Nueva reglamentación para buzos profesionales

(FNM) La Prefectura Naval promulgó la Ordenanza Nº  408 (DPSN), con la “Reglamentación del Buceo Profesional”, que modifica el REGINAVE.

(FNM) La Prefectura Naval promulgó la Ordenanza Nº  408 (DPSN), con la “Reglamentación del Buceo Profesional”, que modifica el REGINAVE.

(FNM) Entre los considerandos de la medida, el Prefecto Nacional Naval explica que “es necesario incorporar aspectos regulatorios de modalidades operacionales no contempladas en las Ordenanzas Nº 42/74 “REGLAMENTACIÓN DEL BUCEO PROFESIONAL” y Nº 8/77 “REGLAMENTACIÓN DEL BUCEO PROFESIONAL EN TAREAS DE PESCA”.”
 
La Ordenanza entrará en vigor una vez cumplidos los sesenta días, computados desde el siguiente al de la fecha consignada en el encabezamiento, es decir, el próximo 3 de agosto de 2008.

La nueva  “REGLAMENTACIÓN DEL BUCEO PROFESIONAL” a la que puede accederse haciendo click aquí, se incorporará al TOMO 5 “RÉGIMEN DEL PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE” del REGINAVE.

24/06/08
NUESTROMAR

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