Otra declaración contraria al proyecto de Ley bonaerense sobre veda en la zona de “El Rincón” (Mar del Plata)

(FNM) También la Asociación de embarcaciones de Pesca Costera, manifestó su oposición a la sanción de la Ley que propone el cierre de la pesca en el área de “El Rincón”. A continuación reproducimos la declaración de prensa enviada a NUESTROMAR con la firma del presidente de la entidad.

(FNM) También la Asociación de embarcaciones de Pesca Costera, manifestó su oposición a la sanción de la Ley que propone el cierre de la pesca en el área de “El Rincón”. A continuación reproducimos la declaración de prensa enviada a NUESTROMAR con la firma del presidente de la entidad.

Mar del Plata, 02 de octubre de 2009

“La Asociación de Embarcaciones de Pesca Costera rechaza enfáticamente el proyecto de ley que tiene origen en la Comisión de Ecología, Medioambiente y Desarrollo Humano, de la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, iniciativa que intenta aplicar una veda para la pesca con embarcaciones comerciales durante el plazo de seis (6) años, entre los puntos geográficos comprendidos por 38º 30” S – 41º 30” S, desde la costa hasta las 12 millas marítimas, dentro del área denominada “El Rincón”, bajo el pretexto de “proteger y preservar el área ante la supuesta “devastación a la que está siendo sometida por las flotas que operan en la zona” (sic), lugar que se pretende declarar “en estado de emergencia”.

Es preocupante que la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires aborde un tema que afecta directa y particularmente a las empresas armadoras afiliadas a esta Cámara, de forma tan superficial, anacrónica, inoportuna e ilegítima, como lo hace el proyecto de ley actualmente en tratamiento.

En la zona detallada habitan principalmente especies que componen un conjunto ictícola calificado por el plexo normativo vigente como “variado costero”, que, como su nombre indica, está compuesto por aproximadamente 33 especies distintas y asociadas. También viven en ese lugar otras especies como anchoita y caballa.

Análisis crítico

La Asociación de Embarcaciones de Pesca Costera es una de las Instituciones de más antigüedad de la ciudad de Mar del Plata. Los armadores afiliados a esta Cámara tienen empresas que son fuente de trabajo genuino de miles de familias que habitan en esta localidad.

Tanto el proyecto de veda como sus correlativos efectos no han sido previamente consultados a esta Asociación ni a otras representaciones empresariales, como tampoco a industriales de nuestra provincia, lo cuál conlleva que a las consecuencias de la conocida y pública crisis internacional que ha cobijado los precios de los pescados y mariscos a sus más bajos registros históricos, y al aumento permanente de los costos laborales y de producción, se agrega, con el proyecto de ley que se critica, una nueva medida que atenta contra la industria pesquera en forma drástica y lamentable.

De su lectura queda evidente que con la restricción proyectada se desconoce que muchísimas familias verán afectadas sus fuentes de trabajo, sea directa o indirectamente, lo que se contradice categóricamente con los anuncios que, desde el Poder Ejecutivo Provincial y Nacional, se vienen promoviendo respecto la necesidad de aumentar las inversiones y la creación de puestos de trabajo como instrumento eficaz para el financiamiento de la educación y el desarrollo económico.

Por las razones invocadas, seguidamente se exponen los argumentos de nuestro rechazo categórico al proyecto de ley que se discute.

En primer lugar, el supuesto estado del caladero anunciado debe descartarse de pleno dado las conclusiones que se desprenden, entre otros, del informe del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) de fecha 05/02/09, que fuera citado en el proyecto de ley que se analiza.

Del mismo surge que es importante tomar medidas de manejo global para las especies que componen el variado costero, pero el documento no sugiere medidas tan drásticas y lesivas como la veda por 6 años de la embrionaria “ley”. Además, técnicamente no es conveniente generar una veda mediante el dictado de una ley.

Esto obedece a muchas razones pero, a los fines de la presente, se marcan solo algunos aspectos para anoticiar a la opinión pública de los defectos que tiene el proyecto de ley criticado en este desarrollo.

Las modificaciones de las leyes vigentes requieren de un trámite que no es sencillo dado que las mismas responden a necesidades de las más variadas y, además, normalmente se encuentran atadas a circunstancias políticas que no siempre concuerdan con las necesidades de manejo que tienen los recursos naturales.

