La Provincia de Buenos Aires exigirá partes de pesca electrónicos

Los armadores que operen en aguas de la provincia de Buenos Aires deberán ingresar los datos de captura a través del sitio de Internet del Ministerio de Asuntos Agrarios de Buenos Aires, con el fin de regular el procedimiento.

Los armadores que operen en aguas de la provincia de Buenos Aires deberán ingresar los datos de captura a través del sitio de Internet del Ministerio de Asuntos Agrarios de Buenos Aires, con el fin de regular el procedimiento.

Según la Resolución 252/11 emitida por dicho organismo, el Gobierno bonaerense exigirá a partir de ahora un parte de pesca electrónico, además de la presentación del mismo en el soporte papel.

Para la carga de datos habrá un plazo de 90 días contados a partir de la fecha declarada en el sistema digital respecto a la marea.

“Verificado el incumplimiento, la Autoridad de Aplicación suspenderá la emisión de certificados de captura a la embarcación”, dice el texto de la resolución.

Asimismo, si el parte electrónico no se carga o tiene errores insalvables -falta de datos de la embarcación, capturas que superen la capacidad física de la embarcación, u omisiones de fecha y hora- el Ministerio no emitirá el certificado de captura legal para esa marea.

Las autoridades provinciales esperan que esta herramienta sirva para avanzar en el control y preservación de las distintas pesquerías y operación de los distintos rangos de la flota de Buenos Aires, y para convertir el manejo de la información pesquera en una tarea más confiable y sencilla.

“Se entregará a cada permisionario una clave única, personal e intransferible para ingresar sus partes, preservando la confidencialidad de los datos”, añade la resolución.

De esta manera, se aplicará el mismo procedimiento que ya implementó la Subsecretaría de Pesca de la Nación en 2010.

El Ejecutivo bonaerense también pretende agilizar los tiempos en el procesamiento de datos y llegar al certificado de captura legal que exige la Unión Europea (UE) para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (IUU).

Por Analia Murias

07/11/11

FIS.COM

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