Una resolución de la Fiscalía General de Cámaras Federal de Mar del Plata precedió por sólo unas horas a la Cámara Federal avalando los dictados del juez Santiago Martin que suspenden la prospección petrolífera en el Atlántico.
Daniel Adler, fiscal de cámaras, y los jueces de la Cámara Federal, Alejandro Tazza y Eduardo Giménez se abroquelaron en torno al dictamen que coloca en manos del Poder Judicial a las políticas de explotación de hidrocarburos de nuestro país.
El día 22 de marzo, en horas de la tarde, la Fiscalía General de Cámaras emitió una resolución que indica: “Resolución de Naciones Unidas ‘Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible’, aprobado en 2015 en Nueva York -y del cual nuestro país resulta signatario-, y que entre sus objetivos establece que: ‘Para conseguir el desarrollo económico sostenible, las sociedades deberán crear las condiciones necesarias para que las personas accedan a empleos de calidad, estimulando la economía sin dañar el medio ambiente…'”. Además, en su punto 14, impone: “Conservar y utilizar en forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo”.
La cita es curiosa, cuando autoridades nacionales, provinciales y actores del sistema energético aseveran que la puesta en marcha del proyecto de prospección y la eventual explotación de hidrocarburos a más de 300 km de las costas bonaerenses creará 15 mil puestos de trabajo de alta calidad. Al llegar a la segunda fase, los empleos llegarían a 22 mil. Sin embargo, Daniel Adler —notorio integrante de “Justicia Legítima” no se quedó allí, sino que abundó: “Surge claro que no existe época del año para la realización de la prospección que asegure que ninguna especie se verá afectada.
En todos los escenarios alguna habrá de sufrir consecuencias. Ello por cuanto del EIA surge que existen distintas épocas y grados de sensibilidad a la exposición a las ondas sonoras”. Ergo, sin poder garantizar en un 100% que no habrá afectación, no hay prospección. Sería interesante saber qué actividad o acción humana tiene una previsibilidad o efectividad del 100%. Que quede claro: no existe este supuesto que exige la Fiscalía de Cámaras.
Cuando aún no se digería esta novedad, apenas horas después, se pronunció por la situación de su protegido, el juez federal de primera instancia Santiago Martín, la Cámara Federal integrada por Alejandro Tazza y Eduardo Giménez. Los jueces -que deberían razonablemente excusarse por su relación personal y funcional con el magistrado- entendieron que no hay razones válidas para apartarlo de la causa que produjo a partir de los amparos que presentaron una ONG, partidos de izquierda, y el intendente de Mar del Plata, Guillermo Montenegro.
En concreto, la cámara indicó que las causales de recusación “son de carácter taxativo, y deben entenderse con criterio restrictivo, máxime cuando es un acto grave, frente al respeto que se le debe a la investidura de los magistrados, por lo que se ha considerado intolerable que se la deduzca antojadizamente y con deleznable fundamento”.
En sencillo, reunirse con los abogados Daniel Sabsay y José Esaín no amerita su apartamiento y sigue la cautelar que frena el desarrollo energético del país en contexto de la crisis global de energía provocada por la invasión de Vladimir Putin a Ucrania. (JOSE LUIS JACOBO – MDZ) #NUESTROMAR
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