Chubut habilita prospección de langostino con un tangonero por empresa

Comienza hoy y durará hasta el 10 de marzo. Autorizaron un barco congelador por cada empresa de Chubut y Santa Cruz. También podrán ingresar fresqueros de altura. El relevamiento define la fecha de apertura de la pesquería.

Comienza hoy y durará hasta el 10 de marzo. Autorizaron un barco congelador por cada empresa de Chubut y Santa Cruz. También podrán ingresar fresqueros de altura. El relevamiento define la fecha de apertura de la pesquería.

El Secretario de Pesca de Chubut, capitán Hugo Stecconi, resolvió iniciar a partir de hoy una prospección con la flota comercial en aguas jurisdiccionales del Golfo San Jorge, permitiendo el ingreso de un buque congelador tangonero por cada empresa de Chubut y Santa Cruz, además de un número determinado de buques fresqueros de altura. El revelamiento tiene por finalidad conocer el estado de salud del recurso y la información técnica recogida servirá para adoptar medidas de manejo, concretamente definirá la fecha de apertura formal de la pesquería en aguas chubutenses y la modalidad de ingreso de la flota.

Por la cantidad de barcos que van a ingresar, esta ‘prospección generosa’ se parece más a una apertura con esfuerzo restringido porque estará pescando durante una semana casi la mitad de la flota. El último dato que se conoce es el que arrojó el estudio realizado hace quince días por un barco de Conarpesa a pedido del Consejo Federal Pesquero, muestreo del cual surgió la presencia del crustáceo en volúmenes relativamente buenos y en tallas comerciales.

Así las cosas, Stecconi firmó la Resolución 16/11 de la Secretaría de Pesca en la que se considera conviene hacer una prospección de buques congeladores tangoneros de la flota comercial, como así también con buques de la flota fresquera de altura, ya que “resulta necesario verificar la situación en que se encuentra el recurso langostino patagónico en el golfo San Jorge”.
En consecuencia estimó procedente autorizar una prospección en aguas de su jurisdicción “en el espacio marítimo comprendido entre los siguientes puntos: 44° 56’ LS y la costa; L 44° 56’ LS y el límite de la jurisdicción provincial; 46° 00’ LS y la costa; 46° 00’ LS y el límite de la jurisdicción provincial”.

En el segundo punto de la medida se dispone “autorizar a un buque congelador tangonero por empresa pesquera, tanto de la provincia de Chubut, como de la provincia de Santa Cruz a participar de la prospección”, mientras que se establece como condición que “dichas embarcaciones deberán embarcar observador designado por la autoridad de aplicación de la provincia de Chubut”.

La prospección tendrá una duración de ocho días efectivos de pesca, a partir de las 00:00 del 2 de marzo y hasta las 00:00 del 10 de marzo del corriente.
Los barcos autorizados deberán operar en la zona de prospección por el plazo autorizado y “cumpliendo el mismo deberán indefectiblemente retirarse del área. Asimismo, deberán colaborar con las tareas del observador priorizando la obtención de información necesaria para la evaluación de la zona por parte de la autoridad de aplicación”.

Asimismo, se menciona que la permanencia de los buques en el área “quedará condicionada al suministro de la información requerida y a la cooperación necesaria para la evaluación dispuesta”; en caso, que a criterio de la Secretaría de Pesca “no se cumplan las condiciones previstas” se determinará el retiro de los buques de la zona a prospectar. “En caso de registrarse cualquier circunstancia imprevista o razón de fuerza mayor que impida la efectiva participación en la prospección deberán obligatoriamente poner en conocimiento de tales circunstancias a las autoridades”, exige la resolución.

Además de los tangoneros, Chubut autorizó a partir de hoy a participar de la prospección a las embarcaciones que conforman la flota de fresqueros de altura a operar en aguas jurisdiccionales del golfo San Jorge. “Debiendo los permisionarios nominar los barcos a fin que la autoridad determine el número de embarcaciones a ingresar”.

También se ratificaron las vedas establecidas por las resoluciones N° 127/06 y 311/07, como también el área exclusiva para la operatoria de las embarcaciones menores a 21 metros de eslora, esto es una franja frente a las costas de Comodoro Rivadavia. Como es de forma se exige la obligatoriedad del uso de “dispositivos selectivos de comprobada eficiencia”.
Por Nelson Valdivia

02/03/11
REVISTA PUERTO

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