La disposición 1108/2013 de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de Argentina establece que las cargas de exportación originadas en puertos argentinos únicamente podrán ser transbordadas en otros puertos de jurisdicción nacional o en puertos del Mercosur y sus estados asociados que mantengan vigentes acuerdos de transporte marítimo de cargas con la Argentina.
La disposición 1108/2013 de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de Argentina establece que las cargas de exportación originadas en puertos argentinos únicamente podrán ser transbordadas en otros puertos de jurisdicción nacional o en puertos del Mercosur y sus estados asociados que mantengan vigentes acuerdos de transporte marítimo de cargas con la Argentina.
El Presidente de Uruguay, José Mujica, se refirió a las dificultades que afectan al puerto de Montevideo a raíz de las disposiciones del Gobierno argentino. Reiteró su referencia a la histórica “lucha de puertos” y lamentó las medidas que “perjudican la integración”.
El Presidente enfatizó: “No acompañamos la visión de que un país, en la defensa de su gente, deba afectar a otro”, sino que deben buscar salidas complementarias, de más cooperación. Agregó que, indirectamente, estas políticas —de defensas particulares— tienden a colaborar con aquellos que quieren que esta región del mundo sea librecambista, una gigantesca feria de ventas de mercaderías y que, en definitiva, no integremos nuestras economías sino que hagamos negocios”.
Frente al problema concreto voy a decir que trabajamos duramente desde el principio. Pero no con gestos pour la galerie”, manifestó. Advirtió que hay muchísimo para perder con políticas de confrontación, Uruguay tiene mucho para perder porque es pequeño, y también Argentina, pero en el fondo de la cuestión, “la política de confrontación, sobre todo, va a herir a la región”, señaló Mujica.
En diálogo con el diario El Observador, el presidente del Centro de Navegación uruguayo, Mario Baubeta, aseguró que la resolución hará perder a la terminal capitalina 100 mil movimientos de carga de exportación, 30 mil movimientos de importación, y 67 contenedores vacíos que vienen a Montevideo.
Nosotros nos vimos entre la espada y la pared y tuvimos que tomar la medida que tomamos con respecto a la fábrica de celulosa y ahora de casualidad pasan estas cosas, sostuvo Mujica quien aseguró que dichas cuestiones se están evaluando.
De acuerdo con el texto de la normativa argentina, la decisión tiene como antecedente el acuerdo sobre transportes marítimos entre la Argentina y Brasil, que estipula que las mercaderías originadas en puertos argentinos -y destinadas a los puertos brasileños, y viceversa- serán obligatoriamente transportadas en buques de bandera nacional de las partes contratantes, con participación en partes iguales, en la totalidad de los fletes generados.
Debido a que el acuerdo no admitía operaciones de trasbordo en puertos de terceros Estados, la decisión apuntó a fortalecer la operativa de transporte de carga por agua en el marco de los acuerdos bilaterales vigentes, explica la normativa.
Sin embargo, la medida del gobierno argentino trajo repercusiones también a nivel interno.
La Cámara de Exportadores de la República Argentina (CERA) señaló en un comunicado que la disfuncionalidad no puede ser una política de Estado. El Presidente de esta entidad, Enrique Mansilla,solicitó al ministro del Interior Randazzo que en defensa de los corredores logísticos seguros para las exportaciones argentinas se suspenda la disposición que impide los trasbordos de las exportaciones por puertos uruguayos. Mansilla sostuvo que la CERA promueve con el concepto de “Argentina innovadora” los ejes de integración, inversión e innovación que son el núcleo duro de la estrategia nacional exportadora. Señaló que la medida de impedir el trasbordo de las exportaciones argentinas es inconveniente, genera extra costos y ha sido tomada de manera aislada e intempestiva afectando exportaciones en curso. Finalizó diciendo que en estos momentos la competitividad de las exportaciones y el desarrollo económico deben ser una prioridad.
Por su parte, la Cámara Argentina de Comercio considera la Disposición como un obstáculo a la actividad marítima. En un comunicado expresó: “Este hecho generó diversas dificultades en los operadores y particularmente en Uruguay, pues a partir de esta regla no es posible realizar el transbordo en el país vecino. La ausencia de un Acuerdo de Transporte Marítimo Multilateral – MERCOSUR, origina estos inconvenientes por los cuales no se logra fortalecer el transporte por agua en la región”.
N. de la R. NM:
Disposición 1108/2013 SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
01/11/13
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