Resolución 1430/2010 SECRETARÍA DE TRABAJO

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO – A.P.D.F.A. – CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA – REG. 1409/10

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO – A.P.D.F.A. – CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO LA PLATA – REG. 1409/10

Publicada en el Boletín Oficial del 10-nov2010

Número: 32025
Página: 57
Resolución 1430/2010
Declárase homologado el acta acuerdo con anexos celebrada entre la Asociación del Personal de Dirección de los Ferrocarriles Argentinos (A.P.D.F.A.) y la empresa Consorcio de Gestión del Puerto La Plata, obrante a fojas 2/7 del expediente Nº 1.395.793/10, agregado como foja 311 al expediente Nº 69.699/99.
Bs. As., 23/9/2010

VISTO el Expediente Nº 69.699/99 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.395.793/10, agregado como foja 311 al Expediente Nº 69.699/99 obra el Acta Acuerdo con Anexos celebrada entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS (A.P.D.F.A.) y la empresa CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO LA PLATA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo de marras las partes pactan un incremento salarial aplicable a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 621/03 "E", suscripto oportunamente por las mismas partes.

Que el ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo subexamine, se corresponden con la actividad principal de la empresa signataria y el alcance de representación de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que ambos agentes negociales ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por último corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope indemnizatorio previsto en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acta Acuerdo con Anexos celebrada entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE LOS FERROCARRILES ARGENTINOS (A.P.D.F.A.) y la empresa CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO LA PLATA, obrante a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.395.793/10, agregado como foja 311 al Expediente Nº 69.699/99.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2/7 del Expediente Nº 1.395.793/10, agregado como foja 311 al Expediente Nº 69.699/99.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indernnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.144 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 621/03 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Fuente: INFOLEG
11/11/10

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