Si bien en el primer acta del presente año el CFP estableció que cada buque con cupo de captura de merluza negra asignado, debería proceder al marcado y retorno al mar de al menos dos ejemplares por cada tonelada capturada, un posterior informe del INIDEP acotó esta actividad.

Si bien en el primer acta del presente año el CFP estableció que cada buque con cupo de captura de merluza negra asignado, debería proceder al marcado y retorno al mar de al menos dos ejemplares por cada tonelada capturada, un posterior informe del INIDEP acotó esta actividad.

En la nota enviada al Consejo por la responsable del marcado de merluza negra se indica la dificultad de proceder a la marcación de ejemplares de merluza negra a bordo de buques arrastreros, debido a que la supervivencia de los mismos suele ser escasa o nula.

En virtud de estos datos, el CFP ratificó la obligatoriedad del marcado de merluza negra pero sólo en los buques que operen con palangre o nasa.

2602/07
PESCA & PUERTOS

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