El Consejo de Pesca ha llegado a un acuerdo sobre las normas revisadas dirigidas a proteger los hábitats de mares profundos en aguas de la Unión Europea y del Comité de Pesca para el Atlántico Centro-oriental (CPACO), que incluye una prohibición general de la pesca de altura con redes de arrastre a 800 metros de profundidad y un sistema para la protección de los ecosistemas marinos vulnerables.
El Consejo de Pesca ha llegado a un acuerdo sobre las normas revisadas dirigidas a proteger los hábitats de mares profundos en aguas de la Unión Europea y del Comité de Pesca para el Atlántico Centro-oriental (CPACO), que incluye una prohibición general de la pesca de altura con redes de arrastre a 800 metros de profundidad y un sistema para la protección de los ecosistemas marinos vulnerables.
El acuerdo, concluido con éxito bajo la Presidencia holandesa, se produce después de cuatro años de intensos trabajos políticos y técnicos, y todavía está sujeto a la aprobación del Comité del Consejo de Representantes Permanentes (Coreper) y de la Comisión de Pesca del Parlamento Europeo (PECH).
“Este acuerdo logra por lo tanto un buen equilibrio entre la necesidad de proteger los hábitats de aguas profundas y la explotación responsable de los pescadores”, afirmó Martijn van Dam, ministro de Agricultura de los Países Bajos y presidente del Consejo.
El régimen de la UE para la pesca de altura regula qué operadores están autorizados a dirigir la pesca a especies de aguas profundas y establece las condiciones bajo las cuales los Estados miembros pueden emitir autorizaciones para la pesca en aguas profundas.
El acuerdo sobre las normas revisadas consigue un equilibrio ambicioso entre la explotación comercial de ciertas poblaciones de peces de agua profundas y su sostenibilidad. Esto lo logra a través de la introducción de herramientas innovadoras para la gestión de los stocks, tales como:
– Un límite de profundidad de 800 metros por debajo del cual no se podrá pescar con redes de arrastre de fondo;
– El establecimiento de una huella geográfica sobre la base de criterios históricos, que permitirá que los buques solo puedan pescar en las zonas donde estuvieron operando durante el período de referencia;
– Medidas especiales de protección para los ecosistemas marinos vulnerables, que se aplican a las operaciones con artes de fondo por debajo de la profundidad de 400 metros;
– Medidas de control mejoradas basadas en el sistema aplicadas por los planes de gestión;
– Obligaciones adicionales para la recopilación de datos con el propósito de tener un mejor panorama de las poblaciones de aguas profundas. Entre estas medidas, una de particular importancia es la cobertura de observadores del 20 % en los buques de la UE que pescan con redes de arrastre de fondo y redes de enmalle de fondo en aguas de la UE y aguas de la NEAFC.
Ahora resta la adopción formal de la posición del Consejo en primera lectura, para reflejar el acuerdo político, y la aprobación del pleno del Parlamento en el otoño. Esto debería permitir la entrada en vigor de la nueva legislación a finales de 2016. (Fis.com)
01/07/16
