Toma fuerza el debate por el segundo registro de buques en Argentina

Frente a la desigual competencia de las banderas de conveniencia, se propone un registro con base en Tierra del Fuego. En la región, Perú y Chile avanzan en el mismo sentido.

Argentina necesita un programa logístico para su producción. Obsolescencia infraestructural, asimetrías entre modos, trabas normativas y excesiva presión fiscal, pero hasta que el Estado y el sector privado, encuentren el consenso necesario, necesitamos medidas de contención que algunos países de tradición fluviomarítima como el nuestro, están implementando, para adaptarse al contexto global”.

Con esta frase, Juan Carlos Donato, consultor en ecosistemas portuarios y ex coordinador de Puertos de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Nación, comenzó su exposición titulada “Un segundo registro de buques argentinos para la competitividad del comercio exterior”.

La disertación, a sala llena, tuvo lugar en el auditorio del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires – Distrito ll donde se organizó el ciclo “Mar del Plata Nodo Logístico”.

Las palabras de bienvenida estuvieron a cargo de José Luis Ovcak, presidente en Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires Distrito II, y las conclusiones finales fueron expresadas por Jorge Tiravassi, presidente del Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante.

En una sólida presentación, Donato explicó que el registro de buques es aquel proceso mediante el cual se documenta un barco, en un determinado país, en consecuencia, ese buque navegará bajo la bandera del país de registro y recibe el nombre de Estado del pabellón.

“El registro de un buque no es una mera formalidad administrativa, significa que el estado de bandera debe asumir la responsabilidad que el buque cumpla con la normativa establecida”, afirmó el consultor.

Distintas variantes

Donato detallo las distintas variantes de los registros:

Registros cerrados: los primeros en crearse datan de fines del siglo XVII. Nacieron en países de tradición marítima que exigen empresas legalmente establecidas en el país y requisitos tales como: relación auténtica entre buque, propietario y bandera, contratación de tripulación de la misma nacionalidad, impuestos, derechos y legislación sometida a esa nación.

Registros abiertos: permiten el registro a buques mercantes, cuya propiedad y/o control pertenece a extranjeros. Nacen de la competitividad de los países sin tradición marítima o mediterráneos, para atraer capital extranjero, en general con legislación flexible al abanderamiento de los buques.

Registros especiales: se los considera como un híbrido de los tradicionales y los abiertos. Optan por un tratamiento fiscal y laboral similar al de los registros abiertos, aunque con los mismos niveles de exigencia y cumplimiento de la normativa sobre seguridad que los registros tradicionales. Aplica un régimen fiscal y laboral más amplio para poder competir con los abiertos. Son utilizados por países de tradición marítima como segundos registros.

Juan Carlos Donato destacó que en Argentina rige el Registro Nacional de Buques a cargo de la Prefectura Naval Argentina.

Entre sus características salientes:

  • Otorga al buque y al artefacto naval de nacionalidad argentina, uso del pabellón bajo el amparo de la legislación nacional.
  • Cumple dos funciones claramente diferenciadas, pero intrínsecamente ligadas entre sí, por un lado, la matriculación y por otro, el registro.
  • Toma como base la matriculación y consiste en la inscripción del dominio y sus afectaciones.

Contexto global y de la región

A la hora de abordar los nuevos países y Estados de abanderamiento, el consultor reflejó el ejemplo de Islas Vanuatu en Oceanía.

La Organización Marítima Internacional (OMI) toma este registro como un living case porque permite registrar buques mercantes sin motor, y con tripulantes enrolados en un esquema salarial con ingresos de u$s 15 diarios y como si esto no fuera suficiente admite subir “aprendices” a los barcos que según consta en la denuncia presentada por la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte, todos los aprendices deben pagar para poder embarcar y hacer experiencia.

Abrir el cabotaje o crear segundos registros es la gran discusión que se propone a escala regional.

Chile: el 21/3/2023, el Poder Ejecutivo envió al Parlamento el proyecto de modificación de la Ley de Navegación que impulsa la apertura del cabotaje de ese país. En la sesión de la comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado del pasado mes de abril, la Asociación de Armadores de Transporte Marítimo, Fluvial, Lacustre y Turístico Sur Austral (Armasur) realizó un enérgico llamado a no modificar la Ley de Navegación y como propuesta alternativa impulsan la creación de un segundo registro de buques chilenos. Los empresarios advierten que sería un grave error promover el cabotaje con banderas extranjeras, especialmente las de conveniencia.

Perú: en 2023 el Consejo de Ministros del gobierno envió un proyecto de Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 1413. La modificación impulsada promueve el transporte marítimo de cabotaje de carga y pasajeros, aceptando que personas naturales o jurídicas puedan llevarlo a cabo sin importar el origen de su capital. Allí también se discute como alternativa la creación de un segundo registro en la Ley de Cabotaje, según propuesta de la Asociación Marítima de Perú.

El debate en Argentina

Juan Carlos Donato hizo un repaso de los proyectos presentados al respecto.

Proyecto de Complementación a la Ley 27.419 de Marina Mercante, donde proponen actualización en incentivos (arrendamiento y construcción de buques, incorporaciones a la bandera, etc.), pautas para el otorgamiento de excepciones al cabotaje (waivers) y en los artículos 15 y 16 crea el Registro Internacional de Buques Argentinos (RIBA). Ámbito y autoridad de aplicación de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Nación.

El Diputado Nacional fueguino, Héctor Stefani presentó el proyecto Registro Argentino de Buques, Internacional y Nacional de Transporte (RABINT). También se propone crear un impuesto al tonelaje como único tributo, que financiará aportes previsionales y de seguridad social. Ámbito y autoridad de aplicación: Subsecretaría de Puertos de la Nación con asiento en la Provincia de Tierra del Fuego.

“Cuando hablamos de costos, el armador argentino dentro de un registro cerrado tiene que competir contra quienes operan dentro de registros absolutamente desregulados. El argumento es cierto, hay una cuestión de costos; entonces la solución en la que coinciden varios es desregular. Pero ¿si vamos a regalarle nuestro mar a los extranjeros para que naveguen, porque no se los regalamos primero a los armadores argentinos? Es allí donde aparece la figura del segundo registro”, destacó Jorge Tiravassi.

El presidente del Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante resaltó que el Proyecto de Complementación a la Ley 27.419 de Marina Mercante cuenta con el consenso de los ocho gremios del sector y de la Federación de Empresas Navieras Argentinas (FENA). (AGUSTIN BARLETTI – TRANSPORT & CARGO) #NUESTROMAR

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