Asimismo, para evaluar los resultados de una veda deben realizarse monitoreos periódicos con el objetivo de conocer, entre otras circunstancias, la efectividad que tiene la restricción a la pesca empleada para proteger los recursos naturales a los que se destina, la conveniencia de modificaciones, la suspensión de la misma o, directamente, su extinción.

La experiencia recogida en la administración de distintas pesquerías de nuestro país y del mundo demuestra que las medidas de que regulan el manejo de los recursos pesqueros, deben adaptarse a los cambios que sufren los mismos. La característica enunciada se traduce en el llamado “principio adaptativo”, incorporado en los fundamentos de muchas de las normas de regulación pesquera de la provincia de Buenos Aires.

Los peces y mariscos son recursos naturales y no demuestran un comportamiento igual a lo largo del tiempo, dado que su desarrollo como seres vivos es el resultado de la congruencia de numerosos factores, entre los que se destacan el clima, la temperatura, la salinidad del agua, el comportamiento de otras especies, y la conducta del hombre.

Consecuentemente para que la actividad humana destinada a regular la pesca sea correcta, debe tener el carácter de ser fácil y rápidamente adaptable a los cambios de esos recursos naturales.

Determinar una veda fija y por un plazo tan extenso mediante el dictado de una ley (6 años en la administración de recursos pesqueros es equivalente a una eternidad), se contradice con el desarrollo argumental precedente.

Además, la ley proyectada requeriría tantos cambios legislativos en el futuro, que se atentaría contra el principio de seguridad jurídica que el estado provincial está obligado a garantizar.

La ley de Pesca de la Provincia de Buenos Aires (Ley 11.477) y demás normas complementarias y reglamentarias, establecen la forma que tiene la Administración Pública de regular la actividad pesquera, fijando su Autoridad de Aplicación.

El proyecto de ley que se critica, adicionalmente, ignora las normas provinciales más importantes en la materia, a su Autoridad de Aplicación, y como si fuera poco, contradice los principios jurídicos en los que se asientan.   

También vale destacar que, dado los previsibles efectos sociales y económicos consecuentes para la ciudad de Mar del Plata que generará el nuevo menoscabo a las fuentes de trabajo proyectado, hubiera sido atinado y prudente elevar una consulta previa al INIDEP a fin que el organismo evalúe, proponga y se expida acerca de las distintas alternativas para la tutela del conjunto variado costero, adicionales a las que ya se implementan desde hace años por la propia Provincia de Buenos Aires y el Consejo Federal Pesquero (CFP).

Asimismo, la veda alentada desconoce los principios de integralidad, e interjurisdiccionalidad en las medidas de manejo sobre especies ictícolas, desoyendo las opiniones más autorizadas en la administración de pesquerías. Los principios citados se han aplicado en los últimos 6 años como lineamientos de la política administrativa de los recursos que componen el variado costero, cuya área de distribución es compartida entre las provincias de Buenos Aires, Río Negro y la jurisdicción nacional.

También cabe poner énfasis que, si bien las jurisdicciones locales tienen autonomía con respecto a las medidas de manejo del variado costero, las provincias de Buenos Aires y Río Negro, han trabajado en los últimos años muy intensamente desde el CFP y con el INIDEP, lo que dan cuenta numerosas normas dictadas por aquél, antecedentes que la norma criticada desconoce.

Conclusión

Por todos los argumentos dados entendemos que la iniciativa legislativa debe ser descartada categóricamente y, si correspondiera, deberán estudiarse y analizarse propuestas de manejo global complementarias a las que la cartera provincial competente ha venido dictando y promoviendo en otras jurisdicciones para la regulaciones de las especies que componen el variado costero.

Desde hace aproximadamente 5 años esas medidas de protección tienen por objeto tutelar la pesquería que nos ocupa en épocas sensibles como son las de reproducción y desove.

Las mismas fueron emitidas teniendo en cuenta las conclusiones de Informes Técnicos del INIDEP, se encuentran vigentes, y han sido acompañadas desde siempre por la Asociación de Embarcaciones de Pesca Costera”.

Guillermo Enrique Soldini – Presidente

07/10/09
NUESTROMAR

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