9.
• 2.480 toneladas para la Unidad de Manejo 10.
• 500 toneladas para cada una de las Unidades de Manejo 11, 12 y 13.
• 1.000 toneladas para la Unidad de Manejo 14.
Estos valores se mantendrán vigentes hasta tanto se cuente con la información técnica que permita ajustar las capturas asignadas.
En ese sentido, el CFP “reiteró” al INIDEP que ajuste la disponibilidad de la información proveniente de las campañas de evaluación de biomasa de la especie en los períodos de vigencia de las CMP establecidos en las medidas de administración de la pesquería y eleve al cuerpo a la brevedad los datos y recomendaciones necesarios para establecer las CMP de vieira patagónica en forma definitiva.
18/07/11
EL CHUBUT

