Obligan a levantar el paro al personal embarcado de los buques poteros

El Ministerio de Trabajo de la Nación dictó la conciliación obligatoria por un plazo de 15 días en el conflicto que sostenían las empresas agrupadas en Cámara de Armadores Poteros Argentinos (CAPA) y los sindicatos que agrupan a los oficiales a bordo. De esta manera, la flota dedicada a la pesca del calamar podrá dar inicio a la zafra, abierta desde el 1 de febrero.

El Ministerio de Trabajo de la Nación dictó la conciliación obligatoria por un plazo de 15 días en el conflicto que sostenían las empresas agrupadas en Cámara de Armadores Poteros Argentinos (CAPA) y los sindicatos que agrupan a los oficiales a bordo. De esta manera, la flota dedicada a la pesca del calamar podrá dar inicio a la zafra, abierta desde el 1 de febrero.

A la audiencia hecha en la Dirección Nacional de Relaciones Laborales, encabezada por Juan Carlos Carilla, asistieron por CAPA, Mario Redini y Celestino Negruela, además de los gremios Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante, la Asociación Argentina de Capitanes y Patrones de Pesca, el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y Cabotaje Marítimo, el Centro de Jefes y Oficiales Maquinistas Navales y el Sindicato de Conductores Navales de la República Argentina.

El funcionario actuante por el Ministerio de Trabajo, atento a lo expuesto por las partes y teniendo en cuenta lo expresado por las entidades sindicales y la propuesta efectuada por las empresas asociadas con CAPA, dispuso encuadrar el conflicto dictando la conciliación obligatoria. Aplicando un plazo de quince días para que se prosigan las negociaciones.

Levantar las medidas de fuerza
 
Además, se intimó a las entidades sindicales, y por su intermedio al personal embarcado por estos representados que se encuentran enrolados en buques que son de propiedad de los armadores asociadas con la Cámara, a cesar de inmediato con las medidas de fuerza puestas en práctica, debiendo permitir la normal operación comercial de los buques poteros, laborando en forma normal y habitual conforme los usos y costumbres propios de la actividad. También deberán abstenerse de poner en práctica toda otra medida de acción gremial que se hubiere programado mientras se encuentre en vigencia el plazo de quince días de la conciliación obligatoria.

Sin represiones
 
En tanto, la autoridad del Ministerio de Trabajo también resolvió intimar a la Cámara de Armadores Poteros Argentinos (CAPA), y por su intermedio a la totalidad de las empresas asociadas, a abstenerse de tomar represalias de cualquier naturaleza con el personal involucrado en este conflicto. Mientras dure la conciliación, las partes deberán abstenerse de tomar cualquier medida que pueda alterar la normal operatoria de las embarcaciones.

Asimismo, las partes deberán abocarse de inmediato a la búsqueda de la solución integral del conflicto deponiendo todo tipo de actitud de intransigencia que impida el logro del entendimiento. Se fijó otra audiencia en la sede del Ministerio de Trabajo para el día 20 de febrero.

18/02/07
DIARIO DE MADRYN

Dejá un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio