(FNM) Habrá ganadores y perdedores. No incluye el aumento que anunció la titular del Poder Ejecutivo en la última cena de camaradería.
(FNM) Habrá ganadores y perdedores. No incluye el aumento que anunció la titular del Poder Ejecutivo en la última cena de camaradería.
Con la firma del Decreto Nº 1305/2012 el Poder Ejecutivo inició el camino hacia la normalización de los haberes del personal militar, cuyo salario viene sufriendo desde 1992 la incorporación de sumas no remunerativas y suplementos particulares que no tributan al IAF ni a las obras sociales y no pasan al haber de retiro.
Aunque nunca se lo menciona explícitamente, la finalidad de los aumentos que se fueron dando desde hace dos décadas al personal militar en actividad, es que estos no pasaran a los retirados, lo que deprimió enormemente sus haberes.
De diversas maneras y bajo distintos gobiernos, se torció el espíritu y la letra de la ley que rige el personal militar, la Ley 19.101, motivando que este personal tuviera que recurrir a la justicia para lograr un reconocimiento de lo que por derecho le correspondía. Como no existen “paritarias militares”, o posibilidad de agremiación, de medidas de fuerza, o medidas de presión, ya que serían interpretadas inmediatamente como alzamientos militares, el salario castrense queda al arbitrio de las autoridades de turno. Esto ha motivado a miles de militares retirados a buscar el refugio de la Justicia, la que les ha dado la razón.
El último fallo de la Corte Suprema de la Nación al respecto, conocido como Fallo Zanotti, puso las cosas en cierto lugar y obligó al Poder Ejecutivo a abonar lo que por la Ley 19.101 correspondía. Cabe aclarar que el Fallo Zanotti modificaba sustancialmente un fallo anterior de la misma Corte, para el mismo problema jurídico (cosas insólitas de nuestra justicia) llamado Fallo Salas.
Este nuevo Decreto Presidencial toma en cuenta aquel fallo (Zanotti, más conveniente para las arcas del Estado que el Salas) y elimina una serie de “suplementos particulares y compensaciones” que fueron creados en 1993 y cuya aplicación arbitraria produjo enormes distorsiones en los haberes de los uniformados. Personal militar en actividad está cobrandp en promedio un 70% más que el retirado con el mismo grado, lo cual contraría la letra y el espíritu de la Ley 19.101, que permite al personal retirarse con el 100% del haber del activo al cumplir los 35 años de servicios simples.
Ya la Ley de Creación del Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares (IAF) previó que se descontara el 11% del haber de los retirados, para disminuir de alguna manera la carga para el Estado Nacional en el pago de los retiros y pensiones militares. Algo inédito en la legislación laboral argentina: que un pasivo aporte a la misma caja que le está pagando sus haberes. Por esta razón, el haber de retiro militar nunca es el 100% del de la actividad tal como dice la letra de la Ley 19.101.
Con el nuevo Decreto, se crean dos nuevos Suplementos Particulares (léase sumas “no bonificables” y “no remunerativas”, que no aportan al IAF ni a las obras sociales y por ende no se trasladan al haber de retiro) que ponen una diferencia entre los activos y los retirados. Si se le suma el 11% del párrafo anterior, el retirado sigue cobrando sólo una parte de lo que cobra su par en actividad. Algo que seguramente inducirá a los retirados a acudir nuevamente a los estrados judiciales.
En algunos medios se ha señalado erróneamente que se emplea dinero de la ANSES para abonar los haberes militares. Nada más contrario a la verdad. El Tesoro Nacional gira a través de la ANSES dinero al IAF para pagar los retiros y pensiones militares desde hace algunos años, pero no es el dinero de los jubilados argentinos el que paga los retiros militares. Lo que no mencionan esos medios, es que un retirado de la Policía Federal o de la Gendarmería Nacional, con grado equivalente, cobra el doble que un militar retirado.
El blanqueo parcial de los haberes que se inicia con este decreto presidencial significará una mejora para algunos, pero una baja para otros. Las primeras beneficiadas serán las obras sociales militares, que se hallaban al borde del colapso por la reducción de sus ingresos, debida al enorme porcentaje que el personal percibe como “no remunerativo y no bonificable”, para ser más explícitos: “en negro”.
Pero esta pretendida normalización o blanqueo, tendrá efectos adversos en algunos sueldos, en particular los del personal en actividad. Para solucionar este inconveniente se crea una compensación transitoria.
El decreto de referencia, no hace mención al prometido aumento del 21 % al que se refirió la Primera Magistrada en la tradicional cena de camaradería del último Día de la Independencia (la cena se realizó el 11 de julio pasado) y que podría solucionar este último inconveniente. En esa oportunidad la Presidente dijo “La semana que viene, el Ministerio de Defensa y la Secretaría de Hacienda firmarán la disposición para establecer un aumento salarial a partir del 1° de julio”.
Hasta el momento el Ministerio de Defensa no ha emitido ningún comunicado al respecto, lo que causa inquietud entre el personal de las Fuerzas Armadas, que no ha recibido aumentos en sus remuneraciones durante los últimos 12 meses.
Referencia:
Decreto 1305/2012- Haberes de Personal Militar. Nuevas escalas.
04/08/12
FUNDACION NUESTROMAR
