"Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza – Riachuelo)" – CSJN
"Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza – Riachuelo)" – CSJN
La Corte Suprema de Justicia de la Nación indaga al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por las medidas, adoptadas y cumplidas hasta la fecha en materia de prevención, de recomposición y de auditoría ambiental; así como las atinentes a la evaluación de impacto ambiental respecto de las empresas demandadas y, por último, las acciones llevadas a cabo que se relacionan con el sector industrial, poblacional y con la atención y prevención en materia de salud.
Para que informen, con respecto al Plan Integrado para el Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo presentado ante el requerimiento formulado en el pronunciamiento del 20 de junio de 2006 (1) designa la audiencia para el 20 de febrero de 2007 a las doce horas.
El Auto que lo dispone dice:
Buenos Aires, 6 de febrero de 2007.
Autos y Vistos; Considerando:
Con arreglo a las atribuciones reconocidas al Tribunal en el art. 32 de la ley 25.675 y en el art. 36, inc. 4°, ap. a, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, corresponde requerir al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que, con respecto al Plan Integrado para el Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo presentado en esta causa ante el requerimiento formulado en el pronunciamiento del 20 de junio de 2006, informen a esta Corte sobre las medidas, de toda naturaleza, adoptadas y cumplidas hasta la fecha en materia de prevención, de recomposición y de auditoría ambiental; así como las atinentes a la evaluación de impacto ambiental respecto de las empresas demandadas; y, por último, las acciones llevadas a cabo que se relacionan con el sector industrial, poblacional y con la atención y prevención en materia de salud.
A tal fin, desígnase la audiencia que se celebrará el 20 de febrero de 2007 a las doce horas. Notifíquese en forma urgente a los Estados requeridos, a la actora, a los terceros intervinientes y a las demandadas, haciéndose saber que el acto se llevará a cabo en la misma sala en que se celebró la anterior audiencia, que deberá informarse al Tribunal las personas que representarán a los estados demandados en la exposición ordenada y que serán de aplicación, en lo pertinente, las disposiciones reglamentarias para actos de esta naturaleza aprobadas por el Tribunal en el pronunciamiento del 30 de agosto de 2006. Así se resuelve.
FDO.: RICARDO LUIS LORENZETTI – ELENA I. HIGHTON de NOLASCO – CARLOS S. FAYT – ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI – JUAN CARLOS MAQUEDA – RICARDO LUIS LORENZETTI – CARMEN M. ARGIBAY
Buenos Aires. El expediente sobre la contaminación en la cuenca Matanza – Riachuelo, en el que el Estudio José Esain interviene en colaboración con los abogados de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), y del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) patrocinando todos a un grupo de organizaciones no gubernamentales que se han presentado como terceros interesados, sigue dando noticias.
Vale la pena recordar que con fecha 20 de junio del año pasado la Corte Suprema de Justicia de la Nación le requirió al Gobierno Nacional, al de la provincia de Buenos Aires, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al COFEMA que presentaran un plan que se ocupara del grave problema de contaminación en la cuenca Matanza Riachuelo.
El pedido y los antecedentes se pueden consultar en documentos que en ésta página hemos publicado. (2)
Hoy, a varios meses de celebradas las audiencias públicas, y de presentados estos planes requeridos; el Alto Tribunal decide designar fecha para la realización de una audiencia informativa para conocer el estado de las tareas propusieran, y la ejecución de las mismas.
Dice en su despacho que "corresponde requerir al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que, con respecto al Plan Integrado para el Saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo presentado en esta causa ante el requerimiento formulado en el pronunciamiento del 20 de junio de 2006, informen a esta Corte sobre las medidas, de toda naturaleza, adoptadas y cumplidas hasta la fecha en materia de prevención, de recomposición y de auditoría ambiental; así como las atinentes a la evaluación de impacto ambiental respecto de las empresas demandadas; y, por último, las acciones llevadas a cabo que se relacionan con el sector industrial, poblacional y con la atención y prevención en materia de salud".
Por Mario F. Valls
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(1) M. 1569. XL – "Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza – Riachuelo)" – CSJN – 20/06/2006 (elDial – AA357E)
(2) elDial.com, Suplemento de Derecho Ambiental, Director: Dr. Mario F. Valls
13/02/07
ELDIAL.COM
