Resolución 2/2012 COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO

PESCA – APERTURA DEL PERÍODO DE CAPTURA ESPECIE CALAMAR

PESCA – APERTURA DEL PERÍODO DE CAPTURA ESPECIE CALAMAR

Publicada en el Boletín Oficial del 30-mar-2012

 

Número: 32369

Página: 11

 

Resolución 2/2012

 

Establécese la apertura del período de captura para la especie calamar en la Zona Común de Pesca.

Montevideo, 23/3/2012

Norma estableciendo la apertura del período de captura de la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca.

VISTO:

La conveniencia de establecer el período de captura de la especie calamar (IIIex argentinus) durante la temporada 2012 en la Zona Común de Pesca.

CONSIDERANDO:

La información disponible sobre la presencia del recurso en la Zona Común de Pesca.

ATENTO:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO

RESUELVE:

Artículo 1º — Establecer la apertura del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca a partir del 1 de abril de 2012.

Art. 2º — La Comisión en la Reunión Plenaria del mes de julio evaluará el estado del recurso, a fin de establecer la fecha de cierre del período de captura de 2012, sobre la base de la información técnica aportada por las Partes.

Art. 3º — La transgresión de la presente Resolución constituye un incumplimiento grave.

Art. 4º) Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.

Art. 5º) Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Julio Suárez. — Hernán D. Orduna.

 

 

INFOLEG

04/04/12

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