Normas para las canoas pescadoras (Bahía Blanca)

Desde la Prefectura Naval, se difundieron las normas que deben cumplir tanto los pescadores artesanales como los navegantes deportivos.

Desde la Prefectura Naval, se difundieron las normas que deben cumplir tanto los pescadores artesanales como los navegantes deportivos.

La Prefectura Bahía Blanca dio a conocer los requisitos que deben cumplir así como los elementos de seguridad que deben poseer las embarcaciones sin cubierta corrida a remo o motor fuera de borda (canoa) dedicadas a la actividad de pesca artesanal en la ría de Bahía Blanca.

Las citadas embarcaciones deberán operar en la zona que va desde puerto Cuatreros (al NO) hasta un límite imaginario que une la baliza Punta Tejada, Punta Lobos y Punta Laberinto, con un alejamiento máximo de tres millas náuticas (5,55 km) de la costa más cercana.

El tiempo máximo de ausencia es de 18 horas, debiéndose colocar en el palo mayor, parte más visible de la embarcación, una luz blanca todo horizonte.

Los elementos de seguridad que deben llevarse a bordo son:

* Chalecos salvavidas de uso mercante con luz automática, silbato y cintas reflexivas (uno por cada tripulante).
* Dos unidades de señales fumígenas de color naranja.
* Una linterna estanca de tres elementos.
* Dos remos.
* Anclas, cabos y cadena.
* Bocina para niebla o campana.
* Extintor portátil de polvo químico de 3 kg (en las embarcaciones con motor fuera de borda).
* Dispositivo que permita conocer el remanente de combustible en el tanque.
* Salvavidas circular o aro de rescate aprobado por PNA, con un cabo de color naranja flotante de 25 metros de largo.
* Equipo o medios de comunicación adecuados para mantener enlace con las dependencias jurisdiccionales de la Prefectura Naval Argentina.

Finalmente, la PBB recordó a quienes navegan con fines comerciales o recreativos en su jurisdicción, así como también en puerto Rosales, Arroyo Pareja, Pehuen Co, Monte Hermoso, La Chiquita y Marisol, que deben hacerlo con sus embarcaciones debidamente habilitadas para la  navegación y poseer las respectivas habilitaciones para tripularlas actualizadas y en vigencia (libreta de embarco o carnet náutico deportivo), además de tener actualizado el certificado de armamento (elementos de seguridad acordes con la reglamentación), a fin de realizar una navegación segura, evitando eventos que pueden ocasionar pérdidas irreparables para las personas y/o bienes.

En caso de emergencia o cualquier requerimiento de seguridad, los navegantes deberán comunicarse a L2N Prefectura Naval Radio, por VHF, o, vía telefónica, al Nº 106, de emergencias náuticas.

07/09/08
LA NUEVA PROVINCIA – BAHÍA BLANCA

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