Medida de la Afip. Se trata de la Resolución General 2598 que permite utilizar el importe reintegrable para la cancelación de deudas y el pago de aportes sociales.
Medida de la Afip. Se trata de la Resolución General 2598 que permite utilizar el importe reintegrable para la cancelación de deudas y el pago de aportes sociales.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) puso en vigencia el sistema que agiliza de alguna manera el reintegro del impuesto al gasoil destinado a embarcaciones pesqueras y de investigación.
El organismo publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución General 2598 que instrumenta un procedimiento para utilizar el importe reintegrable antes de que se haga efectivo.
Más precisamente, el sector podrá usarlo para la cancelación de deudas líquidas y exigibles que mantengan por impuestos -incluidas las retenciones y percepciones- y para el pago de contribuciones de la seguridad social.
Ocurre que en general los armadores deben esperar entre cuatro o cinco meses para recuperar un 16 por ciento aplicado como impuesto sobre el combustible.
En nuestro medio, el consumo anual de gasoil insume entre 22 y 24 millones de dólares, lo que pone de manifiesto el impacto económico de la medida.
Mejora la circulación de fondos
“Que esta Administración Federal tiene el objetivo permanente de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones”, apunta el texto de la 2598.
Vale recordar que la iniciativa venía siendo reclamada por la industria pesquera local como parte de un plan que contribuya a mejorar la circulación de fondos.
“Esto aporta mucho dentro del abanico de herramientas que usamos para que el sector tenga aire en el marco de la crisis", definió días atrás el subsecretario de Pesca de la Nación, Norberto Yauhar.
De cualquier manera, conviene señalar que los interesados deberán continuar presentando las solicitudes de reintegro y que este podrá efectuarse una vez finalizado el mes calendario en que se originan los importes.
27/04/09
WWW.PESCARE.COM.AR
