Será a partir del 1º de marzo para los incluidos en el régimen de aduana domiciliaria. Para el resto, regirá desde el 1º de mayo.
Será a partir del 1º de marzo para los incluidos en el régimen de aduana domiciliaria. Para el resto, regirá desde el 1º de mayo.
Los exportadores, incluidos los del sector pesquero, estarán obligados a emitir factura electrónica para respaldar sus operaciones de comercio exterior.
Tal como lo estableció la Resolución General 2758 de la Afip, quedarán alcanzados los operadores inscriptos en el impuesto al valor agregado e integren los registros aduaneros.
La obligatoriedad de emitir comprobantes electrónicos regirá desde el 1º de marzo para aquellos alcanzados por el régimen de aduana domiciliaria (grandes empresas) y desde el 1º de mayo para el resto.
Según se informó desde el organismo fiscalizador, están comprendidos por este régimen las facturas de exportación clase “E” y las notas de crédito y notas de débito por envíos al exterior.
En tanto, quedan exceptuadas las ventas realizadas bajo la modalidad de “exportación por cuenta y orden de terceros”.
De acuerdo a las promesas oficiales, esto agilizará los trámites. Por caso, las empresas ya no necesitarán enviar una factura por correo tradicional, sino que contarán con el certificado digital emitido por la Afip.
Por su parte, para la agencia de recaudación nacional se trata de una herramienta más para recaudar y tener monitoreadas, en línea, las exportaciones.
De hecho, para confeccionar los comprobantes electrónicos originales, los contribuyentes deberán solicitar autorización a la Afip vía internet.
Una de las posibilidades para hacerlo es mediante un software que le permita al usuario emitir facturas electrónicas. Uno de los más difundidos en el mercado es Tango Gestión.
Los fabricantes del sistema informaron que la próxima versión, que estará disponible en los próximos días, soportará los nuevos requerimientos.
04/02/10
PESCARE

