La Justicia suspende implantación del Polo Naval del Amazonas (Brasil)

La Justicia suspende implantación del Polo Naval del Amazonas (Brasil)

(FNM) La Justicia Federal de Amazonas determinó en carácter cautelar, la suspensión de los efectos del decreto que declaró de utilidad pública áreas para el establecimiento de un Polo Naval del Amazonas. Haciendo lugar al pedido del Ministerio Público Federal en Amazonas (MPF/AM) en acción civil pública, la Justicia determinó la suspensión inmediata de todas las medidas referentes al proyecto de implantación del Polo Naval, por cuanto no fue realizada consulta previa, libre e informada a las comunidades tradicionales ribereñas que viven en la región.

(FNM) La Justicia Federal de Amazonas determinó en carácter cautelar, la suspensión de los efectos del decreto que declaró de utilidad pública áreas para el establecimiento de un Polo Naval del Amazonas. Haciendo lugar al pedido del Ministerio Público Federal en Amazonas (MPF/AM) en acción civil pública, la Justicia determinó la suspensión inmediata de todas las medidas referentes al proyecto de implantación del Polo Naval, por cuanto no fue realizada consulta previa, libre e informada a las comunidades tradicionales ribereñas que viven en la región.

En la acción civil pública, el MPF/AM apunta que el área a la que se refiere el Decreto nº 32.875/2012, que expropia los terrenos para la implantación del emprendimiento, impactará a familias de, por lo menos, 19 comunidades tradicionales ribereñas que viven en la región de Lago do Puraquequara, en la margen izquierda del río Amazonas.

El decreto fue publicado el 10 de octubre de 2012 por el Estado de Amazonas, sin consultas públicas previas a las comunidades tradicionales que viven en la región. La ausencia del procedimiento de consulta previa, libre e informada es contraria a la Convención nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En enero de 2013, representantes de las comunidades tradicionales ribereñas Puraquequara, Bela Vista, Colônia Antônio Aleixo, São Francisco do Mainã y Jatuarana, de la Comisión de Medio Ambiente de la Asamblea Legislativa del Estado de Amazonas y de la entidad no gubernamental ‘SOS Encuentro de las Aguas’, se reunieron con el MPF y presentaron informes sobre la existencia de un proyecto de construcción de un polo naval que estaba en curso, sobre el que no habían sido informados ni consultados. A partir de los informes y documentos, el MPF/AM inició una investigación civil pública sobre el caso.

El procurador de la República Julio José Araujo Junior afirmó en la acción, que los términos de referencia sobre los que se basó el proceso administrativo de expropiación, no contemplaron ninguna participación de las comunidades ni se efectuaron consideraciones acerca de los impactos que el emprendimiento les causaría. “Por el contrario, lo que se verifica es, además de la expropiación de áreas, la previsión de la construcción de una ‘ciudad obrera’, construyéndose viviendas en la región por medio del Programa ‘Mi Casa, Mi Vida’”, declaró el procurador.

Implantación ilegal e ilegítima

En su decisión cautelar, la Justicia Federal acogió los argumentos del MPF, destacando que la ausencia de consulta previa y libre y el consentimiento claro de las comunidades tradicionales involucradas en el Polo Naval torna la implantación del mismo ilegal e ilegítima. De acuerdo con la decisión, “elaborar una consulta después de decidida e iniciada la implantación del emprendimiento por parte del Estado es una mera simulación”.

Destaca también el surgimiento de una nueva modalidad de conflicto social en la Amazonia Brasilera: la transformación compulsiva de integrantes de poblaciones tradicionales en operarios forestales. Un pasaje de la decisión afirma que “no puede la Justicia quedarse de brazos cruzados y dar el beneplácito a ese cuadro incierto y sombrío, donde el principal perjuicio está relacionado con la desaparición de la identidad social de la Amazonia, de la cultura de sus poblaciones tradicionales, de la armonía de esos pueblos con la selva y los ciclos de la naturaleza”.

Transferencia de inmuebles para el Estado

La medida cautelar determina también que la Unión y el Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (Incra) deben abstenerse de realizar ninguna  transferencia de inmuebles de su titularidad y cualquier título, hacia el Estado de Amazonas, quedando expresamente determinado que no promoverán la retirada o remoción de las comunidades de sus tierras durante la tramitación de la acción civil pública, dejando de adoptar medidas en favor de la implantación de un Polo o Complejo Naval.

La acción civil pública continúa su trámite. (Portos e navios. Adaptado al español por NUESTROMAR)

01/06/14

 

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