Zona Común de Pesca: declaran a merluza en riesgo biológico y fijan veda de invierno por primera vez

Zona Común de Pesca: declaran a merluza en riesgo biológico y fijan veda de invierno por primera vez

Las medidas fueron adoptadas por la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo ante la fragilidad del recurso en la zona. El organismo también determinó una captura máxima de 50 mil toneladas.

Las medidas fueron adoptadas por la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo ante la fragilidad del recurso en la zona. El organismo también determinó una captura máxima de 50 mil toneladas.

La etiqueta ya estaba en superficie con las señales de agotamiento que el propio recurso dejaba en las redes, pero hoy fue institucionalizada.

La merluza hubbsi acaba de ser declarada en riesgo biológico dentro de la Zona Común de Pesca Argentino-Uruguaya (ZCP).

El paso lo dio la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo a través de la Resolución 7/11 , que al mismo tiempo recomienda disminuir el esfuerzo pesquero.
“Es conveniente poner un límite a la presión extractiva ejercida sobre la especie”, expresa el texto publicado en el Boletín Oficial.

Así, la norma establece una Captura Total Permisible anual de 50 mil toneladas, tanto para este año como para el próximo.

Sin embargo, parece difícil que las flotas en su conjunto vayan a llegar a ese límite teniendo en cuenta la declinación de las capturas.

Hay que remontarse hasta 2008 (51.112 t.) para encontrar un desembarque global proveniente de la ZCP por encima del establecido como máximo.

De acuerdo a las estadísticas oficiales, hasta mayo de este año se registraron en los  muelles 17.258 toneladas de merluza; 15.185 fueron para Uruguay y 2.073 para Argentina.

De cualquier manera, se agrega: "La Comisión se reserva un cupo adicional de 10.000 t/año para su eventual utilización de acuerdo con el resultado de los criterios evaluativos que se efectúen en función de minimizar los efectos económico sociales".

 


Evolución de los desembarques de merluza en la ZCP entre 1994 y 2009.

En otro orden, el organismo binacional fijó en la Resolución 6/11 , y por primera vez, una veda de invierno que comenzará a regirá desde el 1º de agosto y se extenderá hasta el 30 de septiembre inclusive.

El área de protección, largamente reclamada por los científicos en los últimos años para complementar las vedas de otoño , primavera y verano , estará comprendida por los siguientes puntos:
a) 35º 45’ S – 53º 56’ W
b) 36º 01’ S – 53º 37’ W
c) 37º 26’ S – 54º 34’ W
d) 36º 59’ S – 55º 17’ W

Como es habitual, allí estará prohibido el arrastre de fondo dirigido a especies demersales. Sólo podrán operar en horario diurno buques con tengan como objetivo pelágicas.

Asimismo, las autoridades llamaron a establecer el uso obligatorio del monitoreo satelital, un requerimiento que la flota local ya cumple.

También se propuso la creación de un plan de manejo para la recuperación de la especie, el cual debería estar en marcha de aquí a cinco meses. A las claras está que no hay demasiado tiempo para perder.

20/07/11
PESCARE.COM.AR

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