¿La audiencia pública del 12 de diciembre será un paso tendiente a la reducción de costos en la logística fluvial y marítima? El decreto 874/2017 establece la fijación de tarifas máximas para estos servicios.
¿La audiencia pública del 12 de diciembre será un paso tendiente a la reducción de costos en la logística fluvial y marítima? El decreto 874/2017 establece la fijación de tarifas máximas para estos servicios.
El martes 12 de diciembre a las 9, arranca la audiencia pública convocada por la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Nación en donde se discutirá el nuevo cuadro tarifario correspondiente a los servicios de practicaje y pilotaje para los ríos, puertos, pasos y canales de la Argentina.
Ya son varias las personas, entidades y empresas públicas y privadas anotadas para exponer durante el evento que se llevará a cabo en el Teatro de la Ribera de Av. Pedro de Mendoza 1875, en La Boca.
No parece lógico que la tarifa de practicaje de un buque Panamax de San Martín San Lorenzo al océano cueste lo mismo o incluso más que el peaje de la vía navegable donde trabajan 500 personas con una colosal inversión y 30 embarcaciones en el río entre dragas balizadores y unidades de apoyo.
Primero dictó el decreto 874/2017, que deroga la inversión de la carga de la prueba para el profesional. Hasta ahora se establecía que el práctico era responsable por los accidentes o daños resultantes de su asesoramiento salvo prueba en contrario. Era él quien debía demostrar su inocencia en lugar de ser el estado, a través de los organismos competentes, el encargado de demostrar su responsabilidad. El nuevo ordenamiento coloca en un plano de igualdad al práctico con el resto de los profesionales, y salvaguarda los principios constitucionales de inocencia y defensa en juicio.
Otro de los derechos que incorpora esta modificación al reglamento, es la facultad del profesional de no utilizar medios que no estén debidamente habilitados por las autoridades competentes. Hasta hoy esta facultad no estaba clara.
A este decreto se suma la ley de Marina Mercante que fuera aprobada la semana pasada por el Senado de la Nación sin modificar el texto que vino en revisión de Diputados. La norma eliminó la responsabilidad civil de los prácticos y resolvió un viejo reclamo de la actividad. Pero al mismo tiempo les arrebató la última excusa para mantener su cuadro tarifario.
Servicio público
Ley de la Navegación 20.094 establece que el practicaje y el pilotaje es un servicio público, regulado y obligatorio. Por esta razón es el estado nacional, en cumplimiento de sus obligaciones, quien debe establecer tanto la tarifa como la reglamentación con la que deben cumplir quienes lo presten.
De hecho, el decreto 874/2017 establece la fijación de tarifas máximas para estos servicios. Esto se sustenta en su obligatoriedad y la importancia que tiene en los costos de explotación, que de una forma u otra se terminan incorporando a la tarifa que abonan los productores locales. La norma por estableció para el gobierno la potestad de analizar y discutir la pertinencia de esta tarifa máxima y disparó el mecanismo de la audiencia pública para su puesta en vigencia.
En el horizonte cercano pareciera que a los prácticos les queda adaptar sus tarifas a la realidad del mercado y de un país que busca ser más competitivo, o el gobierno avanzará en la formación de la Agencia Nacional de Practicaje y el servicio, que es obligatorio para los buques, dejará de ser privado.
“Estamos convencidos que el estado nacional debe garantizar la competitividad en todo el sector portuario, reducir costos logísticos y lograr un impacto positivo en los servicios que influyen en la cadena de producción”, señaló Guillermo Dietrich, Ministro de Transporte de la Nación.
Para Jorge Metz, Subsecretario de Puertos y Vías Navegables, “poner en vigencia la reglamentación en las tarifas máximas del servicio va a potenciar el practicaje y permitirá la transparencia de todo el sector. Queremos que todos tengan las mismas oportunidades, con medidas claras que buscan una mayor competitividad, y acompañadas de inversiones que mejoren la infraestructura en los puertos”.
Inconsistencias y diálogo
Según fuentes consultadas, tanto el Decreto como la propuesta de tarifario que elaboró el Gobierno poseen una serie de inconsistencias y errores, por ejemplo se pretende una reducción sobre los buques que trabajen para el Estado del 25 por ciento, además de la baja propuesta, lo que podría considerarse una competencia desleal, entre otras cuestiones.
Asimismo, ya fueron presentadas legalmente esas¨ inconsistencias¨, con recursos presentados en todo el país, y ya varios jueces se han declarado competentes, así que el Estado tendrá que responder qué va a hacer con esos recursos.
Como positivo, la audiencia pública es un canal de diálogo que se abre para dirimir todas estas diferencias. (EL CRONISTA – COMEX ONLINE)
11/12/2017

