Sistema de administración del caladero argentino por cuotas individuales de captura transferibles

(FNM) La Subsecretaria de Pesca ha expresado la voluntad política de cuotificar todas las especies pesqueras para un mejor manejo del caladero.

(FNM) La Subsecretaria de Pesca ha expresado la voluntad política de cuotificar todas las especies pesqueras para un mejor manejo del caladero.

El Régimen Federal de Pesca (Ley 24.922) promulgado el 12 de enero de 1998 constituye el ordenamiento legal vigente y establece un régimen de manejo de las capturas a través de un sistema selectivo de Cuotas Individuales de Captura transferibles a cada buque, tal como lo especifica el artículo 27 de la mencionada ley.

Esta Ley modificó totalmente el Sistema de Administración del caladero argentino, pasando de un Sistema de Explotación Olímpico a un SISTEMA DE CUOTAS INDIVIDUALES DE CAPTURA TRANSFERIBLES. La experiencia aquilatada en los países pesqueros más desarrollados, ha demostrado que este sistema es el más apropiado para lograr una explotación biológicamente sustentable y económicamente rentable de las pesquerías.

Los permisos de pesca que fueron reinscriptos en el marco del artículo 71 de la Ley 24.922, contienen la autorización para el ejercicio de la pesca respecto de las especies -y en su caso con los límites- contenidos en el permiso histórico (el anterior a la vigencia de la Ley N° 24.922). Dicha autorización persiste hasta que el Consejo Federal Pesquero (CFP) asigne las Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) o las Autorizaciones de Captura respecto de cada especie.

El Consejo Federal Pesquero constituye el organismo encargado de asignar las Cuotas Individuales de Captura Transferibles.

El CFP asignó transitoriamente Autorizaciones de Captura para varias especies, entre las que cabe mencionarse la merluza negra (Dissostichus eleginoides), la merluza de cola (Macruronus magellanicus) y la polaca (Micromesistius australis). En estos últimos casos, el régimen de administración se estableció de modo análogo al de las CITC.

El CFP aprobó recientemente (Resolución 10/2009) un régimen general de CITC, que será de aplicación general para todas las especies que el mismo Consejo resuelva cuotificar. Dicho régimen incluye el concepto de “Reserva Social” para ser asignada, según lo determine el CFP, a los sectores de máximo interés social.

El cumplimiento de la Ley, base de la organización institucional de los países democráticos, otorgará a las empresas la seguridad jurídica indispensable para la planificación de sus operaciones y sus inversiones a mediano plazo, generando un horizonte previsible para su desenvolvimiento.

La aplicación de las cuotas (CITC) hace a la gestión pesquera y más específicamente a la “regulación de captura” de la actividad.

Gestión pesquera

Es generalmente aceptada la existencia de tres ejes fundamentales a la hora de gestionar una pesquería:

–  El sistema científico-tecnológico, base de la evaluación del recurso.
–  La regulación de la actividad.
–  El control.

Las regulaciones son las medidas establecidas para controlar el comportamiento de la entidad a ser manejada, con el fin de lograr las metas deseadas.

En el manejo de las pesquerías las regulaciones pueden dividirse en dos grandes categorías, según estén enfocadas hacia la captura o el esfuerzo. A continuación se resume los diferentes elementos utilizados en cada uno:

Regulaciones de Captura

 

Regulaciones de Esfuerzo

 

Captura

 

Cuotas competitivas

 

(tasa de escape)

 

TAC Captura máxima permisible

 

ITQ (cuotas individuales transferibles) / IQ (Cuotas individuales) / EA (Cuotas por empresa)

 

Monitoreo de desembarco

 

Monitoreo del descarte y de la captura acompañante

 

Selectividad del arte

 

Tamaño, malla / anzuelo

 

Tamaño mínimo de largo de captura

 

Vedas de áreas de crianza y desove

 

Como vemos la medida de cuotificar debe se acompañada por el monitoreo de desembarque, monitoreo de captura acompañante, determinación de una correcta Captura máxime admisible y una estricta regulación de esfuerzo a través de de la selectividad del arte y vedas de crianza y desove.

05/06/09
NUESTROMAR

Dejá un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio