Decreto 1359/04 Organización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Decreto 1359/2004

Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo del citado Departamento de Estado. Sustitución del Anexo I al Artículo 1° y del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003.


MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Decreto 1359/2004

Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo del citado Departamento de Estado. Sustitución del Anexo I al Artículo 1° y del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003.

Bs. As., 5/10/2004

VISTO el Expediente N° S01:0141988/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Decretos Nros. 1283 de fecha 24 de mayo de 2003, 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y 217 de fecha 17 de junio de 2003, lo propuesto por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1283 de fecha 24 de mayo de 2003, entre otros aspectos, se sustituyó la denominación del ex MINISTERIO DE ECONOMIA por la de MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, asignándosele las competencias a las que dicha Cartera Ministerial debía ajustar su accionar.

Que mediante el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003, entre otras consideraciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del referido Ministerio y se aprobaron los Objetivos de los niveles políticos incluidos en dicho organigrama.

Que la norma citada precedentemente, en su Artículo 4°, determinó que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, así como los organismos descentralizados que de éste dependen, debían elevar las respectivas propuestas de estructuras organizativas.

Que en ese orden de ideas, es procedente la aprobación de la estructura organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la que incluye la presentación de las unidades de primer nivel operativo estrictamente indispensables para llevar adelante sus cometidos y ajustando la misma a criterios de racionalidad y eficiencia.

Que dicha aprobación incluye ciertas modificaciones en las denominaciones y competencias de los niveles políticos incluidos, para permitir optimizar el desarrollo de las responsabilidades asignadas.

Que asimismo, en razón de haberse producido modificaciones en la conformación de la Administración Descentralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, resulta necesario efectuar los ajustes pertinentes en la norma aprobatoria de la misma.

Que, por otra parte, se requiere adoptar disposiciones complementarias para la inmediata puesta en marcha de la estructura organizativa propiciada y determinar ciertas medidas de excepción, con el objeto de dotar a la conformación organizativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION de las herramientas mínimas indispensables, que permitan optimizar la utilización de los recursos asignados a éste.

Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, han tomado la intervención que les compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y los Artículos 6, 7 y 14 de la Ley N° 25.827.

Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese el Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 – Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION – por el que se consigna en la planilla anexa al presente artículo.

— Sustitúyese el Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 – Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION – por el que se consigna en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 2° — Sustitúyese el Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 – Objetivos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION – el que quedará conformado según el detalle que se consigna en las Planillas Anexas al presente artículo.

— Sustitúyese el Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 – Objetivos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION – el que quedará conformado según el detalle que se consigna en las Planillas Anexas al presente artículo.

Art. 3° — Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo con los Organigramas, Responsabilidades Primarias y Acciones, y Dotación, que como Anexos la, lb, Ic, Id, le, If, Ig, Ih, li, Ij, Ik, II, lIla y Illb, forman parte integrante del presente decreto.

— Apruébase la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de acuerdo con los Organigramas, Responsabilidades Primarias y Acciones, y Dotación, que como Anexos la, lb, Ic, Id, le, If, Ig, Ih, li, Ij, Ik, II, lIla y Illb, forman parte integrante del presente decreto.

Art. 4° — En un plazo de SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente decreto, el señor Ministro de Economía y Producción deberá aprobar las aperturas inferiores de las unidades organizativas que se aprueban por la presente medida.

— En un plazo de SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente decreto, el señor Ministro de Economía y Producción deberá aprobar las aperturas inferiores de las unidades organizativas que se aprueban por la presente medida.

Art. 5° — Mantiénese la vigencia de las aperturas inferiores existentes vigentes a la fecha de la publicación del presente decreto, con su personal, niveles y grados de revista correspondientes, así como los cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas, hasta tanto se dé cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente.

— Mantiénese la vigencia de las aperturas inferiores existentes vigentes a la fecha de la publicación del presente decreto, con su personal, niveles y grados de revista correspondientes, así como los cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas, hasta tanto se dé cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente.

Art. 6° — Suprímese del Anexo III del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 -Administración Descentralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION – al ex INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el que fuera dejado sin efecto por el Decreto N° 217 de fecha 17 de junio de 2003.

— Suprímese del Anexo III del Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 -Administración Descentralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION – al ex INSTITUTO NACIONAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el que fuera dejado sin efecto por el Decreto N° 217 de fecha 17 de junio de 2003.

Art. 7° — Exceptúase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de las limitaciones dispuestas por el Artículo 7 de la Ley N° 25.827, respecto de los cargos del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas que sean previstos para dicha jurisdicción, en el marco de la adecuación organizacional que se inicia por el presente decreto.

— Exceptúase al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, de las limitaciones dispuestas por el Artículo 7 de la Ley N° 25.827, respecto de los cargos del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas que sean previstos para dicha jurisdicción, en el marco de la adecuación organizacional que se inicia por el presente decreto.

Art. 8° — Establécese que los cargos a los que se refiere el artículo precedente deberán ser cubiertos mediante los procesos de selección previstos en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por el Decreto N° 993/91 (t.o. 1995).

— Establécese que los cargos a los que se refiere el artículo precedente deberán ser cubiertos mediante los procesos de selección previstos en el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por el Decreto N° 993/91 (t.o. 1995).

Art. 9° — Facúltase al señor Ministro de Economía y Producción a delegar en los Secretarios Ministeriales de su jurisdicción, las atribuciones a que refiere el segundo párrafo del Artículo 2° del Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002.

— Facúltase al señor Ministro de Economía y Producción a delegar en los Secretarios Ministeriales de su jurisdicción, las atribuciones a que refiere el segundo párrafo del Artículo 2° del Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002.

Art. 10. — Establécese que la habilitación de los cargos que se aprueban por el presente acto, se encuentra supeditada a la existencia de créditos y cargos aprobados o que se aprueben en las respectivas leyes de presupuesto.

— Establécese que la habilitación de los cargos que se aprueban por el presente acto, se encuentra supeditada a la existencia de créditos y cargos aprobados o que se aprueben en las respectivas leyes de presupuesto.

Art. 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Roberto Lavagna.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

— SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA:

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA

— SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA:

SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

— SECRETARIA DE FINANZAS:

SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

— SECRETARIA DE HACIENDA:

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS

SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

— SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS:

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION

SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

— SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA:

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

— SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA:

SUBSECRETARIA LEGAL

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2°

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

OBJETIVOS

1.- Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos estratégicos para la programación de la política económica.

2.- Coordinar el desarrollo e instrumentación de los mecanismos institucionales que aseguren la sistematicidad, coherencia, unidad y organicidad en la toma de decisiones de las diferentes áreas de la jurisdicción ministerial, en lo que es materia de su competencia.

3.- Efectuar la evaluación del impacto económico del cumplimiento de las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito de la jurisdicción ministerial, desarrollando criterios e indicadores que permitan un adecuado control estratégico sobre su efectiva instrumentación.

4.- En su carácter de Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, creado por la Ley N° 24.354, dictar las normas de instrumentación complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación del mismo.

5.- Dirigir la actualización del Banco de Proyectos de Inversión Pública y ordenar los estudios que permitan definir las prioridades en cuanto a la asignación de recursos, en forma compatible con los requerimientos estratégicos.

6.- Articular las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, a los fines de asegurar la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos estratégicos de la política económica.

7.- Entender en la determinación de los objetivos de política económica y elaborar las pautas que den sentido orientador al esquema de reestructuración y negociación de los contratos suscritos por el Sector Público Nacional en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

8.- Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y participar en el diseño de las políticas de coordinación macroeconómica con otros espacios de integración económica internacional.

9.- Coordinar el seguimiento sistemático de la coyuntura local y mundial y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.

10.- Programar y coordinar la realización de diagnósticos y seguimiento de los niveles de vida y de pobreza de la población. Realizar diagnósticos sobre el empleo y la distribución del ingreso.

11.- Evaluar el impacto sobre la economía local de los cambios en el contexto internacional.

12.- Conducir a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS (INDEC) el Sistema Estadístico Nacional y los Censos Nacionales. Elaborar las estadísticas socioeconómicas, secundarias, las cuentas nacionales e internacionales y los análisis y estudios que deriven de ellos.

13.- Intervenir en la formulación y ejecución de la política arancelaria.

14.- Intervenir en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación.

15.- Intervenir en la definición de las políticas de comercio exterior de la Nación y en las funciones inherentes a las negociaciones económicas y comerciales internacionales, ya sean bilaterales, regionales o multilaterales en particular en los aspectos comerciales e industriales de la integración regional y/o convenios especiales con otros países.

16.- Intervenir en la elaboración de las normas e instrumentos vinculados al comercio exterior.

17.- Intervenir en los regímenes de precios índices y mecanismos antidumping y otros instrumentos de regulación del comercio exterior.

18.- Entender en todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y multilaterales, asegurando el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.

19.- Resolver sobre las medidas correctivas que coadyuven a la buena administración de los préstamos con los organismos internacionales de crédito.

20.- Entender en la elaboración de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.

21.- Entender en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, incluyendo el Plan de Inversión Pública, todo ello, desde el punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos.

22.- Intervenir en el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes a fin de evaluar su impacto sobre la economía real.

23.- Entender en la programación regional y sectorial de la política económica nacional, coordinando su accionar con las jurisdicciones involucradas.

24.- Diseñar programas de capacitación y asistencia técnica orientados a organismos ejecutores de nivel nacional, provincial y municipal para la aplicación más efectiva de la política económica.

25.- Coordinar con las distintas áreas de la jurisdicción ministerial y otros sectores involucrados, las actividades relacionadas con el desarrollo del aparato productivo nacional, en el marco de la política económica.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA

OBJETIVOS

1.- Asistir a las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en la elaboración y ejecución de los planes, programas y proyectos de la jurisdicción.

2.- Efectuar la evaluación y seguimiento de los aspectos económicos de los planes, programas y proyectos de la jurisdicción ministerial y proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos.

3.- Elaborar y proponer los instrumentos que permitan elevar los niveles de coherencia y complementariedad económica de los fines, así como también el mejor aprovechamiento de los recursos disponibles en el ámbito de la jurisdicción ministerial, tanto a nivel central como descentralizado.

4.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la articulación de las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional, a los fines de asegurar la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos estratégicos de la política económica.

5.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en la elaboración y propuesta de criterios para la fijación de prioridades en materia de recursos y erogaciones fiscales, incluyendo el Plan de Inversión Pública, todo ello, desde el punto de vista de la finalidad e impacto económico de los mismos.

6.- Coordinar estudios sobre la caracterización e implicancias del gasto público y evaluarlos en términos de eficiencia y eficacia y de impacto sobre las actividades productivas.

7.- Evaluar el desarrollo de los programas sociales del Gobierno Nacional en términos de su impacto en la situación social que atienden.

8.- Dirigir la consolidación de estadísticas de recursos y gasto público a nivel nacional, provincial y municipal, siguiendo metodologías aceptadas internacionalmente y/o armonizadas en los espacios de integración económica internacional.

9.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en su función de Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, y colaborar en el dictado de las normas de instrumentación complementarias y/o aclaratorias que se requieran para la debida implementación del mismo.

10.- Coordinar la actualización del Banco de Proyectos de Inversión Pública y disponer los estudios que permitan definir las prioridades en cuanto a la asignación de recursos, en forma compatible con los requerimientos estratégicos.

11.- Asistir en la representación a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA y al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en los grupos y comisiones de trabajo en el marco del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con su competencia específica.

12.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la definición de las políticas de comercio exterior y en las negociaciones económicas y comerciales internacionales, en particular en los aspectos relacionados con su impacto en el desarrollo productivo interno.

13.- Participar en la formulación y ejecución de la política arancelaria de comercio exterior.

14.- Participar en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación.

15.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en los temas inherentes a regímenes de precios índices, salvaguardias, antidumping y otros instrumentos complementarios de la política de comercio exterior.

16.- Asistir y asesorar en la ejecución y puesta en marcha de programas de desarrollo productivo sectorial a mediano y largo plazo, coordinando su accionar con las diferentes jurisdicciones involucradas.

17.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en el monitoreo permanente de la evolución de los distintos sectores productivos de la economía nacional.

18.- Asistir al señor Secretario de Política Económica en el seguimiento del comportamiento de los precios de la Canasta Básica Alimentaria y proponer medidas que propendan a una mayor estabilidad de los mismos.

19. Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la coordinación con las distintas áreas de la jurisdicción ministerial y otros sectores involucrados, en las actividades relacionadas con el desarrollo del aparato productivo nacional, en el marco de la política económica.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA

OBJETIVOS

1.- Programar, coordinar y dirigir las tareas tendientes al seguimiento de la economía global y sectorial.

2.- Coordinar la elaboración e implementación de modelos de programación macroeconómica y efectuar el análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas.

3.- Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.

4.- Asistir en la elaboración y propuesta de pautas macroeconómicas que sirvan de base para la programación fiscal en el marco de la política económica vigente.

5.- Efectuar el seguimiento de las pautas de programación fiscal nacional vigentes evaluando su impacto sobre la economía real.

6.- Elaborar y proponer pautas de programación fiscal a mediano y largo plazo basadas en experiencias internacionales y/o en acuerdos de coordinación de políticas macroeconómicas.

7.- Diseñar y proponer planes estratégicos de desarrollo regional basados en el potencial productivo y las ventajas naturales y adquiridas de cada región.

8.- Coordinar la formulación de planes de desarrollo regional con las jurisdicciones territoriales involucradas.

9.- Elaborar programas de capacitación y asistencia técnica dirigidos a organismos ejecutores de nivel nacional, provincial y municipal para la aplicación más efectiva de la programación económica

10.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la determinación de los objetivos y pautas generales de la política económica.

11.- Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de empleo, pobreza e indigencia y de distribución del ingreso, y proponer vías de acción para su mejoramiento.

12.- Participar en los análisis de evaluación del impacto sobre la economía nacional de los cambios en el contexto internacional.

13.- Colaborar en el diseño de los lineamientos estratégicos para la programación económica.

SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA

OBJETIVOS

1.- Intervenir, desde el punto de vista de la unicidad estratégica, en el diseño de y/o elaborar propuestas de programas y planes de acción de la jurisdicción, y su articulación con otras áreas de gobierno.

2.- Coordinar a las distintas dependencias de la jurisdicción en la elaboración y ejecución de políticas y planes solicitados por el señor Ministro.

3.- Brindar asistencia técnica y armonizar los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones con políticas y planes del Ministerio.

4.- Evaluar el grado de cumplimiento de las políticas en curso en el ámbito de la jurisdicción ministerial, tanto centralizada como descentralizada.

5.- Evaluar y asesorar sobre el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para la puesta en marcha de políticas y acciones en el ámbito de la jurisdicción ministerial.

6.- Asegurar la correcta ejecución y control de las políticas comercial interna, de defensa del consumidor, la desregulación y la defensa de la competencia.

7.- Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA o del organismo que en el futuro la sustituya.

8.- Entender en la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar la competencia, los derechos del consumidor y el aumento en la oferta de bienes y servicios.

9.- Entender en la propuesta, coordinación, seguimiento y control de aplicación de la política de desregulación en todos los ámbitos de la actividad económica, tanto en lo concerniente a la propia gestión de la administración, a las actividades del sector privado sujetas a regulación, así como también en las medidas relacionadas con otras políticas públicas, a los fines de asegurar su coherencia y consistencia interna, y a la asistencia técnica en materia de desregulación en otras jurisdicciones.

10.- Efectuar la propuesta, evaluación y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las normas técnicas.

11.- Entender en todo lo relativo a la aplicación de las Leyes N° 22.802 de Lealtad Comercial, N° 19.227 de Mercados de Interés Nacional, N° 19.511 de Metrología Legal y N° 24.240 de Defensa del Consumidor.

12.- Supervisar la elaboración y seguimiento de la normativa de Lealtad Comercial en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban dictarse.

13.- Supervisar las actividades relacionadas con la fiscalización del abastecimiento.

14.- Supervisar el accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.

SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA

SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

OBJETIVOS

1.- Efectuar la propuesta, ejecución y control de las políticas relacionadas con la defensa del consumidor.

2.- Entender en la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar los derechos del consumidor.

3.- Intervenir y asesorar a la Secretaría en todo lo relativo a la aplicación de la Leyes N° 19.227 de Mercados de Interés Nacional, N° 19.511 de Metrología Legal, N° 22.802 de Lealtad Comercial y N° 24.240 de Defensa del Consumidor.

4.- Asistir al Secretario en la supervisión del accionar de los Tribunales Arbitrales de defensa del consumidor.

5.- Supervisar las actividades vinculadas con el seguimiento y verificación de todo lo relacionado con la aplicación de las Leyes N° 19.227 de Mercados de Interés Nacional, N° 19.511 de Metrología Legal, N° 22.802 de Lealtad Comercial y N° 24.240 de Defensa del Consumidor.

6.- Supervisar la sustanciación de los sumarios para el juzgamiento en sede administrativa, de las infracciones a las citadas Leyes.

7.- Entender en la elaboración y seguimiento de la normativa de Lealtad Comercial y Metrología Legal en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y proponer los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban dictarse.

8.- Asistir a la Secretaría en la elaboración de propuestas, evaluación y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la modernización de las normas técnicas.

SECRETARIA DE FINANZAS

OBJETIVOS

1.- Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros.

2.- Efectuar la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA y el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

3.- Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales, extranjeros, públicos, privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL (FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.

4.- Coordinar la administración de la deuda pública y elaborar las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público con la SECRETARIA DE HACIENDA.

5.- Establecer las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL.

6.- Participar en los aspectos financieros de los Fondos Fiduciarios en los que el ESTADO NACIONAL sea parte.

7.- Supervisar las acciones para coordinar la venta de los paquetes accionarios y otros activos financieros en poder del ESTADO NACIONAL.

8.- Coordinar y ejecutar las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el ESTADO NACIONAL sea socio minoritario y estén en proceso total de privatización e instruir a los representantes del ESTADO NACIONAL en las citadas empresas.

9.- Dirigir y supervisar el sistema de crédito público y ejercer con la SECRETARIA DE HACIENDA las funciones de órgano responsable de la coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

10.- Preservar el crédito público.

11.- Intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

12.- Coordinar las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

13.- Intervenir en las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos, y en los préstamos provenientes de los mismos.

14.- Intervenir en lo vinculado con las representaciones del país en los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte.

SECRETARIA DE FINANZAS

SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

OBJETIVOS

1.- Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los servicios financieros, en particular los referidos a: seguros, sistema integrado de jubilaciones y pensiones, mercado de valores y sistemas de liquidación de operaciones públicos y privados en función de las políticas de apertura externa y desregulación.

2.- Asistir en la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA; el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA y el BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA con el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

3.- Asistir en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones y en las cuestiones administrativas que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el ESTADO NACIONAL sea socio minoritario y estén en proceso total de privatización e instruir a los representantes del ESTADO NACIONAL en las citadas empresas.

4.- Asistir en las relaciones entre la COMISION NACIONAL DE VALORES, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE FINANZAS

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

OBJETIVOS

1.- Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.

2.- Ejecutar las políticas y medidas relativas al financiamiento externo e interno de la REPUBLICA ARGENTINA, interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes financieros nacionales, extranjeros, públicos, privados y EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL y asistir en la coordinación de las representaciones financieras en el exterior.

3.- Asistir al señor Secretario de Finanzas en la dirección y supervisión del sistema de crédito público y en la ejecución de las funciones de órgano responsable de los sistemas de administración financiera.

4.- Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.

5.- Supervisar la organización de los sistemas de información sobre mercados de capitales y el registro del endeudamiento público

6.- Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos fiduciarios en los que éste sea parte.

7.- Ejecutar las acciones necesarias para coordinar la venta de los paquetes accionarios y otros activos financieros en poder del ESTADO NACIONAL.

8.- Asistir al señor Secretario de Finanzas en las acciones orientadas a preservar el crédito público.

9.- Asistir al señor Secretario de Finanzas en todo lo relacionado con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la Nación forma parte en los aspectos que hacen a las políticas generales y particulares de dichos organismos, y en los préstamos provenientes de los mismos.

SECRETARIA DE HACIENDA

OBJETIVOS

1.- Dirigir y supervisar los sistemas de Presupuesto, Tesorería y Contabilidad, y ejercer con la SECRETARIA DE FINANZAS, las funciones de Organo Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional.

2.- Coordinar la aplicación de las políticas y la administración presupuestaria y financiera del gasto público nacional.

3.- Entender en la definición de las necesidades de financiamiento del Sector Público Nacional, las provincias o sus organismos o empresas, por las que se originen, o puedan eventualmente originarse obligaciones de pago.

4.- Entender en la constitución y funcionamiento de los fondos fiduciarios que comprometan bienes y/o aportes que se realicen a través de las Entidades y/o Jurisdicciones de la Administración Nacional.

5.- Proponer la política salarial del Sector Público Nacional.

6.- Coordinar los aspectos contables entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

7.- Intervenir en los procesos de Reforma y Transformación del Estado, en el ámbito de su competencia.

8.- Coordinar lo vinculado con el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

9.- Conducir todo lo vinculado a los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales, en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

10.- Coordinar la asistencia a las provincias en lo que es materia de su competencia.

11.- Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía regional.

12.- Entender en el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los recursos de la seguridad social.

13.- Entender en el diseño de regímenes de promoción económica con responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines extra fiscales que se persigan a través de los mismos.

14.- Supervisar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera.

15.- Intervenir en todo lo atinente a los organismos descentralizados del ámbito de su competencia.

16.- Coordinar las relaciones entre la CASA DE MONEDA S.E. y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

OBJETIVOS

1.- Coordinar las diversas etapas del proceso presupuestario de los organismos y entidades del Sector Público Nacional.

2.- Coordinar el desarrollo y aplicación del sistema de contabilidad gubernamental del Sector Público Nacional.

3.- Coordinar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional.

4.- Coordinar la política salarial del Sector Público Nacional y la participación en el desarrollo de las negociaciones colectivas de trabajo del mismo.

5.- Desarrollar y coordinar la utilización del Sistema Integrado de Información Física y Financiera.

6.- Asistir en la coordinación de los aspectos contables e informativos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

7.- Asistir a la SECRETARIA DE HACIENDA en los procesos de Reforma y Transformación del Estado, en el ámbito de su competencia.

8.- Organizar, dirigir y fiscalizar el registro de los bienes físicos del ESTADO NACIONAL.

9.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Publico Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS

OBJETIVOS

1.- Coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y de otros Ministerios, todos los aspectos vinculados con el apoyo institucional a las políticas fiscales y de desarrollo económico de los gobiernos provinciales y municipales.

2.- Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para asistir a las Provincias en la implementación de programas fiscales, financieros y de apoyo al desarrollo económico.

3.- Coordinar la instrumentación de un banco de datos fiscales, económicos, financieros y sociales sobre provincias y municipios.

4.- Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento institucional en relación a la capacidad productiva a nivel de los Gobiernos Provinciales y Municipales en los aspectos financieros, fiscales y presupuestarios.

5.- Coordinar las políticas fiscales, económicas y financieras y sus impactos sociales entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales y diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión de las Provincias y Municipios que permita su integración a las cuentas nacionales.

6.- Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados Provinciales, su infraestructura productiva, los procesos de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.

7.- Coordinar todo lo atinente a opciones de cooperación y asistencia nacional e internacional, bilateral y multilateral, disponibles para las Provincias y Municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y financieras.

8.- Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.

9.- Participar con los organismos correspondientes en la instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal de impuestos.

10.- Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las Provincias.

11.- Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales y municipales y realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas públicas.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

OBJETIVOS

1.- Coordinar el diseño de un sistema impositivo aduanero y de los recursos de la seguridad social, adecuado a las circunstancias de orden económico y social. Asegurar la correcta interpretación de las normas tributarias.

2.- Asistir en el diseño de regímenes de promoción económica con responsabilidad directa en los aspectos tributarios y en los fines extra fiscales que se persigan a través de los mismos, actuando como autoridad de control en la utilización de beneficios promocionales a partir de la información suministrada por los organismos de aplicación y fiscalización competentes en la materia y de aplicación cuando las normas respectivas así lo establezcan.

3.- Coordinar la negociación de acuerdos internacionales en materia impositiva y aduanera con el fin de armonizar la aplicación de las normas nacionales con las vigentes internacionalmente, e intervenir en aquellos que traten recursos de la seguridad social.

Asimismo coordinar los aspectos impositivos aduaneros referidos a la armonización tributaria en procesos de integración regional.

4.- Supervisar el accionar del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

OBJETIVOS

1.- Elaborar y ejecutar planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, pesquera, forestal y agroindustrial, coordinando y conciliando los intereses del Gobierno Nacional, las Provincias y los diferentes subsectores.

2.- Promover la utilización y conservación de los recursos naturales destinados a la producción agrícola, frutihortícola, ganadera, forestal y pesquera a fin de acrecentar el capital productivo del país y el desarrollo económico del sector.

3.- Realizar el seguimiento de la producción, de los mercados nacionales e internacionales y de los programas, proyectos y actividades de su competencia.

4.- Efectuar el seguimiento del accionar de los organismos descentralizados del sector, a fin de evaluar su desempeño y realimentar los procesos de formulación de políticas y toma de decisiones.

5.- Definir las políticas referidas al desarrollo, promoción, calidad y sanidad de productos, industrializados o no, para consumo alimentario de origen animal o vegetal.

6.- Entender en el control y fiscalización comercial del mercado de granos, productos frutihortícolas, ganados, carnes y subproductos de la ganadería, e intervenir en lo relativo a la aplicación de la política comercial interna de productos agropecuarios.

7.- Controlar la aplicación de los marcos regulatorios y el cumplimiento de las prestaciones de los servicios públicos del sector agropecuario que son brindados por el sector privado.

8.- Promover y desarrollar la actividad hípica, controlando la aplicación de las normas referidas a dicha actividad e impulsando el conocimiento de la producción nacional de ejemplares equinos en el exterior.

9.- Coordinar acciones con las distintas regiones del país a fin de desconcentrar la ejecución de las políticas de la jurisdicción y facilitar la integración con los distintos sectores del quehacer agropecuario, agroindustrial, forestal, alimentario, pesquero y acuícola.

10.- Promover la creación de un sistema integral de gestión agropecuaria a fin de permitir una actuación coordinada de la Secretaría y sus organismos descentralizados.

11.- Actuar como Autoridad Nacional de Aplicación y Contralor de la Ley N° 9.643, en lo relativo a warrants y certificados de depósito.

12.- Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la actividad agropecuaria y forestal, la evaluación de sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad.

13.- Entender en la ejecución de políticas de promoción, desarrollo y financiamiento de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, procurando la sostenibilidad de los recursos naturales.

14.- Entender en la aplicación de la normativa vigente relativa al tratamiento de emergencia y/o desastre agropecuario, en coordinación con otros organismos competentes.

15.- Supervisar los programas, proyectos y actividades del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, y evaluar sus desempeños.

16.- Entender en la propuesta y ejecución de la política de fomento y regulación de la pesca y acuicultura, así como también la industrialización, comercialización y transporte de sus productos.

17.- Entender en la celebración de acuerdos bilaterales y/o multilaterales que permitan una mejor administración, conservación y ordenamiento de los recursos, incluyendo los de alta mar e intervenir en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de interés para la actividad.

18.- Entender en el estudio de los distintos factores que afectan el desarrollo de la producción de alimentos, evaluar sus tendencias, tanto en el país como en el exterior, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial, que posibiliten impulsar el desarrollo de dicha actividad.

19.- Entender en el diseño y la ejecución de políticas de desarrollo, promoción, calidad y bioseguridad de productos para consumo alimentario, de origen animal y/o vegetal, industrializados o no.

20.- Elaborar y ejecutar programas destinados a atender la problemática del productor agropecuario.

21.- Entender en la aplicación de la Ley N° 20.247 – Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas.

22.- Entender en la certificación de la calidad, nacional e internacional de todo órgano vegetal destinado para la siembra, plantación o propagación, observando los acuerdos firmados o a firmarse en la materia.

23.- Entender en la protección de la propiedad intelectual de las semillas y creaciones fitogenéticas y biotecnológicas.

24.- Proponer las normas y ejercer el poder de policía para asegurar a los agricultores la identidad y la calidad de la semilla que adquieren.

25.- Entender en las autorizaciones de liberación al medio y comercialización de organismos genéticamente modificados para uso agropecuario.

26.- Intervenir en las situaciones contempladas en la Ley de Defensa de la Competencia cuando involucren al productor agropecuario.

27.- Supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION

OBJETIVOS

1.- Asistir en la ejecución de planes, programas y políticas de producción, comercialización, tecnología, calidad y sanidad en materia agropecuaria, forestal, procurando la sostenibilidad de los recursos naturales.

2.- Proponer y coordinar la ejecución de políticas tendientes al desarrollo, expansión y aumento de eficiencia de las distintas cadenas productivas que conforman el sector.

3.- Coordinar el estudio de los distintos factores económicos que afectan el desarrollo de las actividades agropecuarias y forestales.

4.- Coordinar en conjunto con la SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS el fortalecimiento de la competitividad de las cadenas agroalimentarias, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y sostenible de las mismas.

5.- Efectuar propuestas de políticas impositiva, financiera, arancelaria y de ocupación de mano de obra para las actividades agropecuarias, forestales.

6.- Elaborar, proponer, coordinar y ejecutar políticas, programas y proyectos de desarrollo regional, sectorial y rural.

7.- Supervisar la realización de investigaciones aplicadas en el campo de la economía agropecuaria.

8.- Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS en la ejecución de las políticas relacionadas con la Biotecnología para uso agropecuario.

9.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en las acciones vinculadas con el tratamiento del riesgo, la emergencia y/o desastre agropecuario.

10.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en todos los temas vinculados al financiamiento externo.

11.- Participar en todo lo relativo a la definición de la política sanitaria referida de la actividad agropecuaria.

12.- Participar en todo lo relativo a la discusión de la política tributaria referida al sector agropecuario con los organismos competentes.

13.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en su relación con los Gobiernos Provinciales en materia de producción y servicios agropecuarios y forestales.

14.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en la coordinación de las relaciones entre el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS

OBJETIVOS

1.- Asistir en todos los temas vinculados a la relación externa de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, tanto bilateral como multilateral, participando en los procesos de integración regional, especialmente en los distintos Grupos de Trabajo del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y la ASOCIACION DE LIBRE COMERCIO PARA LAS AMERICAS (ALCA).

2.- Realizar las propuestas y coordinar la ejecución de las políticas de comercialización, regulación y fiscalización de la producción agroalimentaria, asistiendo en el seguimiento de los mercados agropecuarios y agroindustriales, así como en las negociaciones internacionales, comerciales y sanitarias de estos rubros.

3.- Asistir en la promoción y desarrollo de la actividad hípica, tanto en el país como para el conocimiento de la producción en el exterior; así como también en el control de la aplicación de la normativa que rige dicha actividad.

4.- Coordinar en conjunto con la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION el fortalecimiento de la competitividad de las cadenas agroalimentarias, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y sostenible de las mismas.

5.- Efectuar la propuesta y coordinar la ejecución de políticas de desarrollo y promoción de la calidad de los productos agroalimentarios.

6.- Coordinar la promoción comercial de los productos agroalimentarios en los mercados nacionales e internacionales.

7.- Asistir a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS en las cuestiones de bioseguridad, especialmente en las autorizaciones de liberación al medio y comercialización de organismos genéticamente modificados para uso agropecuario.

8.- Participar en todo lo relativo a la definición de las políticas de inocuidad, seguridad y calidad agroalimentaria.

9.- Participar en todo lo relativo a la discusión de las políticas arancelarias y de comercio exterior del sector agroalimentario.

10.- Participar en todo lo relativo a la definición de las políticas de prevención del riesgo y asistencia en emergencia y/o desastre agropecuario.

11.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en los aspectos relacionados con el Codex Alimentarius y el Código Alimentario Argentino.

12.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en la supervisión de las actividades de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

13.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en la coordinación de las relaciones entre, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

OBJETIVOS

1.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, en todo lo relativo a la aplicación del Régimen Federal de Pesca, establecido por la Ley N° 24.922, en el fomento del ejercicio de la pesca marítima en procura del máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos vivos marinos, promoviendo la protección efectiva de los intereses nacionales relacionados con la pesca y promocionando la sustentabilidad de la actividad pesquera y el desarrollo de procesos industriales ambientalmente apropiados que promuevan la obtención del máximo valor agregado y el mayor empleo de mano de obra argentina.

2.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en la implementación de la política que establezca el Consejo Federal Pesquero.

3.- Ejercer, en caso de delegación, las facultades otorgadas a la Autoridad de Aplicación por la Ley N° 24.922, sus modificatorias y complementarias.

4.- Proponer y ejecutar medidas tendientes a aumentar la productividad e incrementar las exportaciones con valor agregado, sin afectar la conservación de los recursos, conforme criterios de sustentabilidad, rentabilidad y productividad con ocupación.

5.- Intervenir en todo lo relativo a la definición de la política sanitaria referida a la actividad pesquera.

6.- Coordinar la celebración de acuerdos bilaterales y/o multilaterales que permitan una mejor administración, conservación y ordenamiento de los recursos, incluyendo los de alta mar y asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en las negociaciones internacionales en las que se traten temas de interés para la actividad.

7.- Planificar programas de desarrollo a corto, mediano y largo plazo para la pesca y la acuicultura.

8.- Participar en todo lo relativo a la discusión de la política tributaria referida al sector pesquero con los organismos competentes.

9.- Establecer medidas adecuadas de ordenación de la explotación de los recursos pesqueros, sancionando o proponiendo la sanción y/o la adecuación de las normas necesarias que complementen los reglamentos para el ejercicio de las actividades pesqueras y la acuicultura.

10.- Expedirse a solicitud del Consejo Federal Pesquero, en la evaluación de los proyectos de otorgamiento de permisos, Cuotas Individuales Transferibles de Captura, Autorizaciones de Captura, habilitaciones, autorizaciones para el arrendamiento e incorporación de buques requeridos para el desarrollo de actividades pesqueras.

11.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en la gestión de la cooperación internacional para aquellas áreas consideradas prioritarias y en la ejecución de convenios o proyectos relacionados con las actividades de la unidad.

12.- Participar en todo lo relativo a la discusión de la política aduanera, y de comercio exterior referente al sector pesquero con los organismos competentes.

13.- Resolver sobre la creación y el funcionamiento de instancias consultivas o asesoras permanentes o temporarias en las cuales participen organismos gubernamentales, no gubernamentales y/o los interesados del sector privado, en temas relativos a la pesca y la acuicultura.

14.- Intervenir con los organismos competentes en el establecimiento de procedimientos y requisitos necesarios para el ejercicio de la pesca fluvial, lacustre y marítima, en áreas de jurisdicción nacional.

15.- Asistir al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos en la coordinación de la relación entre el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

OBJETIVOS

1.- Entender en la elaboración, propuesta y definición de la política comercial en el campo exterior, en particular en los procesos de integración subregional, regional y hemisférica; así como en el ámbito interregional y multilateral.

2.- Entender en la definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector, actuando como autoridad de aplicación de los regímenes de promoción, cuando las normas respectivas así lo establezcan.

3.- Entender en lo referente a las estructuras arancelarias y las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación.

4.- Entender en la elaboración de la normativa sobre reglas de origen, con la intervención de las áreas competentes y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.

5.- Instruir al servicio aduanero, acerca de la interpretación y aplicación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior, los regímenes de origen, y el reconocimiento del certificado de origen como documento imprescindible para determinadas importaciones.

6.- Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y salvaguardias incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las medidas compensatorias.

7.- Analizar la problemática de los diferentes sectores industriales, detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras.

8.- Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel sectorial como regional.

9.- Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países en lo que es materia de su competencia.

10.- Promover el mejoramiento de los estándares de competitividad del sector industrial a través de una adecuada asistencia tecnológica.

11.- Ejercer el control superior del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.

12.- Coordinar lo vinculado con la promoción y registro de inversiones extranjeras en el país, en las áreas de su incumbencia.

13.- Supervisar las acciones tendientes a facilitar el financiamiento de la reestructuración productiva.

14.- Supervisar lo vinculado al desarrollo de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

15.- Intervenir en la fijación de la política de promoción comercial y participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio con el exterior.

16.- Intervenir juntamente con las demás áreas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION con competencia en la producción y los servicios, en la elaboración de la normativa y el otorgamiento de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a la exportación.

17.- Participar por sí o quien designe en el Consejo de Administración de la FUNDACION INVERTIR.

18.- Promover y participar en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la Nación sea parte, y supervisar los mismos, coordinando las negociaciones con los organismos crediticios internacionales.

19.- Supervisar el accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

20.- Promover la articulación de políticas industriales y de comercio exterior con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

21.- Supervisar la ejecución de las políticas nacionales vinculadas con la pequeña y mediana empresa y el desarrollo regional.

22.- Ejercer la Autoridad de Aplicación del Régimen de Compre de Trabajo Argentino (Ley N° 25.551) e intervenir en las negociaciones internacionales vinculadas a compras gubernamentales.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

OBJETIVOS

1.- Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en aquellas materias de su competencia específica.

2.- Intervenir en la definición de la política industrial y el diseño, financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector.

3.- Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales.

4.- Intervenir en las negociaciones del sector automotriz a nivel regional e internacional.

5.- Participar en las negociaciones de los procesos de integración de bloques comerciales en los que la REPUBLICA ARGENTINA sea parte, en los temas de su competencia.

6.- Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo N° 7 – "Industria – (SGT N° 7) y cuando corresponda, los Foros de Competitividad Sectoriales, en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).

7.- Intervenir en las políticas relacionadas con la preservación del medio ambiente, formuladas por el Gobierno Nacional, en materia de su competencia.

8.- Promover la articulación tecnológico-industrial nacional.

9.- Asistir y asesorar en todo lo relacionado con las acciones que ejecuta la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA respecto del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) y del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI).

10.- Apoyar a las actividades industriales de base tecnológica que conforman los nuevos desarrollos en la economía.

11.- Asistir en la definición de políticas para la promoción de las inversiones y el financiamiento destinados al sector industrial.

12.- Promover la integración y eslabonamiento de las grandes empresas industriales en el tejido productivo.

13.- Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en la articulación de las políticas industriales con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

14.- Intervenir en todas las propuestas, actividades y acciones que promuevan el desarrollo del diseño como instrumento para incrementar la competitividad de las empresas.

15.- Participar en lo referente a normativas sobre estructuras arancelarias, zonas francas y reglas de origen en todo lo que implique al sector industrial.

16.- Intervenir en el Régimen de Trabajo de Compre Argentino (Ley N° 25.551) y asistir en las negociaciones internacionales vinculadas a las compras gubernamentales.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL

OBJETIVOS

1.- Entender en la definición de la política comercial en el campo exterior.

2.- Entender en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre competencia desleal y salvaguardias en lo referente a las prácticas antidumping, salvaguardias, subvenciones y medidas compensatorias.

3.- Entender en la elaboración, propuesta, interpretación y aplicación de la normativa sobre instrumentos de política comercial referentes a las importaciones y exportaciones, reembolsos y reintegros a la exportación y seguro de crédito a la exportación.

4.- Entender en la elaboración y propuesta de las estructuras arancelarias.

5.- Intervenir en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre zonas francas.

6.- Asistir en las instrucciones al servicio aduanero, acerca de la interpretación y aplicación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior, los regímenes de origen, y el reconocimiento del certificado de origen, como documento imprescindible para determinadas importaciones.

7.- Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre reglas de origen.

8.- Intervenir en las negociaciones económicas y comerciales internacionales y en el seguimiento de procesos de integración regional y hemisférica, así como en las gestiones ante bloques económicos y zonas de integración, negociaciones multilaterales, en la ORGANIZACION MUNDIAL DE COMERCIO y con los países de la región Asia-Pacífico.

9.- Ejercer, cuando corresponda, la representación en los órganos existentes o a crearse en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI) y el resto de los Acuerdos en que nuestro país sea parte.

10.- Coordinar las relaciones que desde el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se establezcan con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, en lo relativo al comercio exterior y la integración regional y hemisférica.

11.- Coordinar la atención de los requerimientos del sector privado en lo referente a la interpretación de las normas pertinentes al comercio exterior y asegurar el acceso del mismo a la información disponible sobre temas vinculados a las transacciones comerciales.

12.- Asistir en la supervisión del accionar de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.

13.- Participar por sí o quien designe en el Consejo de Administración de la FUNDACION EXPORTAR.

14.- Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en la articulación de las políticas de comercio exterior con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

OBJETIVOS

1.- Entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de la Ley N° 24.467 y la Ley N° 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

2.- Intervenir en los lineamientos estratégicos y proponer las prioridades en materia de políticas y programas relativos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, (MIPyMES) dentro de las definiciones de políticas globales y sectoriales dispuestas por el Gobierno Nacional.

3.- Promover en el apoyo a la modernización, reestructuración, reconversión y reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), alentando su productividad y competitividad, preservando el medio ambiente.

4.- Diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a la problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPy- MES) en todas sus ramas, dentro del marco de la política general.

5.- Coordinar con las diferentes organizaciones gubernamentales y no gubernamentales con competencia en la materia, la aplicación de políticas y programas para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

6.- Intervenir en la celebración de Convenios Internacionales que promuevan a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), faciliten su acceso al crédito, su modernización tecnológica, la formación y capacitación de sus cuadros gerenciales, técnicos y profesionales.

7.- Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.

8.- Promover el financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) y aplicar las normas previstas en la Ley N° 24.467 y la Ley N° 25.300 en el ámbito de su competencia.

9.- Entender en las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos establecidos en las políticas dirigidas al sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a nivel sectorial, regional e internacional.

10.- Analizar la problemática de los sectores y espacios regionales correspondientes a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) de manera de identificar las necesidades de asistencia financiera, tecnológicas, ambientales y de capacitación.

11.- Promover a través del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la materia las negociaciones y acuerdos referidos al sector respecto de los procesos de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países.

12.- Intervenir y coordinar en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países y organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas del sector.

13.- Participar en la promoción de los consorcios de exportación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando su acceso a mercados internacionales, participando en ferias, congresos e integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior, coordinando dicho accionar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y demás áreas con competencia en la materia.

14.- Entender en la elaboración y ejecución de acciones y programas destinadas a promover las exportaciones de bienes y servicios de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando los trámites necesarios para la realización de las mismas, en un accionar coordinado con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

15.- Analizar, coordinar y proponer políticas especificas de apoyo a la internacionalización comercial de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), priorizando los mercados de la región.

16.- Contribuir a la consolidación y participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) en los polos productivos del interior del país, a través de la extensión de la Red de Agencias, y en el desarrollo de las economías regionales promoviendo su inserción en el mercado internacional.

17.- Propiciar la simplificación normativa y la desburocratización administrativa en los trámites que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) deban realizar ante los organismos del ESTADO NACIONAL, especialmente en lo concerniente a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, analizando y proponiendo en los casos que diere lugar el sistema de ventanilla única.

18.- Intervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a través de las áreas competentes en la materia.

19.- Coordinar las acciones con las distintas regiones del país con el fin de descentralizar la ejecución de las políticas de la Subsecretaría y facilitar la integración con los distintos sectores públicos y privados vinculados a la actividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

20.- Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a la elaboración de políticas de desarrollo regional.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

OBJETIVOS

1.- Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción Ministerial y fiscalizar el desarrollo de las mismas en sus organismos descentralizados.

2.- Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas del área de su competencia.

3.- Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y financieras de la jurisdicción.

4.- Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos y sumarios administrativos disciplinarios.

5.- Coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del área de su competencia, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER JUDICIAL DE LA NACION, como con los diferentes sectores del ámbito público y privado.

6.- Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del Sector Público Nacional.

7.- Entender en la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

8.- Coordinar la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público.

9.- Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia.

10.- Coordinar las relaciones entre la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA LEGAL

OBJETIVOS

1.- Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la jurisdicción y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a los organismos descentralizados.

2. -Ordenar la instrucción de los sumarios administrativo-disciplinarios.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

OBJETIVOS

1.- Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.

2.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.

3.- Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos.

4.- Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que presta servicio y de la entidades descentralizadas dependientes así como la planificación de las actividades de administración.

5.- Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos, así como las relaciones institucionales.

6.- Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación administrativa determinando para cada trámite las unidades con responsabilidad primaria para entender en el tema respectivo.

7.- Entender en la administración de los espacios físicos de la jurisdicción ministerial.

8.- Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del Tesoro Nacional.

9. – Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.

10.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.

11.- Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del Sector Privado de los que resulte acreedor el Sector Público Nacional.

12.- Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del ESTADO NACIONAL, en lo que es materia de su competencia.

13.- Asistir en la coordinación de las relaciones entre la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO Ic

ANEXO Ic

ANEXO Id

ANEXO Ie

ANEXO If

ANEXO Ig

ANEXO Ih

ANEXO Ii

ANEXO Ij

ANEXO Ik

ANEXO II

UNIDAD MINISTRO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Verificar el mantenimiento de un adecuado sistema de control interno incorporado a la organización de la jurisdicción, privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y eficacia.

ACCIONES

1.- Establecer la planificación de la auditoría interna de la jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y Auditoría Interna.

2.- Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.

3.- Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos determinados por la autoridad superior.

4.- Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.

5.- Tomar conocimiento integralmente de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.

6.- Verificar si en las erogaciones e ingresos de la jurisdicción se cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente.

7.- Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la elaboración de los informes y/o estados informativos contables.

8.- Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.

9.- Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.

10.- Producir informes periódicos sobre las auditorías desarrolladas y otros controles practicados.

11.- Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de los desvíos que se detecten con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen.

12.- Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.

13.- Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION le requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

UNIDAD MINISTRO

UNIDAD DE COORDINACION DE FIDEICOMISOS DE INFRAESTRUCTURA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al señor Ministro de Economía y Producción en la aplicación de los Decretos N° 1377 y N° 1381, ambos del 1° de noviembre de 2001, en la planificación financiera, afectación y administración eficiente de los recursos de los fideicomisos creados por las normas mencionadas y por el Decreto N° 1299 del 29 de diciembre de 2000.

ACCIONES

1.- Asistir al señor Ministro de Economía y Producción, en la aplicación de los Decretos N° 1299 del 29 de diciembre de 2000, N° 1377 y N° 1381, ambos de fecha 1° de noviembre de 2001 y sus respectivas modificaciones, reglamentaciones y demás normas complementarias, en el ámbito de su competencia.

2.- Realizar la planificación financiera del sistema, e informar al señor Ministro de Economía y Producción acerca de los cupos de contratación en función de la disponibilidad de fondos de los fideicomisos.

3.- Verificar el cumplimiento de las contraprestaciones y de la constitución y mantenimiento de la reserva de liquidez dispuestas para los fideicomisos mencionados.

4.- Proponer al señor Ministro de Economía y Producción la contratación de servicios, tareas de asesoramiento, consultorías, auditorías, mediciones de riesgo y demás contratos que sean necesarios o convenientes para la gestión financiera de la UNIDAD DE COORDINACION DE FIDEICOMISOS DE INFRAESTRUCTURA.

5.- Proponer y asistir al señor Ministro de Economía y Producción en la gestión, negociación y diseño de operaciones de crédito y líneas de garantías o contingentes, con destino al fortalecimiento de la disponibilidad de fondos de los Fideicomisos.

6.- Participar en la programación financiera de las licitaciones con financiamiento de los fondos fiduciarios, en relación a los aspectos financieros de las mismas.

7.- Analizar la documentación sometida para su gestión, y requerir informes, evaluaciones y dictámenes necesarios para la correcta aplicación de los fondos.

8.- Responder las consultas que formulen los organismos del ESTADO NACIONAL, Provincial o Municipal respecto del funcionamiento de los fideicomisos, en el área de su competencia.

9.- Mantener actualizado el soporte documental de las actividades de la Unidad de Coordinación de Fideicomisos de Infraestructura, y publicar en forma continua en Internet la información relevante sobre sus actividades.

UNIDAD MINISTRO

SECRETARIA PRIVADA Y CEREMONIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al señor Ministro en lo relativo a los trámites administrativos originados en la correspondencia dirigida a su nombre.

Asistir al señor Ministro en todo lo concerniente a ceremonial y protocolo, requiriendo de las dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, o en su caso de otros organismos, la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones.

Organizar y mantener un sistema de información que permita el seguimiento de los trámites que se desarrollen dentro de la Secretaría Privada.

ACCIONES

1.- Coordinar y mantener actualizada la agenda del señor Ministro.

2.- Asistir al señor Ministro en lo relativo a los trámites administrativos originados en la correspondencia dirigida a su nombre.

3.- Organizar y mantener un sistema de información que permita el seguimiento de los trámites que se desarrollen dentro de la Secretaría Privada.

4.- Organizar y mantener un sistema de información y archivo de documentación relativa a las solicitudes de audiencias recibidas y trámites administrativos que se originen en la correspondencia enviada al señor Ministro.

5.- Monitorear el desarrollo y conclusión de los trámites originados por el área o que estén relacionados con cuestiones relativas a la Unidad Ministro.

6.- Efectuar el análisis y derivación a los organismos competentes de aquellas solicitudes cuyos temas no hicieran necesario la intervención directa del señor Ministro.

7.- Intervenir en la organización y desarrollo de todo acto, ceremonia o reunión a la que asista el señor Ministro.

8.- Entender en temas propios a las actividades protocolares de concertación, preparación y atención que involucre la recepción de visitas extranjeras, ya sea delegaciones oficiales o privadas.

9.- Coordinar con las distintas áreas con competencia en la materia, la participación del señor Ministro de Economía y Producción en actos y ceremonias oficiales o públicas.

10.- Efectuar lo vinculado a los aspectos de su competencia en los viajes que realice el señor Ministro al interior o exterior del país.

11.- Asistir, en los casos que le sea requerido, a los funcionarios del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en temas relativos al ceremonial y protocolo.

12.- Intervenir, según lo determine la superioridad, en toda reunión, simposio, congreso o acontecimiento internacional, nacional o provincial, al cual asista el señor Ministro o delegue su representación.

UNIDAD MINISTRO

OFICINA DE PRENSA Y DIFUSION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar la centralización y dirigir la difusión de la información del área económica del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ACCIONES

1.- Coordinar la centralización y suministrar a todos los medios de difusión nacionales y extranjeros la información producida por el Ministerio y demás organismos que lo integran.

2.- Participar en la organización de las reuniones de prensa y actos de difusión.

3.- Efectuar la organización editorial en todas las etapas requeridas para la producción de las publicaciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION que, por su naturaleza y contenido, resulte de interés nacional difundir en el país y en el exterior.

4.- Organizar y mantener en funcionamiento regular las estructuras que sirvan al objetivo de difusión informativa del Ministerio, así como también, la Sala de Periodistas.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

DIRECCION NACIONAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES DE CREDITO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Programar, gestionar y negociar con los organismos financieros internacionales de crédito los préstamos y donaciones que se formulen en el corto y mediano plazo, conforme a las prioridades fijadas por el Gobierno Nacional.

Supervisar la administración de programas en el ámbito del Sector Público y efectuar su seguimiento, control y evaluación.

ACCIONES

1.- Intervenir en su carácter de Dirección Nacional de enlace en la relación global con los organismos financieros internacionales y asistir al señor Ministro de Economía y Producción ante la banca multilateral.

2.- Entender en la coordinación de las relaciones institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION con los organismos financieros internacionales de crédito.

3.- Coordinar las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y no bilaterales, instrumentando los objetivos de política con las representaciones argentinas en los mismos.

4.- Intervenir en la programación de la cartera de préstamos con los organismos financieros internacionales, proponiendo las asignaciones en los programas y/o proyectos de inversión pública financiados con recursos externos.

5.- Intervenir en la identificación de fuentes y modalidades de financiamiento externo de los programas y proyectos que conforman el Plan Nacional de Inversión Pública en el marco de la Ley N° 24.354 —Inversión Pública—.

6.- Participar con la SECRETARIA DE HACIENDA en la programación presupuestaria en lo relativo a los proyectos y/o programas financiados con los organismos internacionales de crédito.

7.- Analizar los informes de auditoría financiera y de gestión, sobre la ejecución de préstamos con organismos internacionales de crédito.

8.- Coordinar la evaluación concomitante a la ejecución de los programas y/o proyectos financiados con la banca multilateral, en los aspectos vinculados a dicho financiamiento.

9.- Informar a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA las desviaciones detectadas en la ejecución de los proyectos. Proponer medidas correctivas tendientes a resolver los desvíos detectados.

10.- Proponer las medidas necesarias para la buena administración de los préstamos con los organismos internacionales de crédito para el logro de una mayor eficiencia en la ejecución de proyectos y programas de inversión pública.

11.- Revisar periódicamente con cada organismo internacional la cartera de préstamos en ejecución y su evolución.

12.- Asistir a las unidades ejecutoras en la formulación y/o implementación de los programas y proyectos en sus distintas etapas, en los aspectos vinculados al financiamiento internacional.

13.- Asegurar el desarrollo, actualización y mantenimiento del sistema de información de programas y proyectos financiados por los organismos internacionales de crédito.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA

DIRECCION DE COORDINACION DE POLITICAS PRODUCTIVAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Articular con las distintas áreas ejecutoras de políticas orientadas al desarrollo de sectores productivos, dependientes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION o de otras jurisdicciones, la formulación y seguimiento de programas que mejoren el potencial productivo de dichos sectores.

ACCIONES

1.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA en la coordinación de los gabinetes o grupos de trabajo del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION destinados al desarrollo de las actividades económicas productivas.

2.- Formular, en coordinación con las distintas áreas específicas, políticas que potencien el desarrollo de sectores, ramas o cadenas de valor de actividades económicas para la producción de bienes o servicios.

3.- Analizar las principales medidas de política económica en ejecución que adoptan la Nación y las Provincias, a efectos de estimar el impacto de las mismas en los diversos sectores productivos.

4.- Hacer el seguimiento y evaluación permanente de la evolución de los programas de apoyo al desarrollo de sectores productivos.

5.- Elaborar y mantener actualizadas bases de datos (precios de bienes a nivel de productor, precios de los principales insumos, estructuras de costos, flujos de la producción, etc.) destinadas al análisis sistemático del desempeño de los sectores productivos.

6.- Elaborar estudios y propuestas sobre sectores considerados estratégicos para el desarrollo económico nacional y regional.

7.- Efectuar y divulgar un monitoreo permanente de la evolución de los distintos sectores productivos de la economía nacional.

8.- Asistir en la formulación de propuestas sobre estrategias, políticas y medidas sectoriales, de acuerdo a los lineamientos de la política económica nacional.

9.- Brindar asistencia técnica sectorial a las provincias para la adopción de medidas que promuevan su desarrollo económico en al ámbito territorial.

10.- Contribuir al desarrollo de proyectos de inversión con entidades nacionales, desde la perspectiva de la política económica sectorial.

11.- Coordinar con la Dirección Nacional de Inversión Pública y los organismos ejecutores de obras los requerimientos de infraestructura necesarios para la potenciación de sectores productivos específicos.

12.- Efectuar el seguimiento de los precios de los productos que integran la Canasta Básica Alimentaria para anticipar su comportamiento y proponer medidas que contribuyan a la mayor estabilidad de los mismos.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA

DIRECCION DE POLITICA ECONOMICA EXTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA en la formulación y aplicación de los criterios básicos de la política económica externa, tanto en lo que hace a los lineamientos globales de la política arancelaria externa como en lo referente a las pautas de integración en espacios económicos regionales y coordinación de políticas macroeconómicas con otros países.

ACCIONES

1.- Efectuar el seguimiento de las políticas de comercio exterior y de las negociaciones económicas y comerciales internacionales, y evaluar su impacto en el desarrollo productivo interno.

2.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA en la formulación y ejecución de la política arancelaria de comercio exterior.

3.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación.

4.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA en los temas inherentes a regímenes de precios índices, salvaguardias, antidumping y otros instrumentos complementarios de la política de comercio exterior.

5.- Intervenir en los trámites relacionados con derechos de importación y exportación, Arancel Externo Común del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), reintegros impositivos a la exportación y regímenes de salvaguardias y antidumping, con la finalidad de informar sobre la compatibilidad de las propuestas con los criterios generales de la política arancelaria externa.

6.- Diagnosticar sobre los niveles de protección efectiva y sesgos anti y pro exportadores que pudieran estar implícitos en la estructura arancelaria vigente, con el objeto de sugerir las modificaciones que hagan más eficiente y competitivo el aparato productivo nacional.

7.- Asistir a los representantes de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ante los grupos y comisiones de trabajo del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y otros espacios económicos integrados, en los temas vinculados con la competencia específica de dicha Secretaría.

8.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA en las tareas vinculadas con la coordinación de políticas macroeconómicas con otros países, particularmente los integrados al MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y coordinar las tareas orientadas a la armonización de información económica y estadística con esa finalidad.

9.- Suministrar a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA la información necesaria para evaluar las iniciativas de incorporación a espacios de integración económica regional y extrarregional y brindar el apoyo técnico para el seguimiento de esos procesos.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA

DIRECCION DE ANALISIS DE GASTO PUBLICO Y PROGRAMAS SOCIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Evaluar el impacto del Gasto Público en la economía nacional, particularmente en lo que respecta al desarrollo de los sectores productivos, a la distribución del ingreso, a los niveles de empleo y desempleo y a los niveles de pobreza e indigencia.

Producir estadísticas consolidadas del gasto del Sector Público en los tres niveles de gobierno: Nación, Provincias y CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y Municipios, susceptibles de ser armonizadas en el marco de los espacios de integración económica internacional del país.

Realizar diagnósticos y evaluar el impacto de los programas sociales en la distribución del ingreso y en los niveles de pobreza e indigencia.

ACCIONES

1.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA en los temas vinculados con la asignación del gasto público en el marco de la política económica vigente.

2.- Ejercer la representación técnica de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en los gabinetes o grupos de trabajo internos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION referidos a cuestiones fiscales y financieras.

3.- Cuantificar, analizar y publicar periódicamente las series de Gasto Público Consolidado, clasificado por finalidad-función, para los tres niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal, y de los Gastos Extra presupuestarios, elaborando clasificaciones presupuestarias combinadas.

4.- Revisar en forma continua los criterios metodológicos utilizados para calcular el Gasto Público Consolidado y la calidad de la información de base.

5.- Aplicar y desarrollar metodologías de armonización de las estadísticas fiscales que sean acordadas o requeridas en los espacios de integración económica internacional del país.

6.- Medir la Distribución Geográfica del Gasto Público Consolidado por jurisdicción territorial y confeccionar las estadísticas correspondientes.

7.- Evaluar la ejecución presupuestaria y real de los programas sociales públicos.

8.- Evaluar el impacto de los programas sociales públicos en la economía y en la situación social, particularmente en lo que respecta a la distribución del ingreso y los niveles de pobreza e indigencia.

9.- Colaborar con otros organismos del Sector Público en el diseño de programas sociales y contribuir a evaluar su funcionamiento cuando le sea requerido por los organismos ejecutores.

10.- Establecer las bases metodológicas para un sistema de indicadores sociales que permitan su seguimiento permanente.

11.- Realizar análisis socioeconómicos sobre el alcance de los programas sociales de los distintos niveles de gobierno.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ECONOMICA

DIRECCION NACIONAL DE INVERSION PUBLICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desempeñarse como órgano responsable del Sistema Nacional de Inversiones Públicas creado por la Ley N° 24.354.

ACCIONES

1.- Coordinar con los organismos ejecutores todas las acciones necesarias para elaborar el Plan Nacional de Inversión Pública (PNIP).

2.- Evaluar los proyectos de inversión pública de acuerdo con las pautas profesionales normalmente aceptadas, con el fin de determinar su factibilidad económico-social.

3.- Intervenir en la priorización y selección técnicas de los proyectos de inversión pública a ser incluidos en el Plan Nacional de Inversión Pública (PNIP).

4.- Proponer pautas técnicas y económicas para la priorización de proyectos en el Plan Nacional de Inversión Pública (PNIP).

5.- Administrar el Banco de Proyectos de Inversión Pública (BAPIN) con información adecuada, oportuna, confiable y actualizada sobre el comportamiento sustantivo y financiero de las inversiones públicas, que permita el seguimiento y gestión de los proyectos conforme a lo establecido en la Ley N° 24.354.

6.- Confeccionar anualmente el Plan Nacional de Inversión Pública plurianual, complementario de la Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional.

7.- Coordinar con la Oficina Nacional de Presupuesto la asignación de partidas presupuestarias y financiamiento para los proyectos incluidos en el Plan Nacional de Inversión Pública (PNIP).

8.- Desarrollar metodologías y criterios de formulación y evaluación de proyectos de inversión a ser aplicados de manera homogénea por los organismos ejecutores de la Administración Pública Nacional.

9.- Asistir a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA en la coordinación con las jurisdicciones territoriales para la aplicación de sistemas de programación de la inversión pública similares o compatibles con el de la Ley N° 24.354.

10.- Diseñar programas de asistencia técnica para los organismos ejecutores destinados a mejorar las técnicas de formulación, gestión y control de proyectos de inversión pública.

11.- Intervenir en la gestión de los proyectos con financiamiento internacional conforme a lo establecido en el Artículo 28, inciso a), de la Ley N° 25.565.

12.- Asegurar el cumplimiento de las funciones y objetivos establecidos en el Artículo 5° de la Ley N° 24.354.

13.- Editar para su difusión por medios gráficos y/o informáticos el Plan Nacional de Inversión Pública (PNIP) aprobado cada año para su consulta pública abierta e irrestricta.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION MACROECONOMICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Programar, coordinar y dirigir las tareas tendientes al seguimiento de la economía global y sectorial, y a la elaboración e implementación de modelos de programación macro económica. Realizar el análisis de consistencia de las políticas macroeconómicas, de las pautas para la programación fiscal y la evaluación de sus impactos sobre la economía real.

ACCIONES

1.- Coordinar la elaboración, el análisis y la realización de la publicación de indicadores mensuales y trimestrales de coyuntura.

2.- Coordinar, proponer, elaborar e implementar modelos de programación macroeconómica.

3.- Efectuar proyecciones y análisis macroeconómicos de mediano y largo plazo y coordinar la realización de los estudios básicos que lo posibiliten.

4.- Supervisar la realización de informes anuales sobre las perspectivas de la economía, que cubran como mínimo un período trienal.

5.- Brindar apoyo a la SECRETARIA DE HACIENDA para la elaboración del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional, a fin de compatibilizar la política fiscal con los objetivos macroeconómicos.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMACION ECONOMICA REGIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar el análisis sistemático de la situación regional.

Realizar proyecciones regionales de la situación económica argentina.

Brindar asistencia técnica a los gobiernos provinciales sobre aspectos relacionados al desarrollo regional.

Evaluar propuestas y cursos de acción conteniendo la dimensión regional para la programación económica.

Facilitar las gestiones y negociaciones que aseguren el cumplimiento de los objetivos de la política económica de la nación, y fundamentalmente las que hacen a la integración regional y el espacio económico del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y América del Sur.

ACCIONES

1.- Coordinar la elaboración de propuestas para la fijación de estrategias, políticas y medidas de carácter regional, en el marco de la política económica del gobierno nacional.

2.- Coordinar y participar en la elaboración de bases de datos, estudios e instrumentos destinados a la programación económica regional, así como también, participar en las gestiones y negociaciones con instituciones cuyas propuestas de alcance regional y requieran ser armonizadas con el programa económico del gobierno nacional.

3.- Participar en la coordinación y realización de tareas que se efectúen, a nivel provincial, en materia de formulación de estrategias, programas y políticas de alcance regional.

4.- Asistir al señor Subsecretario de Programación Económica en la determinación de políticas y acciones con organismos nacionales, provinciales, regionales e internacionales referidos a la programación económica regional.

5.- Brindar asistencia técnica a los gobiernos provinciales para promover su desarrollo económico.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

OBJETIVOS

1.- Ejercer la Dirección superior de todas las actividades estadísticas oficiales que se realicen en el territorio de la Nación.

2.- Conducir, mediante la articulación y coordinación de los servicios estadísticos nacionales, provinciales y municipales, el Sistema Estadístico Nacional, aplicando los principios de centralización normativa y descentralización ejecutiva.

3.- Elaborar el Programa Anual de Estadística y Censos Nacionales, y garantizar su cumplimiento mediante la producción de las respectivas estadísticas básicas y derivadas, por sí o por terceros, en el marco de la Ley N° 17.622.

4.- Elaborar las cuentas nacionales, las cuentas internacionales, y los análisis y estudios que deriven de las mismas.

5.- Coordinar las relaciones con los organismos del Sector Público Nacional, Provincial o Municipal y con organismos internacionales o terceros países en lo relativo a la producción de información estadística.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir a la Dirección del Instituto en el diseño y ejecución del Programa Anual de Estadística y Censos así como también en la orientación metodológica de las estadísticas producidas por el Sistema Estadístico Nacional.

Participar en todos los aspectos relativos a la gestión institucional del organismo.

Reemplazar al Director del Instituto Nacional de Estadística y Censos en su ausencia.

ACCIONES

1.- Coordinar la elaboración del Programa Anual de Estadística y Censos del Sistema Estadístico Nacional.

2.- Proponer las políticas orientadas a asegurar la calidad, innovación y actualización metodológica, la armonización estadística mediante la elaboración de definiciones, normas y clasificaciones homogéneas orientadas a la comparabilidad de la información requerida por el Programa Anual de Estadística y Censos.

3.- Coordinar el desarrollo de las normas técnicas y procedimientos vinculados con la programación, diseño, implementación y evaluación de los Censos Poblacionales, Económicos y Agropecuarios; encuestas a hogares, a los sectores primarios, secundarios y terciarios de la economía; índices de precios al consumidor, al por mayor y de la construcción, coeficiente de variación salarial y cualquier otro índice a generarse en el futuro, la elaboración de las cuentas nacionales y de las cuentas internacionales, y la explotación de diversos registros administrativos relacionados con la producción de estadísticas oficiales.

4.- Asistir técnicamente a todos los organismos integrantes del Sistema Estadístico Nacional en el diseño, programación, ejecución y análisis para la producción de estadísticas e indicadores sociales y económicos.

5.- Proponer e instrumentar las partes del Programa Anual de Estadística y Censos que serán realizadas por los integrantes del Sistema Estadístico Nacional.

6.- Intervenir en el diseño de las políticas institucionales coordinando la elaboración del plan estratégico del Instituto y su programación anual, así como la administración y gestión de los recursos humanos, financieros y materiales del Instituto, y la difusión estadística.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS NACIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar la estimación del Producto Interno Bruto a precios constantes y corrientes, los cálculos relacionados con la demanda agregada y sus componentes y la estimación de distribución del ingreso.

Realizar revisiones metodológicas y estudios vinculados al Sistema de Cuentas Nacionales a fin de mejorar la medición del nivel de actividad económica y sus determinantes a nivel nacional.

ACCIONES

1.- Coordinar el cálculo del Producto Interno Bruto, por clases de actividad económica, regional y global, así como también el del consumo, la inversión, las exportaciones y las importaciones, con periodicidad anual y trimestral a precios constantes y corrientes.

2.- Elaborar el Estimador Mensual de Actividad Económica.

3.- Coordinar la realización de pruebas y análisis de consistencia de las estimaciones de oferta y demanda global y de sus distintas desagregaciones, proponiendo revisiones o cambios metodológicos cuando ello fuere necesario.

4.- Realizar estimaciones de las transacciones financieras y de la riqueza nacional y sectorial.

5.- Realizar estimaciones de las cuentas del medio ambiente y otros análisis y cuentas satélite.

6.- Asesorar a las Direcciones Provinciales de Estadística en lo referente a la elaboración del PIB provincial.

7.- Mantener actualizada la base de las Cuentas Nacionales.

8.- Coordinar la elaboración de la matriz de insumo-producto, así como la distribución del ingreso por tramos y las cuentas de los Sectores Institucionales.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION NACIONAL DE CUENTAS INTERNACIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar la estimación oficial y las proyecciones de la Balanza de Pagos y sus componentes: cuenta corriente y cuenta capital y financiera para el diagnóstico macroeconómico.

Programar, supervisar y dirigir el cálculo actual e histórico del Balance de Pagos y de la posición de inversión internacional y los estudios específicos derivados de ellos.

ACCIONES

1.- Dirigir la elaboración del Balance de Pagos y de la posición de inversión internacional y de sus distintos componentes, con periodicidad trimestral y anual respectivamente, y los estudios específicos derivados de ellos.

2.- Recopilar y analizar la información proveniente de otras áreas gubernamentales necesaria para estimar las cuentas del Balance de Pagos.

3.- Coordinar la realización de tareas tendientes a estimar las cuentas con el exterior que lo requieran.

4.- Efectuar análisis y proyecciones de las distintas cuentas del Balance de Pagos y de la posición de inversión internacional.

5.- Brindar apoyo e informes sobre el sector externo a diversas áreas oficiales para la elaboración de las proyecciones macroeconómicas y para el cálculo de las Cuentas Nacionales.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS Y PRECIOS DE LA PRODUCCION Y EL COMERCIO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, programar, coordinar y ejecutar las actividades relacionadas con la elaboración de estadísticas de los sectores primario, secundario y terciario, de grandes empresas, del comercio y servicios, de precios y salarios.

ACCIONES

1.- Programar, organizar e instrumentar los Censos Económicos y Agropecuarios, los relevamientos permanentes y las encuestas especiales de las actividades productivas, de bienes, de comercio, de servicios y de precios y salarios a nivel nacional, regional, provincial y municipal.

2.- Definir e implementar las metodologías a utilizarse en la elaboración de índices de precios y volumen físico.

3.- Elaborar los índices de salarios y de precios de la producción y el comercio, con sus distintas aperturas y clasificaciones.

4.- Elaborar y valorizar canastas de bienes y servicios para los distintos índices de precios, con excepción del índice de precios al consumidor.

5.- Elaborar indicadores de producción, ventas, ocupación y remuneraciones e inversión en el marco del sistema de las cuentas nacionales.

6.- Elaborar las estadísticas de Grandes Empresas y los indicadores derivados de ellas.

7.- Identificar y medir los grupos económicos.

8.- Elaborar indicadores de coyuntura económica.

9.- Elaborar las estadísticas del medio ambiente y de los sistemas bio-sustentables.

10.- Brindar asistencia a los organismos integrantes del Sistema Estadístico Nacional a fin de combinar las acciones relacionadas con el relevamiento y procesamiento de los datos.

11.- Realizar periódicamente relevamientos a sectores productivos tendientes a elaborar indicadores de innovación tecnológica e investigación y desarrollo.

12.- Definir e implementar metodologías tendientes a obtener resultados a nivel nacional, regional, provincial y municipal, a través de la explotación estadística de registros administrativos.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS DEL SECTOR EXTERNO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, programar, coordinar y ejecutar las actividades relacionadas con la elaboración de las estadísticas básicas necesarias para la confección de la balanza de pagos en sus diversos componentes: cuenta corriente y cuenta de capital y financiera.

Elaborar metodologías y ejecutar las acciones relacionadas con la obtención y determinación de precios internacionales y términos del intercambio externo.

ACCIONES

1.- Programar, organizar e instrumentar la producción de las estadísticas básicas necesarias sobre la balanza de pagos.

2.- Elaborar las estadísticas de comercio exterior argentino en base a los datos provistos por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, conforme con las recomendaciones internacionales en vigor.

3.- Relevar, en forma directa y a través de otros integrantes del Sistema Estadístico Nacional, la información básica sobre las cuentas de servicios de la balanza de pagos.

4.- Elaborar criterios y metodologías conceptuales y operativas para la estimación de los términos del intercambio externo del país y relevar datos de precios internacionales.

5.- Recopilar, sistematizar y procesar información estadística internacional para el análisis de la evolución del sector externo.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS SOCIALES Y DE POBLACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, programar, coordinar y ejecutar, por sí o por terceros, las actividades relacionadas con la investigación, elaboración y análisis de las estadísticas básicas sobre población y sectores sociales, a través de la utilización de datos derivados de registros, censos y encuestas de fuentes propias del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS y de otras sectoriales del Sistema Estadístico Nacional.

Ejecutar los Censos Nacionales de Población y Vivienda, analizar sus resultados y elaborar las proyecciones de población a nivel nacional, regional y provincial.

ACCIONES

1.- Programar, organizar e instrumentar los Censos de Población, Hogares y Viviendas efectuando asimismo el análisis poblacional de los datos censales.

2.- Diseñar e implementar metodologías para la elaboración de indicadores de pobreza estructural, necesidades básicas insatisfechas y estructura social.

3.- Elaborar las tablas de mortalidad y las proyecciones y estimaciones de población a nivel nacional, regional y provincial, y asistir a los sistemas estadísticos provinciales en la aplicación de esas metodologías.

4.- Asistir a los organismos del Sistema Estadístico Nacional en la aplicación metodológica para el diseño, programación, ejecución y análisis de relevamientos censales y en los relacionados con el diagnóstico sectorial en las áreas educación, salud, grupos sociales vulnerables, entre otras.

5.- Diseñar, programar e implementar un Programa Nacional de información social y demográfica basado en el uso de registros administrativos, censos y encuestas, como fuentes primarias de datos, que incluye la realización de estudios y la producción de índices e indicadores para el análisis de series temporales relativas a sectores sociales.

6.- Asesorar a los organismos sectoriales en el diseño e implementación de metodologías e instrumentos de captación de datos orientados al mejoramiento de los registros administrativos para su explotación estadística.

7.- Participar en la elaboración de metodologías de aplicación al tratamiento de información social y demográfica, sistemas clasificatorios y definición multivariada de fenómenos sociales, entre otros.

8.- Normatizar y coordinar la ejecución de los censos de población y programas nacionales de elaboración de estadísticas demográficas y sociales en las jurisdicciones provinciales.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION NACIONAL DE ESTADISTICAS DE CONDICIONES DE VIDA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, programar, coordinar y ejecutar, por sí o por terceros, un sistema integrado de estadísticas de condiciones de vida, derivadas de la realización de encuestas de representatividad nacional, regional, subregional, provincial y/o municipal, que permita contar con información actualizada sobre las condiciones de vida de la población, las características y dinámica del mercado laboral y la estructura social del país.

ACCIONES

1.- Definir un Sistema Integrado Nacional de Encuestas a Hogares, asegurando la comparabilidad de la información con otras fuentes.

2.- Programar, organizar e instrumentar las encuestas y efectuar el análisis de los datos provenientes de las mismas.

3.- Programar, diseñar, organizar y coordinar la ejecución de la Encuesta Permanente de Hogares sobre características socioeconómicas, con énfasis en la medición del empleo y la dinámica del mercado laboral.

4.- Programar, diseñar, organizar y coordinar la ejecución de la Encuesta de Gastos e Ingresos de los Hogares y las encuestas periódicas sobre condiciones de vida de la población, definidas por el Sistema Integrado de Encuestas a Hogares.

5.- Desarrollar metodologías y elaborar índices de precios al consumidor.

6.- Diseñar, programar e implementar metodologías para la elaboración de indicadores sobre características socioeconómicas, estructura social, mercado laboral, ingreso, consumo y paridad de poder de compra de la población, canastas de consumo, pobreza e indigencia.

7.- Participar en la elaboración de metodologías de diseño, estimación y análisis de la información proveniente del Sistema Estadístico Nacional relacionada con las estadísticas de condiciones de vida de la población y el Sistema Integrado de Encuestas de Hogares, y en la construcción de herramientas comunes tales como sistemas clasificatorios, marcos de muestreo, entre otros.

8.- Normalizar y coordinar la ejecución del Sistema Integrado Nacional de Encuestas a Hogares en las jurisdicciones provinciales.

9.- Normalizar y coordinar la ejecución del Indice de Precios al Consumidor, a nivel nacional, en las jurisdicciones provinciales.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION Y COORDINACION ESTADISTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar las actividades de los organismos centrales y periféricos que integran el Sistema Estadístico Nacional con relación a la producción y recopilación de información estadística sectorial para la articulación, seguimiento y control del Programa Anual de Estadística y Censos.

Atender las actividades derivadas de las relaciones técnicas, científicas e informáticas que el Gobierno Nacional mantiene con terceros países y organismos internacionales en el área estadística.

ACCIONES

1.- Coordinar la participación de las jurisdicciones provinciales y otros organismos integrantes del Sistema Estadístico Nacional para la formulación y ejecución del Programa Anual de Estadística y Censos.

2.- Coordinar las relaciones con los restantes poderes del Estado, proponiendo la inclusión de nuevas actividades al Programa Anual de Estadística y Censos.

3.- Proponer y desarrollar las actividades derivadas de las relaciones técnicas, científicas e informáticas que el Gobierno Nacional mantiene con terceros países y organismos internacionales en el área estadística.

4.- Realizar el seguimiento de las acciones de cooperación técnica del Instituto, llevadas a cabo a través de las relaciones institucionales con organismos de estadística internacionales, nacionales, provinciales y municipales.

5.- Proponer los presupuestos y gestionar la administración de los recursos financieros provenientes de los programas y convenios derivados de la cooperación internacional o de la cooperación interinstitucional.

6.- Fomentar acciones tendientes a la armonización de las estadísticas oficiales y su comparabilidad a nivel internacional.

7.- Diseñar programas de intercambio de información con organismos nacionales e internacionales.

8.- Promover la construcción de los indicadores generales, regionales, municipales y sectoriales que resulten apropiados para la elaboración e implementación de políticas públicas así como para la evaluación de sus resultados.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y OPERACIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, programar y ejecutar las actividades vinculadas con la gestión económica, financiera, patrimonial y de logística operacional, en el marco de una concepción de apoyo a todas las actividades permanentes o periódicas que realiza el Instituto.

ACCIONES

1.- Formular el presupuesto anual de ingresos y gastos, y programar los créditos y cuotas presupuestarias respectivas.

2.- Ejecutar las registraciones contables, preparación de balances, liquidación de gastos, operaciones de compra y suministro de bienes y servicios y la administración del patrimonio del Instituto.

3.- Diseñar, programar y ejecutar los programas de logística de los operativos estadísticos, participando en la determinación de los requerimientos de los materiales necesarios.

4.- Coordinar las tareas operativas con las estructuras nacionales y provinciales a fin de garantizar el normal funcionamiento y desarrollo de los operativos censales y encuestas especiales, y supervisar las mismas.

5.- Ejecutar las tareas de Despacho y Mesa de Entradas del Instituto.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION NACIONAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y los servicios de medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.

Programar, diseñar, ejecutar y evaluar la formación técnico profesional de los recursos humanos del Instituto y del Sistema Estadístico Nacional.

ACCIONES

1.- Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y dirigir la gestión de las actividades inherentes al desarrollo de la misma: selección, integración, evaluación de desempeño, promoción y formación técnico-profesional.

2.- Programar, diseñar, ejecutar y evaluar la formación técnico-profesional y el desarrollo permanente de los recursos humanos del Instituto y del Sistema Estadístico Nacional.

3.- Realizar el análisis y descripción de los puestos de trabajo, definir los perfiles y metodologías de selección y programas de capacitación del personal que participa en operativos estadísticos nacionales y/o provinciales que integran el Programa Anual de Estadística y Censos.

4.- Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.

5.- Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.

6.- Mantener relaciones con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.

7.- Elaborar y tramitar los proyectos de estructura del Organismo, proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes en los procesos, flujos y procedimientos de trabajo así como también gestionar las medidas conducentes a la implementación de la referida estructura.

8.- Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y de la medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo así como también, coordinar la prestación del servicio médico.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION DE DIFUSION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, programar y ejecutar las actividades de difusión de la producción estadística y analítica del Instituto y del Sistema Estadístico Nacional.

ACCIONES

1.- Desarrollar y ejecutar un plan de difusión estadístico sobre la base de estudios de las demandas de información, la definición de productos, el diseño de sistemas de comercialización y la incorporación de criterios de gestión comercial en la administración de los temas de esta área.

2.- Elaborar y ejecutar programas de difusión de datos, y proponer la normalización de formatos, la organización de contenidos, etc., a utilizar en el Sistema Estadístico Nacional.

3.- Desarrollar y ejecutar las estrategias de difusión institucional de las tareas del Instituto.

4.- Ejecutar programas de intercambio de información con organismos nacionales e internacionales, y dar respuesta a demandas de información estadística por parte de organismos internacionales, medios masivos de comunicación y distintos sectores de la sociedad.

5.- Coordinar las actividades del Centro de Atención a Usuarios y el Centro de Documentación Estadística, asegurando la calidad en la prestación de los servicios de información brindados por el Instituto.

6.- Programar, implementar y supervisar la elaboración de las publicaciones estadísticas del Instituto y, cuando corresponda, la impresión de los materiales requeridos para la realización de los operativos de relevamiento de información.

7.- Asesorar en el contenido, actualización y diseño funcional de la información en sus distintos soportes.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Desarrollar las funciones inherentes a su calidad de Servicio Jurídico Permanente del Instituto.

ACCIONES

1.- Asesorar en cuestiones legales originadas en las actividades propias del Instituto. Emitir el dictamen legal previo en los proyectos de actos administrativos del Instituto de acuerdo a lo establecido en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

2.- Asesorar en la elaboración de proyectos de Leyes, Decretos o Resoluciones referidos a las competencias del Instituto para ser elevados a instancias decisorias.

3.- Intervenir en los proyectos de promulgación o veto de las leyes sancionadas que sean remitidas al Instituto para su evaluación previa.

4.- Asesorar en la elaboración de convenios de cooperación con entes públicos y privados.

5.- Instruir los sumarios por infracciones a la Ley N° 17.622 y Decreto N° 3110/70 y modificatorios proponiendo los actos de imposición de multas, si correspondiere.

6.- Ejercer la representación y el patrocinio del ESTADO NACIONAL en todas las causas judiciales en que el mismo intervenga a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, y promover las ejecuciones fiscales de las multas impuestas a infractores.

7.- Proyectar las disposiciones ordenando las informaciones sumarias y los sumarios que la Dirección del Instituto requiriera, y elaborar los proyectos de cierre de los mismos luego de su sustanciación por la Dirección de Sumarios del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

8.- Centralizar y contestar los oficios judiciales y la remisión de informaciones estadísticas solicitadas por los magistrados de todos los fueros y jurisdicciones del país.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION DE INFORMATICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Proponer, elaborar e implementar políticas y planes de tecnología de información.

Diseñar, programar y ejecutar las actividades vinculadas al desarrollo y normalización de la aplicación de la tecnología informática al procesamiento electrónico de los datos resultantes de censos, encuestas y registros, así como al tratamiento de la información relativa al control de los distintos procesos de trabajo del Instituto.

Desarrollar y mantener la infraestructura y el soporte técnico del parque informático emplazado en las distintas sedes del Instituto y los servicios de comunicaciones utilizados para la conexión con los distintos organismos integrantes del Sistema Estadístico Nacional.

ACCIONES

1.- Elaborar el Plan Anual de Tecnología de Información y las normas de procedimientos para las distintas actividades desarrolladas en el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS.

2.- Proponer programas de actualización permanente de los recursos de tecnología informática y su aplicación al proceso estadístico.

3.- Estudiar, proponer y asistir en la implementación de nuevas tecnologías de equipamiento y software en los distintos programas de trabajo para el ingreso, consistencia, procesamiento y explotación de los datos, y coordinar la actualización permanente de los mismos para la optimización del uso de los recursos informáticos.

4.- Organizar, coordinar e implementar el soporte técnico de los usuarios del Instituto y del Sistema Estadístico Nacional en lo relativo a hardware, software y normalización de los recursos informáticos.

5.- Elaborar, proponer e implementar herramientas para el seguimiento y control de la gestión de los recursos de tecnología informática.

6.- Diseñar, desarrollar e implementar un Centro de Documentación Estadística para uso del público y soporte a usuarios del Instituto, el que será administrado por la Dirección de Difusión.

7.- Implementar y administrar los sistemas de información geográficos.

8.- Administrar los sistemas de comunicaciones del Instituto con el Sistema Estadístico Nacional.

SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS

DIRECCION ADJUNTA

DIRECCION DE METODOLOGIA ESTADISTICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, diseñar y participar en la implementación de desarrollos metodológicos que aseguren la articulación y optimización de los recursos aplicados al Programa Anual de Estadística y Censos.

Diseñar y proponer la normatización de los procesos de producción estadística, la actualización y homogeneización de marcos muestrales, nomenclaturas, definiciones e instrumentos, y establecer las normas de producción y actualización cartográfica para el Sistema Estadístico Nacional.

Asistir a los organismos centrales y periféricos que integran el Sistema Estadístico Nacional con relación a las metodologías aplicadas a la producción y recopilación de información estadística.

ACCIONES

1.- Desarrollar y proponer metodologías y procedimientos estadísticos a ser aplicados por las distintas áreas del Instituto y organismos integrantes del Sistema Estadístico Nacional en operativos censales, encuestas y registros administrativos.

2.- Establecer definiciones, normas y clasificaciones homogéneas que permitan garantizar la comparabilidad de la información requerida por el Programa Anual de Estadística y Censos, supervisando su aplicación.

3.- Estudiar y desarrollar normas metodológicas, métodos de estimación y estimadores, y promover el monitoreo y la evaluación de los procedimientos implementados y sus resultados.

4.- Ejecutar la actualización permanente y la administración de los marcos muestrales nacionales para la realización de encuestas de representatividad nacional, regional, subregional y provincial en el territorio nacional.

5.- Establecer las normas de producción y actualización cartográfica para el Sistema Estadístico Nacional, y las metodologías de aplicación para la generación de una base de datos cartográficos integrada.

6.- Promover la realización de estudios y proyectos de investigación estadística.

SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA

DIRECCION NACIONAL DE DESREGULACION ECONOMICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Efectuar el diseño y ejecutar las medidas tendientes a aplicar la política de desregulación económica y defensa de la competencia que fije el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ACCIONES

1.- Efectuar los estudios necesarios para la elaboración de medidas de desregulación económica.

2.- Efectuar el seguimiento y evaluación de los resultados de las normas de desregulación, proponiendo las adecuaciones que correspondan.

3.- Colaborar con los organismos competentes en cada materia específica en la formulación e implementación de las medidas de desregulación.

4.- Proponer medidas de desregulación relacionadas con otras políticas públicas, asegurando su coherencia y consistencia interna.

5.- Asegurar, cuando corresponda, la función de contraparte local en los proyectos de reforma del sector público y desregulación tanto financieros como de asistencia técnica, dentro del ámbito de su competencia.

SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA

SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejecutar las políticas vinculadas con la Defensa del Consumidor, Lealtad Comercial y Metrología Legal y fiscalizar todo lo relacionado con el cumplimiento de la normativa aplicable.

ACCIONES

1.- Elaborar y proponer normas y medidas tendientes a la defensa del consumidor.

2.- Desarrollar y dirigir los estudios vinculados a la elaboración de normas y fiscalizar su aplicación para asegurar la lealtad comercial.

3.- Controlar las actividades relacionadas con metrología legal, publicidad y normalización de productos con el objeto de proteger los intereses nacionales, públicos y privados.

4.- Coordinar la verificación del cumplimiento de la reglamentación y asistir a la implementación de políticas para su divulgación.

5.- Coordinar el establecimiento y mantenimiento de los contactos sobre temas de consumo con otros organismos públicos y privados y con las asociaciones privadas de consumidores, y administrar el registro respectivo.

6.- Asistir a la Subsecretaría en la elaboración y seguimiento de la normativa de Metrología Legal y Lealtad Comercial en el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y proponer los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban dictarse.

7.- Coordinar la propuesta y elaboración de normas y medidas relacionadas con el aumento de la oferta de bienes y servicios.

8.- Coordinar las acciones que requieran de una participación activa de la Secretaría en el marco normativo del Acuerdo sobre obstáculos "Técnicos al Comercio" contemplado en el Acta Final de Marrakech del 15 de abril de 1994, internalizado mediante la Ley N° 24.425.

9.- Realizar análisis y estudios de los Acuerdos multilaterales o bilaterales que negocia la REPUBLICA ARGENTINA a nivel internacional y que involucran tanto las reglamentaciones técnicas como los procedimientos de evaluación de la conformidad en los temas que se le encomienden.

10.- Asumir la responsabilidad de coordinar todas las acciones a través del "Punto Focal" a fin de centralizar el sistema interno y externo de medidas que puedan ser identificadas como Obstáculos Técnicos al Comercio.

SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA

SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

UNIDAD SISTEMA NACIONAL DE ARBITRAJE DE CONSUMO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejercer las funciones de superintendencia del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo.

ACCIONES

1.- Administrar el Registro Nacional de Representantes de Asociaciones de Consumidores y el Registro Nacional de Representantes de Asociaciones Empresariales que integrarán los Tribunales Arbitrales de Consumo.

2.- Administrar el Registro de Arbitros Institucionales del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo.

3.- Administrar el Registro de Oferta Pública de Adhesión al Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo, a cuyo efecto entregará el distintivo correspondiente a las personas físicas y jurídicas inscriptas en el mismo.

4.- Recepcionar y evaluar las solicitudes de arbitraje efectuadas por los consumidores, asesorando sobre su procedencia a la superioridad, y efectuar las notificaciones de las admitidas a los proveedores reclamados.

5.- Recepcionar las aceptaciones de los arbitrajes efectuadas por los proveedores reclamados que suscribirán el compromiso arbitral.

6.- Confeccionar y diligenciar las notificaciones a los consumidores y proveedores, para que en el plazo procesal oportuno designen los árbitros de los sectores que los representen.

7.- Realizar los sorteos de los árbitros inscriptos en los registros correspondientes en los supuestos en que las partes no hayan procedido a su designación, una vez transcurrido el plazo para efectuarlo.

8.- Una vez conformado el Tribunal, efectuar las notificaciones a las partes involucradas y a los árbitros que conformarán el Tribunal Arbitral, de la fecha y hora en que se celebrará la audiencia.

9.- Efectuar el seguimiento y control de los expedientes como así también de la observación de los plazos legales.

10.- Confeccionar los oficios para los supuestos en que se disponga la apertura a prueba.

11.- Llevar el registro de laudos, como así también de los actos administrativos —disposiciones— suscriptos por la superioridad y los dictados en el marco de la función de superintendencia asignada.

12.- Disponer el archivo de los expedientes concluidos y llevar un registro al efecto.

13.- Elaborar estadísticas que reflejen la evolución de los arbitrajes solicitados, informando de ello al Subsecretario.

SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA

COMISION NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

OBJETIVOS

Asegurar el correcto funcionamiento de los mercados garantizando la libre competencia, investigando, previniendo y aconsejando la sanción respecto a actos o conductas relacionadas con la producción e intercambio de bienes y servicios que limiten, restrinjan o distorsionen la competencia o que constituyan abuso de posición dominante en los mercados.

SECRETARIA DE FINANZAS

SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO

OFICINA NACIONAL DE CREDITO PUBLICO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Programar, ejecutar y controlar las Operaciones de Crédito Público del Sector Público Nacional.

Administrar y registrar la deuda pública.

Participar de la programación financiera del Sector Público Nacional.

ACCIONES

1.- Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera que, para el Sector Público Nacional, elabore el órgano coordinador de los sistemas de administración financiera.

2.- Entender en la formulación y mantenimiento de un sistema de información a los mercados financieros internos y externos, manteniendo las relaciones con los participantes de los mismos, los organismos de control y las agencias de calificación de riesgo crediticio.

3.- Asesorar y sugerir mecanismos para el fortalecimiento del Crédito Público.

4.- Coordinar las operaciones de financiamiento del Sector Público Nacional.

5.- Normalizar los procedimientos de emisión, colocación y rescate de empréstitos, así como los de negociación, contratación y amortización de préstamos, en todo el ámbito del Sector Público Nacional.

6.- Apoyar y orientar las negociaciones que se realicen para emitir empréstitos o contratar préstamos e intervenir en las mismas.

7.- Intervenir, en los aspectos vinculados al Crédito Público, en la formulación del proyecto de Ley de Presupuesto Anual de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional.

8.- Intervenir en las operaciones de Crédito Público del Tesoro Nacional.

9.- Preparar los proyectos de contratos de la Administración Pública Centralizada y organismos descentralizados a excepción de aquellos con los organismos multilaterales de crédito.

10.- Realizar la negociación de contratos de Crédito Público, incluyendo la colocación de empréstitos, tanto internos como externos.

11.- Requerir de los organismos que gestionan operaciones de Crédito Público, información completa sobre los objetivos perseguidos, destino específico de los recursos, viabilidad de la operación y mecanismos que aseguren el repago.

12.- Dictaminar sobre los proyectos de contratos de Crédito Público de las Empresas y Sociedades del Estado.

13.- Participar en la negociación de contratos de Crédito Público interno y externo de las Empresas y Sociedades del Estado.

14.- Analizar la composición por moneda y tipo de interés de la Deuda Pública, así como posibilidades de arbitraje que hagan a un adecuado manejo de la misma.

15.- Ejecutar las operaciones de manejo de pasivos conforme las directivas del señor Subsecretario.

16.- Desarrollar un sistema de medición de riesgos financieros de los pasivos del Gobierno Nacional.

17.- Monitorear el comportamiento del mercado secundario de los instrumentos de Crédito Público, tanto en el país como en el exterior.

18.- Mantener un registro actualizado sobre el endeudamiento público debidamente integrado al sistema de contabilidad gubernamental.

19.- Llevar el registro de la emisión y seguimiento de los avales otorgados por el Tesoro Nacional, así como el estado de vigencia de los mismos.

20.- Ejercer el control y supervisión del destino de los fondos provenientes de la utilización del crédito interno y externo, cuando la operación determine una utilización específica. Controlar que los recursos provenientes de las operaciones de Crédito Público cumplan el destino y las condiciones estipuladas en los distintos contratos.

21.- Atender todo lo relativo a la consolidación de la Deuda Pública dispuesta por las Leyes Nos. 23.982 y 25.344 y sus modificatorias y complementarias, originada en las jurisdicciones y entidades de la Administración Nacional.

22.- Asistir al señor Subsecretario de Financiamiento en los aspectos relativos a la administración de los activos financieros del Estado Nacional.

SECRETARIA DE HACIENDA

DIRECCION OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Programar, ejecutar, registrar y controlar la ejecución de las partidas presupuestarias asignadas a la Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro y ejercer las funciones de coordinación de los programas presupuestarios de la SECRETARIA DE HACIENDA, en sus fases de elaboración, ejecución y control, todo ello de acuerdo con lo puntualmente determinado por la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y en el contexto de la normativa general.

ACCIONES

1.- Aplicar y controlar los procedimientos administrativo-contables a la ejecución presupuestaria de la jurisdicción 91, siendo responsable del estado de compromisos y fondos disponibles conforme el Presupuesto de Gastos y Recursos correspondiente.

2.- Elaborar los estados contables mensuales y la Cuenta de Inversión Anual de la jurisdicción.

3.- Cumplimentar lo dispuesto en el Decreto N° 1929 de fecha 15 de setiembre de 1993.

4.- Asistir en la elaboración, y consolidar la información, para el anteproyecto de Presupuesto de los Programas correspondientes a la SECRETARIA DE HACIENDA.

5.- Controlar y evaluar la ejecución presupuestaria de los Programas de la SECRETARIA DE HACIENDA.

6.- Ejercer las funciones de enlace permanente con la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL en lo vinculado con los recursos humanos, financieros y patrimoniales asignados a la SECRETARIA DE HACIENDA, tomando la pertinente intervención en las tramitaciones y actos administrativos a que hubiere lugar en cumplimiento de la reglamentación vigente.

7.- Asesorar, en materia de su competencia, al señor Secretario de Hacienda.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

UNIDAD DE INFORMATICA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en todo lo relacionado con la planificación, integración y administración de la plataforma informática y de comunicaciones, el desarrollo de sistemas, la capacitación, apoyo a usuarios y asesoría informática para la SECRETARIA DE HACIENDA y unidades organizacionales vinculadas al Sistema de Administración Financiera, con vistas a lograr eficacia y eficiencia en el procesamiento de la información.

ACCIONES

1.- Entender en la formulación de la estrategia y planes informáticos a corto y mediano plazo.

2.- Dar soporte y asesoramiento informático a las autoridades, administradores de sistemas de los distintos sectores y usuarios finales.

3.- Ejecutar las acciones destinadas a asegurar el correcto funcionamiento del equipamiento informático central y su vinculación con los de las unidades del Sector Público Nacional que participan del Sistema de Administración Financiera.

4.- Entender en la definición y/o adaptación de metodologías y normas de desarrollo de sistemas y su documentación, así como en la selección de la plataforma informática y el ambiente de desarrollo y ejecución de los sistemas.

5.- Intervenir en la definición de la plataforma de comunicaciones que permita la vinculación a nivel sistemas con los Servicios Administrativos Financieros del Sector Público Nacional.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento del sistema presupuestario del Sector Público Nacional.

ACCIONES

1.- Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el Sector Público Nacional, elabore la SECRETARIA DE HACIENDA.

2.- Elaborar y proponer al señor Subsecretario de Presupuesto la política presupuestaria del Sector Público Nacional.

3.- Preparar el proyecto de Ley de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional y fundamentar su contenido.

4.- Dictar las normas técnicas para la formulación, modificación y evaluación de los presupuestos de la Administración Nacional y las Empresas Públicas.

5.- Aprobar, juntamente con la Tesorería General de la Nación, la programación de la ejecución del presupuesto de la Administración Nacional preparada por las jurisdicciones y entidades que la conforman.

6.- Coordinar los procesos de ejecución presupuestaria.

7.- Presentar a consideración del señor Subsecretario de Presupuesto o aprobar, según lo determinen las reglamentaciones, las solicitudes de modificaciones presupuestarias presentadas por las jurisdicciones y entidades ejecutoras de los respectivos presupuestos.

8.- Normatizar y evaluar la ejecución de los presupuestos.

9.- Elaborar y elevar el presupuesto consolidado del Sector Público Nacional y efectuar proyecciones financieras de dicho sector y de sus subsectores integrantes.

10.- Informar los proyectos de presupuesto de las Empresas Públicas y elevarlos para su aprobación por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

11.- Asesorar en materia presupuestaria a todos los organismos del Sector Público Nacional.

12.- Preparar la información presupuestaria prevista por la Ley N° 24.629 (Normas para la Ejecución del Presupuesto y la Reorganización Administrativa).

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

DIRECCION NACIONAL DE OCUPACION Y SALARIOS DEL SECTOR PUBLICO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Analizar, coordinar y fiscalizar la elaboración de niveles salariales y sistemas de remuneraciones del Sector Público Nacional, en el marco de la política salarial establecida por el Gobierno Nacional.

Participar en el desarrollo, coordinación y ejecución del Sistema Integrado de Información Física y Financiera en la parte correspondiente a los recursos humanos y salariales.

Atender las tareas de apoyo técnico y administrativo necesarias para el funcionamiento de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.

ACCIONES

1.- Analizar las propuestas sobre modificaciones salariales o retributivas en el Sector Público Nacional, determinando sus costos e incidencias presupuestarias, proponiendo alternativas para su financiamiento.

2.- Intervenir en las negociaciones salariales del Sector Público en representación del ESTADO NACIONAL con el alcance establecido en las Leyes Nros. 24.250 y 24.185 y la normativa reglamentaria.

3.- Implementar y administrar la Plataforma Mínima de Información Salarial Presupuestaria en los términos del Decreto N° 645 de fecha 4 de mayo de 1995 y el Artículo 72 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 1999) y desarrollar a partir de la misma el Sistema Integrado de Recursos Humanos.

4.- Coordinar con la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la definición e implementación de sistemas de procesamiento integral de Recursos Humanos del Sector Público.

5- Administrar el Sistema de Formulación de Presupuesto de Gastos en Personal (PROA).

6.- Mantener información actualizada de ocupación y salarios del Sector Público.

7.- Elaborar estadísticas relacionadas con los temas de su competencia.

8.- Mantener las relaciones que correspondan con el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS (INDEC), en el marco del Sistema Estadístico Nacional (Decreto N° 1831 de fecha 1 de setiembre de 1993 y sus modificatorios, Anexo I, punto 14).

9.- Asistir y asesorar técnicamente en el análisis de los temarios de las reuniones con organismos nacionales o internacionales en los que se traten asuntos que se refieran o afecten temas de su competencia.

10.- Entender en las funciones de la Secretaría de la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

TESORERIA GENERAL DE LA NACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Planificar, dirigir, coordinar y evaluar el sistema de administración de fondos del Sector Público Nacional No Financiero.

ACCIONES

1.- Participar en la formulación de los aspectos monetarios de la política financiera que elabore la SECRETARIA DE HACIENDA para el Sector Público Nacional.

2.- Elaborar, juntamente con la Oficina Nacional de Presupuesto, la programación de la ejecución del presupuesto de la Administración Nacional y programar el flujo de fondos de la Administración Central.

3.- Centralizar la recaudación de los recursos del Tesoro Nacional y disponer los pagos de las obligaciones que se generen.

4.- Administrar el fondo unificado de la Administración Nacional y la Cuenta Unica del Tesoro.

5.- Elaborar anualmente y por períodos, el presupuesto de caja del Sector Público Nacional no financiero y realizar el seguimiento de evaluación de su ejecución.

6.- Emitir opinión previa sobre las inversiones temporales de fondos que realicen las entidades del Sector Público Nacional No Financiero en instituciones financieras del país o del extranjero.

7.- Custodiar los títulos y valores de propiedad de la Administración Central o de terceros, que se pongan a su cargo.

8.- Proponer la colocación de instrumentos de financiamiento de corto plazo.

9.- Ejercer la supervisión técnica de todas las tesorerías que operen en el ámbito del Sector Público Nacional No Financiero.

10.- Incorporar el registro del movimiento diario de fondos operado en la Caja y Cuentas Bancarias administradas por el Tesoro Nacional al Sistema Integrado de Información Financiera.

11.- Efectuar el recupero de créditos y la gestión de cobranzas de las contribuciones y otros recursos no tributarios que deban ingresar al Tesoro Nacional.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

CONTADURIA GENERAL DE LA NACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Prescribir, dirigir, coordinar, sustentar y evaluar el desarrollo y aplicación del Sistema de Contabilidad Gubernamental en el ámbito del Sector Público Nacional.

ACCIONES

1.- Establecer las normas de contabilidad gubernamental para el Sector Público Nacional, determinando la metodología contable a aplicar y la periodicidad, estructura y características de los estados contables y financieros a producir por los entes alcanzados.

2.- Prescribir sistemas contables a ser desarrollados e implantados por los entes públicos, de acuerdo a su naturaleza jurídica, características operativas y requerimientos de información, y evaluar su funcionamiento.

3.- Asesorar y asistir técnicamente a las entidades públicas en la aplicación del sistema de contabilidad gubernamental.

4.- Coordinar los procedimientos necesarios que posibiliten el registro contable primario de las actividades desarrolladas por los entes que conforman el Sector Público Nacional.

5.- Llevar la contabilidad general de la Administración Central, consolidando datos de los servicios jurisdiccionales, a efectos de producir estados contables y financieros.

6.- Administrar un sistema de información financiera que permita conocer permanentemente la gestión presupuestaria, de caja y patrimonial, y los resultados operativo, económico y financiero de la Administración Central, de cada entidad descentralizada y del Sector Público Nacional en su conjunto.

7.- Elaborar las cuentas económicas del Sector Público Nacional de acuerdo con el sistema de cuentas nacionales.

8.- Preparar anualmente la Cuenta de Inversión, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 75, inciso 8 de la CONSTITUCION NACIONAL.

9.- Mantener el archivo general de documentación financiera de la Administración Nacional.

10.- Coordinar con las provincias y con el Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES los aspectos inherentes a los sistemas de información financiera que permitan consolidar la información contable de todo el Sector Público Nacional.

11.- Organizar y mantener un sistema permanente de compensación de deudas de los entes del Sector Público Nacional.

12.- Elaborar trabajos de investigación contable sobre la base de relevamientos de la legislación comparada a nivel nacional e internacional a los fines de perfeccionar la gestión del Sector Público Nacional.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION FISCAL CON LAS PROVINCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar la coordinación de todo lo referente a los aspectos fiscales y financieros de la relación entre la Nación y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales, a fin de asegurar la integración y compatibilización con las Cuentas Públicas Nacionales.

Realizar el seguimiento y proyección de las Cuentas Públicas locales, a través de la instrumentación de un Sistema de Información de Gestión Financiera.

Coordinar el relevamiento del endeudamiento provincial y municipal, y evaluar su impacto en las finanzas públicas.

ACCIONES

1.- Coordinar los aspectos fiscales y financieros de la relación entre el Gobierno Nacional y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales y su compatibilización con las Cuentas Fiscales Nacionales.

2.- Intervenir en la puesta en marcha del sistema de información de Gestión Financiera Provincial y Municipal, compatible con los sistemas de información financiera provinciales que se diseñen en el marco de la Ley N° 24.156, de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, a efectos de compilar, sistematizar y analizar la información fiscal y financiera vinculada con los Sectores Públicos Provinciales y Municipales.

3.- Efectuar la coordinación y compatibilización de las políticas fiscales nacionales y provinciales elaborando propuestas de Regímenes de Coparticipación de Impuestos Nacionales, transferencias de la Administración Nacional, reformas tributarias nacionales, refinanciación de pasivos y seguimiento de las metas fiscales y financieras acordadas con las Jurisdicciones Provinciales.

4.- Intervenir en el diseño y seguimiento de los acuerdos celebrados y a celebrarse entre el ESTADO NACIONAL y los Gobiernos Provinciales, en lo que respecta a los aspectos financieros y fiscales que involucran a cada nivel de gobierno.

5.- Analizar e implementar los aspectos financieros de la transferencia de los Sistemas Provinciales de Previsión Social al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) y realizar el estudio de alternativas para su financiamiento.

6.- Intervenir en el diseño, elaboración y seguimiento de los programas financiados por Organismos Multilaterales de Crédito en relación a los aspectos fiscales y financieros de las Provincias, a efectos de homogeneizar las políticas públicas nacionales.

7.- Participar en Comisiones, Consejos y/u Organismos de carácter federal con intervención del Gobierno Nacional, que traten temas relativos a las relaciones fiscales y financieras entre el ESTADO NACIONAL y los Estados Provinciales y Municipales.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON PROVINCIAS

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES ECONOMICAS CON LAS PROVINCIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Contribuir a la dinamización de las actividades productivas fortaleciendo las capacidades institucionales locales promoviendo un esfuerzo común y compartido de los productores, empresarios e instituciones empresariales, técnicas y gubernamentales de las provincias con menor desarrollo relativo, mediante la asistencia y capacitación de los actores comprometidos, en los aspectos de su competencia.

ACCIONES

1.- Promover la articulación de las medidas fiscales con las políticas económicas y financieras a nivel de los Gobiernos Provinciales y Locales.

2.- Efectuar la evaluación del impacto de las medidas económicas en los gobiernos provinciales y locales en los sectores públicos y en su financiamiento.

3.- Ampliar y fortalecer las capacidades técnicas y operativas del tejido institucional productivo, público y privado, a nivel nacional, regional y provincial en los aspectos financieros, fiscales y presupuestarios.

4.- Fomentar la articulación y colaboración entre los agentes públicos y privados de una misma provincia y con los de otras provincias a fin de mejorar sus servicios de apoyo al sector productivo en los aspectos de su competencia.

5.- Promover una actuación más eficiente y efectiva del sector público provincial en relación con la dinámica productiva nacional en los aspectos de su competencia.

6.- Brindar asistencia para implantar programas destinados a reducir la brecha existente entre las jurisdicciones poco desarrolladas y las más ricas, evaluando los requerimientos de los sectores productivos.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACIONES Y ANALISIS FISCAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Efectuar estudios y proyecciones de los recursos tributarios del Sector Público, analizar su impacto sobre las cuentas fiscales y su interrelación con las variables macroeconómicas fundamentales y con las demás políticas públicas.

ACCIONES

1.- Supervisar la elaboración del cálculo de recursos tributarios para el presupuesto nacional y todos aquellos requeridos por las autoridades.

2.- Coordinar estudios e investigaciones sobre la incidencia de la política fiscal en la ECONOMIA nacional; así como también la evaluación de los efectos de cambios en las condiciones económicas locales e internacionales sobre los recursos tributarios.

3.- Coordinar los estudios tendientes a determinar el grado de cumplimiento de los objetivos en materia de recursos tributarios y proponer las medidas para subsanar los desvíos que se produzcan.

4.- Intervenir en la evaluación del costo fiscal de los regímenes de promoción de actividades económicas y del comercio exterior y proponer las modificaciones necesarias para compatibilizar los objetivos fiscales con los objetivos sectoriales y regionales. Asesorar a la comisión creada por la Ley N° 23.658.

5.- Intervenir en la evaluación de la política tributaria sobre los servicios públicos.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION NACIONAL DE IMPUESTOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar la elaboración y propuesta de la normativa relacionada con la materia tributaria; asesorar en la interpretación de los sistemas impositivos, aduaneros y de los recursos de la seguridad social y en los aspectos referidos a estímulos, franquicias, desgravaciones, exenciones impositivas y aduaneras, ya sean específicos o contenidos en regímenes especiales; asesorar en los aspectos relacionados con la supervisión que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a través de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, ejerce sobre el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, participar en las negociaciones de acuerdos impositivos y aduaneros internacionales y asesorar en la interpretación de los mismos; intervenir en las sesiones que lleven a cabo organismos nacionales o internacionales cuando se traten aspectos relacionados con las materias impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.

ACCIONES

1.- Asesorar en todo lo relacionado con los sistemas nacionales impositivos, aduanero y de los recursos de la seguridad social; proponer las reformas que se introduzcan a los mismos y coordinar la participación en la elaboración de proyectos de normas legales sobre dichas materias. Asesorar en todo lo relacionado con los instrumentos de estímulo y promoción contenidos en los sistemas nacionales impositivo y aduanero y en las leyes de creación de regímenes especiales y sus normas complementarias.

Participar en la elaboración de proyectos de creación, otorgamiento, fijación y modificación de cada uno de los regímenes especiales de estímulo y de promoción económica, en los aspectos con incidencia en materia impositiva y aduanera, y en la interpretación de las leyes de creación de dichos regímenes en los aspectos antes citados.

2.- Asesorar en lo concerniente a la superintendencia de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION sobre el TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION y sobre aspectos relacionados con las acciones de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), en la resolución de los recursos y apelaciones interpuestas contra actuaciones de dichos organismos, intervenir en el trámite de oficios y recursos que guarden relación con temas vinculados a aspectos impositivos, aduaneros y de los recursos de la seguridad social.

3.- Asesorar en las presentaciones de carácter general o particular relacionadas con las normas legales vigentes en materia impositiva, aduanera, de los recursos de la seguridad social, de estímulos, de regímenes especiales y de acuerdos tributarios internacionales, como asimismo asesorar en el dictado de actos administrativos particulares relacionados con dichas materias y en la elevación de propuestas de otorgamiento de cualquier tipo de estímulo, franquicias, desgravación o exención fiscal. Asistir a la Comisión Asesora creada por el Artículo 18 de la Ley N° 23.658.

4.- Participar en las negociaciones sobre acuerdos tributarios internacionales para evitar la doble imposición y asesorar en la interpretación de las cláusulas convencionales, a través de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, de acuerdo con la competencia que le atribuyen específicamente los tratados a la SECRETARIA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; el análisis del funcionamiento de los convenios amplios suscriptos con otros países; y la realización de estudios sobre legislación tributaria interna en vigor.

5.- Participar por medio de sus representantes en la Comisión Federal de Impuestos, en la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral, en los distintos comités de la Organización Mundial de las Aduanas (ex-Consejo de Cooperación Aduanera) y de la Organización Mundial del Comercio (ex- GATT), de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), de la ORGANIZACION DE ESTADOS AMERICANOS (OEA) y en las sesiones de otros organismos o grupos de trabajo nacionales e internacionales de carácter técnico relacionados con los temas de su competencia en materia aduanera, impositiva y de los recursos de la seguridad social; asesorar en los aspectos vinculados con los temas involucrados en dicha participación.

SECRETARIA DE HACIENDA

SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION NACIONAL DE INCENTIVOS PROMOCIONALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar y proponer planes y programas de control de utilización de beneficios promocionales que sean requeridos, para complementar los que desarrollen los organismos con competencia en dicho control, analizando los resultados obtenidos y asesorando sobre las distintas alternativas a seguir.

Intervenir en la evaluación de la concesión de beneficios y asesorar en todos los aspectos —excepto técnico-tributarios— relacionados con los regímenes de promoción económica, cuando la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION actúe como Autoridad de Aplicación.

ACCIONES

1.- Coordinar la elaboración y proponer planes y recomendaciones sobre el control de la utilización de beneficios promocionales para ser aplicados por organismos que por su competencia, originaria o delegada, actúen en el control de los proyectos promovidos, coordinando el accionar de dichos planes; asesorar sobre las propuestas de aplicación de sanciones por infracciones a los regímenes de promoción económica e intervenir en la tramitación de las denuncias que realice la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION u otros organismos o particulares.

2.- Asesorar en todos los aspectos —excepto técnico-tributarios— relativos a la normativa y correcta utilización de la promoción económica; elaborar y proponer la modificación a la normativa promocional y sus criterios y metodologías de uso, participar en sesiones de organismos o grupos de trabajo, nacionales, o internacionales, de carácter técnico vinculadas a la materia promocional económica.

3.- Coordinar el análisis y asesorar sobre el dictado de actos administrativos particulares, que prevean o no el otorgamiento de incentivos promocionales, pudiendo proponer modificaciones a dichos actos aun cuando la propuesta provenga de organismos en los que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION hubiera delegado ciertas funciones y en las presentaciones de carácter general o particular relacionadas con la normativa promocional.

4.- Diseñar, proyectar y coordinar el relevamiento de datos de regímenes de promoción económica que contengan incentivos, así como también su evaluación a fin de proponer modificaciones o sustitución a la modalidad de los mismos por otro sistema.

5.- Coordinar la asistencia a la Comisión Asesora a que se refiere el Artículo 18 de la Ley N° 23.658, en materia de su competencia.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

DIRECCION NACIONAL DE SERVICIOS AGROPECUARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar el seguimiento, supervisión y fiscalización del cumplimiento de los compromisos contractuales y de las normas y regulaciones a que deben sujetarse los servicios públicos concesionados y/o privatizados por la Secretaría; la evaluación de los planes y programas de la jurisdicción y la interacción con las Delegaciones Regionales.

ACCIONES

1.- Administrar el sistema de seguimiento, control de gestión y evaluación de resultados de las actividades de los adjudicatarios de las concesiones y de las privatizaciones de servicios necesarios para el funcionamiento del sector.

2.- Proponer normas y mecanismos para el desarrollo de las actividades mencionadas, consolidando y difundiendo la información correspondiente.

3.- Proponer las sanciones derivadas del incumplimiento de los compromisos contraídos y de la normativa establecida para la prestación de los servicios agropecuarios concesionados y/o privatizados.

4.- Intervenir en la superación de los diferendos derivados de la prestación de los servicios agropecuarios concesionados y/o privatizados a requerimiento de los usuarios y/o prestadores.

5.- Coordinar el seguimiento y evaluación de resultados de los planes y programas vinculados al quehacer de la Secretaría y sus organismos descentralizados.

6.- Coordinar el accionar de las delegaciones y su interrelación con las distintas áreas de la Secretaría.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION

DIRECCION NACIONAL DE ECONOMIA Y DESARROLLO REGIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Coordinar la elaboración de propuestas de políticas de desarrollo agropecuario y forestal, la formulación y seguimiento de proyectos sectoriales con financiamiento interno y/o externo y consolidar la planificación del Sector Público Agropecuario.

ACCIONES

1.- Diseñar y proponer políticas de desarrollo sectorial, regional y rural, compatibilizándolas con las políticas macroeconómicas y la gestión sustentable de los recursos, coordinando la preparación de planes, programas y proyectos de inversión, identificando fuentes de financiamiento nacionales e internacionales.

2.- Dirigir la realización de estudios e investigaciones macro y microeconómicas para la formulación de políticas destinadas a evitar inequidades y/o corregir distorsiones estructurales en los sectores agropecuario y forestal, en sus cadenas primaria y agroindustrial, tendientes al fomento de la competitividad e inserción externa de la producción nacional.

3.- Coordinar la gestión de las negociaciones de cooperación técnica y/o financiera internacionales, bilaterales o multilaterales, con organizaciones públicas y/o privadas.

4.- Coordinar la elaboración de propuestas para la utilización de diferentes instrumentos de política crediticia, impositiva, previsional y laboral, analizando el impacto de las mismas en las actividades agrícola, ganadera, forestal y agroindustrial.

5.- Supervisar la ejecución de acciones tendientes a impulsar la modernización, reconversión, complementación y diversificación de las economías regionales, tanto en la producción primaria como en la cadena agroindustrial asociada.

6.- Diseñar y gestionar planes, programas y proyectos destinados a superar las condiciones de pobreza rural, asistir a productores agropecuarios, mujeres rurales y organizaciones de productores, coordinando esta acción con organismos internacionales, nacionales, provinciales, municipales y de la sociedad civil.

7.- Coordinar, dentro del marco de su competencia, la aplicación de la normativa vigente relacionada con el tratamiento de las situaciones de emergencia y/o desastre agropecuario en el ámbito nacional.

8.- Impulsar la utilización de mecanismos de disminución del riesgo en la producción primaria y desarrollar instrumentos de cobertura de riesgos.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION

DIRECCION NACIONAL DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y FORESTAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración y ejecución de políticas nacionales de producción agrícola, ganadera, agroindustrial no alimentaria y forestal, estableciendo mecanismos permanentes de consulta y concertación con los Gobiernos Provinciales y entidades representativas de los diferentes sectores de la producción y la agroindustria.

ACCIONES

1.- Analizar la evolución y promover la producción agrícola, ganadera, frutihortícola, forestal y sus derivados, mediante actividades que propendan a mejorar la productividad a través del desarrollo y difusión de nuevas tecnologías y la conservación de los recursos.

2.- Elaborar y ejecutar políticas de promoción y desarrollo de las diferentes fases del proceso de producción agrícola, agroindustrial no alimentario, frutihortícola, ganadera y forestal, en coordinación con los organismos nacionales y provinciales que correspondan.

3.- Promover la sostenibilidad de las actividades agrícolas, ganaderas, frutihortícola, forestal y sus derivados.

4.- Promover la adopción de tecnologías de riego y drenaje que fortalezcan la sostenibilidad de los sistemas productivos y la protección de los recursos suelo y agua.

5.- Asesorar sobre pautas a seguir en materia de control ambiental durante las distintas etapas del quehacer específico de su área, coordinando dicho accionar con los organismos competentes.

6.- Promover la implementación de las innovaciones tecnológicas, especialmente en lo atinente a la biotecnología y recursos genéticos.

7.- Promover la adopción de buenas prácticas agrícolas, ganaderas y forestales en un marco de respeto por el medio ambiente.

8.- Promover la adopción de sistemas de producción orgánica.

9.- Desarrollar las acciones necesarias para asistir en el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Promoción y Fomento de Carne Equina para Consumo.

10.- Desarrollar las acciones necesarias para asistir en el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley que establece el Régimen de Promoción para Bosques Cultivados.

11.- Asistir en los temas vinculados con la aplicación de la Ley de Recuperación de la Ganadería Ovina.

12.- Participar en la red de captación de información georreferencial a utilizar en el análisis y preservación de los recursos forestales.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS

DIRECCION NACIONAL DE MERCADOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la promoción, desarrollo, seguimiento, análisis, evaluación y fiscalización de mercados agropecuarios y agroindustriales.

ACCIONES

1.- Promover el desarrollo de mercados agroalimentarios y agroindustriales en el ámbito nacional e internacional.

2.- Coordinar la elaboración de propuestas de negociación bilateral y multilateral, participando, además, en procesos de integración regional en materia agroalimentaria y/o afines.

3.- Efectuar el seguimiento de los mercados nacionales e internacionales, evaluando sus potencialidades y tendencias, difundiendo la información correspondiente.

4.- Diseñar, proponer y ejecutar políticas tendientes a mejorar la evolución, transparencia y el desempeño de los mercados agroalimentarios y agroindustriales nacionales.

5.- Monitorear el proceso de formación de precios en los Mercados, Bolsas y Cámaras de granos y subproductos en el país, sean éstas gremiales o arbitrales, supervisando los mercados de futuro y opciones de naturaleza agropecuaria, proponiendo las acciones que correspondan, conforme a la normativa vigente en la materia.

6.- Proponer la fijación de los valores FOB mínimos e índices de exportación, de conformidad con lo establecido en la legislación que aprueba las normas para exportación de productos de origen agrícola.

7.- Informar, asesorar y capacitar a los operadores sectoriales en aspectos vinculados con el comercio agroalimentario.

8.- Coordinar las actividades de las Consejerías Agrícolas en el exterior y su vinculación con las diferentes áreas de la Secretaría, canalizando los requerimientos de información y/o apoyo logístico que demanden las mismas.

9.- Coordinar las acciones vinculadas a la promoción y desarrollo de la actividad hípica, efectuando el seguimiento de la aplicación de la normativa vinculada al sector.

10.- Formular la asignación, administrar, manejar operativamente y controlar, las cuotas correspondientes a los diferentes productos agroindustriales con destino a la exportación.

11.- Monitorear el acceso a mercados internacionales de productos argentinos, detectando oportunidades comerciales y la aplicación de prácticas desleales por terceros países.

12.- Asistir a los exportadores argentinos de agroalimentos en materia de información acerca de situación de mercados, acceso a los mismos y condiciones internacionales para la exportación.

13.- Coordinar las tareas vinculadas a la aplicación y contralor de la Ley N° 9643, referida a warrants y certificados de depósito.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE POLITICA AGROPECUARIA Y ALIMENTOS

DIRECCION NACIONAL DE ALIMENTOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar planes, programas y proyectos, de nivel global y sectorial, para el fortalecimiento de la competitividad del sistema agroalimentario, haciendo énfasis en la inocuidad, seguridad y calidad.

ACCIONES

1.- Coordinar los estudios tendientes a la identificación de los factores que afectan la competitividad de los productos alimentarios a nivel nacional e internacional, promoviendo su superación.

2.- Coordinar con los distintos organismos con competencia en la materia y las cámaras representantes del sector alimentario acciones conducentes a promover la calidad de los productos.

3.- Promover la adopción de signos oficiales de calidad, asistiendo en el cumplimiento de lo dispuesto en la legislación relativa a certificación de procedencia y denominaciones de origen y en lo concerniente a producciones ecológicas, biológicas u orgánicas.

4.- Promover la adopción de procesos que aseguren la calidad, especialmente aquellos relacionados con las buenas prácticas de manufactura y de mecanismos de certificación voluntaria de los alimentos.

5.- Proponer y ejecutar programas de capacitación y asesoramiento en materia de producción, transformación, industrialización y aplicación de la innovación tecnológica conducentes a mejorar la competitividad del sector alimentario.

6.- Proponer políticas dirigidas a la unificación y simplificación de normativas y estrategias vinculadas a la producción de alimentos.

7.- Participar en los foros técnicos que entiendan en la problemática alimentaria nacional.

8.- Asistir al señor Subsecretario de Política Agropecuaria y Alimentos en los aspectos relacionados con el Codex Alimentarius y el Código Alimentario Argentino, todo ello en el ámbito de su competencia específica.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION PESQUERA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura en la formulación y ejecutar las políticas de ordenación, fomento y regulación de la pesca y la acuicultura, la industrialización, comercialización y transporte de sus productos en forma racional y eficiente, manteniendo el necesario equilibrio entre el esfuerzo de pesca y el máximo aprovechamiento sostenible de las especies que componen el ecosistema. Entender en el estudio y diagnóstico de la problemática pesquera, así como en el diseño y aplicación de las medidas adecuadas de manejo de los recursos de la pesca y la acuicultura, fiscalizando su cumplimiento.

ACCIONES

1.- Coordinar la ejecución y asesorar al señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura en la formulación de los planes de desarrollo a corto, mediano y largo plazo para la pesca y la acuicultura.

2.- Elaborar estudios y diagnosticar sobre todo lo relativo a la problemática pesquera, en especial las cuestiones de economía pesquera, tecnología de captura, proceso y comercialización de productos y subproductos de la pesca.

3.- Asistir al señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura en el establecimiento de medidas adecuadas de ordenación de la explotación de los recursos pesqueros, proponiendo la sanción y/o la adecuación de las normas necesarias que complementen los reglamentos para el ejercicio de las actividades pesqueras y la acuicultura.

4.- Asistir al señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura en la aplicación de sanciones por infracciones a la normativa vigente, instruyendo los sumarios correspondientes.

5.- Asistir al señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura y al Consejo Federal Pesquero, en la evaluación de los proyectos de otorgamiento de permisos, Cuotas Individuales Transferibles de Captura, Autorizaciones de Captura, habilitaciones, autorizaciones para el arrendamiento e incorporación de buques requeridos para el desarrollo de actividades pesqueras manteniendo un registro permanente de los mismos.

6.- Realizar la inspección, control y vigilancia de las actividades pesqueras de conformidad con la normativa vigente con apoyo y en coordinación con instituciones nacionales y provinciales.

7.- Asistir al señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura en la gestión de la cooperación internacional para aquellas áreas consideradas prioritarias y en la ejecución de convenios o proyectos relacionados con las actividades de la unidad.

8.- Proponer la creación y coordinar el funcionamiento de instancias consultivas o asesoras permanentes o temporarias en las cuales participen organismos gubernamentales y/o los interesados del sector privado, en temas relativos a la pesca y la acuicultura.

9.- Recomendar los excedentes disponibles y áreas y épocas de veda, métodos de captura y equipos y artes de pesca prohibidos, de acuerdo con las recomendaciones del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO.

10.- Intervenir con los organismos competentes en el establecimiento de procedimientos y requisitos necesarios para el ejercicio de la pesca fluvial, lacustre y marítima, en áreas de jurisdicción nacional.

11.- Asistir al señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura en el estudio de propuestas orientadas a promover la industrialización y comercialización interna y externa de productos de la pesca y la acuicultura, tendientes a aumentar la productividad e incrementar las exportaciones con valor agregado, sin afectar la conservación de los recursos.

12.- Realizar la recolección y elaboración de la información estadística referida a la pesca y a la acuicultura en todas sus etapas y niveles.

13.- Asistir al señor Subsecretario de Pesca y Acuicultura en la coordinación de la ejecución de las tareas vinculadas con la aplicación de la Ley N° 24.922.

14.- Organizar los registros de la pesca, realizando los trámites y gestiones necesarias para completar y mantener permanentemente actualizados los mismos.

15.- Administrar el sistema de gestión de Cuotas Individuales Transferibles de Captura.

16.- Extender los Permisos de Pesca, Autorizaciones de Captura y Autorizaciones de Pesca Experimental, aprobados por el Consejo Federal Pesquero.

17.- Fiscalizar la percepción de los derechos de extracción y el resto de los recursos del Fondo Nacional Pesquero.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Fiscalizar el estricto cumplimiento de las normas de comercialización en el sector agropecuario, a fin de asegurar un marco de transparencia y libre concurrencia para estas actividades, coordinando su accionar con los distintos organismos con competencia en la materia.

ACCIONES

1.- Realizar todas las acciones destinadas a observar y hacer cumplir las normas y procedimientos de fiscalización, emanados de la Ley N° 21.740 y el Decreto Ley N° 6698/63, sus complementarios y modificatorios, en todo el territorio nacional.

2.- Fiscalizar las distintas operatorias de las personas físicas o jurídicas que intervengan en la comercialización del sector agropecuario.

3.- Participar en la suscripción de convenios de cooperación con organismos nacionales o provinciales, tendientes a lograr el cumplimiento de las obligaciones fiscales e impositivas en los sectores de su área de competencia.

4.- Disponer la realización de inspecciones, operativos y auditorías de carácter técnico y/o administrativo, tendientes a verificar y supervisar el cumplimiento de la normativa vigente, coordinando su accionar con otros organismos competentes, cuando ello resulte necesario.

5.- Efectuar los requerimientos necesarios que permitan evaluar el grado de cumplimiento de las normas de comercialización, obligaciones previsionales y fiscales.

6.- Elaborar y proponer normas en materia de comercialización de ganados, carnes y otros productos agropecuarios, a fin de lograr un sistema uniforme, a nivel nacional, en materia de identificación.

7.- Proponer la aplicación de sanciones que correspondan por acciones u omisiones que importen prácticas o conductas desleales en lo relativo al comercio de ganado, carnes, productos, subproductos y derivados, así como también de granos, sus subproductos, productos frutihortícolas y otros productos agrícolas, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo IX de la Ley N° 21.740 y en el Capítulo XI del Decreto Ley N° 6698/63, según corresponda y toda otra normativa vigente en la materia.

8.- Efectuar el seguimiento de los Registros de Inscripciones, de competencia del área.

9.- Proponer las medidas necesarias para lograr un ágil y moderno abastecimiento del mercado interno y externo.

10.- Organizar y coordinar las tareas de control administrativo y comercial del tráfico internacional y federal de ganado, carnes, productos, subproductos, derivados y material reproductivo de origen animal, así como también en lo referente a granos y sus subproductos, productos frutihortícolas y otros productos agrícolas.

11.- Asistir en las tareas vinculadas a la aplicación y contralor de la Ley N° 9643, warrants y certificados de depósito, cuando así le fuera requerido.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION DE FISCALIZACION E INFORMACION

ACCIONES

1.- Elaborar, proponer y ejecutar la estrategia para el seguimiento de los circuitos comerciales de todos aquellos productos del sector agropecuario que le competan a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

2.- Efectuar los requerimientos necesarios de documentación que permitan evaluar el grado de cumplimiento de las normas de comercialización.

3.- Organizar con las distintas reparticiones del ESTADO NACIONAL a nivel nacional y/o provincial, equipos de trabajo para la realización de las tareas de relevamiento, envío de información, puestos de control, inspecciones directas, etc.

4.- Coordinar con los distintos organismos de fiscalización, procedimientos de cruce de información, determinando los distintos documentos o flujos de información que correspondan.

5.- Realizar inspecciones, operativos y auditorías de carácter técnico y/o administrativo a fin de verificar el cumplimiento de la normativa vigente.

6.- Coordinar las tareas llevadas a cabo por el cuerpo de inspectores, elaborando y proponiendo el plan de trabajo de los mismos.

7.- Sustanciar sumarios y actuaciones para el juzgamiento en sede administrativa de infracciones a las normas vigentes.

8.- Mantener un registro actualizado de todas las sanciones que le hubieran sido aplicadas a cada inscripto activo con indicación de su causa, en coordinación con la Dirección de Registro y Servicios.

9.- Intervenir en la confección de instructivos y organizar los procedimientos que permitan realizar el procesamiento de la información que en forma directa le sea requerida a los distintos sectores que intervienen en la comercialización.

10.- Analizar la información recibida y realizar los cruzamientos internos necesarios en cada caso para validar su consistencia.

11.- Analizar y efectuar el seguimiento de las variables económicas vinculadas a la actividad de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECURARIO.

12.- Realizar los estudios de investigación micro y macroeconómico necesarios para la formulación de políticas tendientes al fomento de la competitividad e inserción externa de la producción agropecuaria, en coordinación con las unidades con competencia en la materia.

13.- Brindar la información necesaria a las restantes áreas, acorde a la competencia de las mismas, a fin de agilizar las acciones a seguir, guardando la confidencialidad de aquella información que así lo amerite.

14.- Brindar a los distintos organismos y al público en general la información estadística elaborada en el área y que no sea considerada información confidencial.

15.- Mantener un registro actualizado con la información de movimientos comerciales informados por cada inscripto activo, en coordinación con la Dirección de Registro y Servicios.

16.- Determinar los indicadores que se utilizarán en cada caso para medir la correspondencia entre los distintos resultados de los datos recopilados y el volumen real estimado de las transacciones, estableciendo métodos de análisis y comparación histórica, o con "estándares" para la medición de los resultados obtenidos.

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

DIRECCION DE REGISTRO Y SERVICIOS

ACCIONES

1.- Intervenir en la confección de instructivos y organizar los procedimientos que permitan realizar el registro de carácter obligatorio de los distintos operadores que intervienen en la comercialización dentro del sector agropecuario y que sean competencia de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

2.- Efectuar todos los requerimientos de documentación necesarios que permitan evaluar el cumplimiento de los requisitos vigentes para estar autorizado para operar en la comercialización de todos aquellos productos del sector agropecuario que le competan a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

3.- Analizar y evaluar la documentación relativa al otorgamiento, mantenimiento, denegatoria o rehabilitación de las autorizaciones para operar en la comercialización de todos aquellos productos del sector agropecuario que le competan a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

4.- Mantener un registro actualizado de cada inscripto activo brindando información sobre los mismos al resto de las áreas y organismos competentes.

5.- Comunicar a las restantes áreas de toda inhabilitación, cese o suspensión como cualquier otro tipo de sanción que se le hubiere practicado a un inscripto en el registro, así como su rehabilitación, según el caso.

6.- Asistir y asesorar a todas las áreas en las cuestiones técnico-administrativas que requieran su análisis y en el seguimiento de todo trámite administrativo que deba ser suscripto por la Superioridad.

7.- Proponer y organizar las normas, programas y procedimientos informáticos y de comunicaciones que permitan obtener información resumida de manera ágil y cierta.

8.- Evaluar técnicamente y asesorar previo a la incorporación, modificación y/o renovación de insumos y/o servicios informáticos a las distintas áreas coordinando su accionar con las unidades específicas de la Secretaría.

9.- Brindar el soporte y desarrollar los sistemas que le sean requeridos por los usuarios en las distintas áreas, correspondiéndole o no su administración, efectuando el mantenimiento permanente de los mismos.

10.- Asegurar un sistema de control de acceso a la información que se considere de carácter reservado.

11.- Garantizar la atención dinámica y eficiente del público, a fines de facilitar todos los trámites que les corresponda realizar en la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

CENTRO DE ESTUDIOS PARA LA PRODUCCION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al señor Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa en la gestión y el planeamiento de la aplicación de la política industrial, comercial y de promoción de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, brindando, a través de estudios e informes, una mejora cualitativa y cuantitativa en el conocimiento de la situación productiva nacional.

ACCIONES

1.- Analizar permanentemente la evolución de la estructura productiva nacional y elaborar estudios e informes que permitan determinar su situación actual y sus perspectivas futuras.

2.- Elaborar un informe periódico de análisis del comportamiento de la economía argentina real desde una perspectiva vinculada con la producción, el comercio exterior, el empleo y la competitividad.

3.- Preparar documentos vinculados a las perspectivas de la producción, empleo e inserción internacional de la industria manufacturera.

4.- Analizar permanentemente la evolución y estructura del comercio exterior argentino y elaborar estudios e informes que permitan determinar su situación actual y sus perspectivas futuras.

5.- Administrar, actualizar y difundir en el ámbito de la Secretaría las bases de comercio exterior de la Aduana e INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS (INDEC), a través de la Unidad de Monitoreo del Comercio Exterior dependiente de este Centro.

6.- Preparar el estudio y seguimiento permanente de las exportaciones de las Pequeñas y Medianas Empresas.

7.- Coordinar las tareas del Subgrupo de Trabajo del Grupo Mercado Común Nro. 14 del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) (Seguimiento de la Coyuntura Económico/Comercial) y participar de la elaboración de informes de base y reuniones del Grupo de Alto Nivel del Arancel Externo Común.

8.- Apoyar con informes técnicos y documentos de trabajo, la tarea de coordinación que desempeña el señor Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa en las negociaciones económicas regionales e internacionales.

9.- Administrar, actualizar y difundir las bases de inversiones y de regulaciones que afectan al sistema productivo nacional.

10.- Administrar y actualizar las bases de datos de las principales variables macroeconómicas y sectoriales.

11.- Monitorear en forma permanente el comercio bilateral con la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL y con el resto de los países del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), así como la evolución de la macroeconomía de los principales países socios.

12.- Monitorear en forma permanente las exportaciones de las economías regionales.

13.- Realizar en forma periódica encuestas a empresas, que permitan conocer con mayor precisión la evolución de los comportamientos de las diferentes actividades industriales.

14.- Analizar y evaluar los principales regímenes de promoción industrial y comercial vigentes.

15.- Elaborar un informe periódico de difusión con los principales documentos e informes que se realizan en el Centro y que sean considerados como de interés para la opinión pública en general.

16.- Difundir estadísticas actualizadas, informes y presentaciones elaboradas por el Centro a través de la página de Internet del mismo (www.mecon.gov.ar/cep).

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

AGENCIA DE DESARROLLO DE INVERSIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al señor Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa en lo atinente a la política de inversiones y promover las inversiones productivas y asistir a las empresas en su radicación en el país.

ACCIONES

1.- Realizar estudios sectoriales que posibiliten al inversor un conocimiento completo de los sectores donde existen posibilidades de inversión, así como identificar localizaciones y analizar y evaluar proyectos específicos.

2.- Proveer información a los potenciales inversores asistiéndolos en su contacto con los diferentes ámbitos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales.

3.- Promover la potencialidad de las inversiones productivas del país y las oportunidades de negocios, con especial énfasis en las condiciones jurídicas, macroeconómicas y sectoriales.

4.- Proponer la realización, participar y/u organizar eventos destinados a reunir inversores nacionales o extranjeros con el objetivo de promocionar las ventajas de la inversión productiva en el país.

5.- Coordinar con las provincias actividades vinculadas a la promoción de inversiones en su jurisdicción, así como asistir técnicamente en el desarrollo de organizaciones centralizadas o descentralizadas orientadas a la promoción de inversiones.

6.- Asistir a las Provincias en la atención de potenciales inversores con interés de radicación en los territorios provinciales con información general o específica.

7.- Proponer el perfeccionamiento de los instrumentos jurídicos, impositivos y económicos a fin de fortalecer el flujo de inversiones directas argentinas y extranjeras.

8.- Participar en las negociaciones internacionales en lo referente a los regímenes de inversión, en los foros regionales y multilaterales.

9.- Desarrollar y difundir análisis de proyectos realizados o en realización con el objetivo de promover la inversión externa directa con orientación sectorial o regional.

10.- Asistir al señor Secretario en todos los aspectos relacionados con la política nacional de inversiones.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA

DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Ejecutar, administrar y supervisar la aplicación de la política industrial general y/o sectorial del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en lo referente a los regímenes específicos sectoriales para la industria, y la difusión nacional e internacional de la información industrial.

Participar y/o asesorar, cuando corresponda, en las negociaciones vinculadas con su competencia específica.

ACCIONES

1.- Evaluar cualitativa y cuantitativamente el desempeño de los regímenes vigentes, generales y/ o sectoriales de política industrial.

2.- Efectuar propuestas que tiendan a mejorar el efecto económico de los mismos, tanto a través de la implementación de medidas correctivas respecto de los instrumentos establecidos, así como también por intermedio de nuevos mecanismos.

3.- Controlar el cumplimiento de los objetivos emergentes de la normativa vigente sobre política industrial.

4.- Asegurar una adecuada difusión de los instrumentos de política industrial existentes, con el objetivo de garantizar el aprovechamiento de los mismos por las empresas situadas en todo el territorio nacional.

5.- Establecer los criterios a ser aplicados en los análisis sectoriales y de competitividad industrial.

6.- Participar de las negociaciones sectoriales en el área industrial y coordinar el análisis y seguimiento de las mismas en el proceso de integración regional, en acuerdos con otros países u otros bloques económicos, en lo que es materia de su competencia.

7.- Coordinar o asistir, según corresponda, a las tareas de los Subgrupos de Trabajo del Grupo Mercado Común – MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) en los que se traten asuntos que se refieran a materia de su estricta competencia.

8.- Desarrollar propuestas y acciones inherentes a las políticas sobre bienes de capital; Régimen de Trabajo de Compre Argentino y compras gubernamentales.

9.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA en lo referente a normativas sobre estructuras arancelarias, zonas francas y reglas de origen en todo lo que implique al sector industrial.

10.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA en la promoción de las actividades industriales de base tecnológica que conforman los nuevos desarrollos en la economía.

11.- Asesorar a la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA en la definición de políticas para la promoción de las inversiones y el financiamiento destinados al sector industrial.

12.- Asistir ala SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA en la elaboración y ejecución de acciones tendientes a la articulación tecnológico-industrial de las empresas.

13.- Proponer medidas y acciones destinadas a la integración y el eslabonamiento de las grandes empresas industriales en el tejido productivo.

14.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA en la articulación de las políticas industriales con los Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

15.- Ejercer las tareas inherentes al Registro Industrial de la Nación (R.I.N.); instituido por Ley N° 19.971 y normas reglamentarias.

16.- Asistir en el desarrollo de las actividades que desarrolla la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA respecto del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) y del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI).

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL

AREA DE ORIGEN DE MERCADERIAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Participar en la elaboración de la normativa sobre reglas de origen, su interpretación y aplicación.

Impulsar y ejecutar los procedimientos tendientes a verificar el cumplimiento de los requisitos de origen de productos exportados hacia la REPUBLICA ARGENTINA.

Impartir instrucciones de carácter operativo vinculadas con el accionar de las entidades autorizadas a emitir certificados de origen y evaluar su funcionamiento.

ACCIONES

1.- Participar en los distintos procesos de negociación bilateral o multilateral vinculado al origen de las mercaderías.

2.- Proponer la habilitación y evaluar el funcionamiento de las entidades autorizadas a emitir certificados de origen.

3.- Analizar y evaluar los reclamos, por incumplimiento de los requisitos de origen establecidos en los distintos acuerdos de los cuales la REPUBLICA ARGENTINA es parte, con el objeto de implementar las acciones correspondientes.

4.- Coordinar las acciones tendientes a efectivizar las inspecciones que se consideren necesarias, a exportadores o productores, con el objeto de examinar las instalaciones utilizadas en la producción del bien en cuestión, los procesos productivos, y otras acciones para la verificación del origen.

5.- Coordinar lo atinente a la interpretación de los regímenes de origen vigentes, y el reconocimiento del certificado de origen como documento imprescindible para determinadas importaciones.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL

DIRECCION NACIONAL DE POLITICA COMERCIAL EXTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Elaborar y proponer los lineamientos estratégicos para el Comercio Exterior y la Política Comercial Externa, definiendo programas, normas y procedimientos e instrumentos comerciales que contribuyan a cumplir el objetivo nacional de aumentar la inserción de los bienes y servicios argentinos en el mercado internacional.

Proponer líneas de acción e intervenir en las cuestiones relativas al proceso de integración del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), sus órganos y, en particular, la Comisión de Comercio del citado Mercado Común.

Elaborar y proponer los lineamientos de la política comercial en materia de negociaciones, acuerdos económico-comerciales con otros países o grupos de países y con relación a los organismos subrregionales y multilaterales económicos y comerciales.

ACCIONES

1.- Dirigir la elaboración de estudios de análisis y evaluación del comercio internacional y la política comercial de terceros países con vistas a la definición de las posiciones y temas de interés de nuestro país.

2.- Diseñar instrumentos y normas de política comercial que respondan a las características de las reglas multilaterales vigentes en el Comercio Internacional, principalmente en la Organización Mundial de Comercio y el MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).

3.- Decidir sobre la utilización de mecanismos del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y de las instituciones del proceso de integración, así como la coordinación de los Foros Técnicos correspondientes.

4.- Organizar la participación en la Comisión de Comercio del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR), la atención de consultas del sector privado, el análisis de las recomendaciones emanadas de los Comités Técnicos, el seguimiento de la aplicación de los instrumentos de política comercial común del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y el apoyo técnico al Grupo Mercado Común.

5.- Elaborar y proponer lineamientos para las negociaciones económico-comerciales de la REPUBLICA ARGENTINA a nivel bilateral plurilateral y multilateral, en particular para las negociaciones del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) con países y regiones de extrazona.

6.- Desarrollar la capacitación, organización y difusión de información sobre aspectos normativos y eventos vinculados al Comercio Exterior e implementar una base de datos que permita la elaboración y preparación de lineamientos de política comercial externa.

7.- Coordinar, cuando corresponda, las tareas que, en materia de política comercial externa, realizan las distintas áreas en las materias de su competencia.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL

DIRECCION NACIONAL DE GESTION COMERCIAL EXTERNA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asegurar la administración eficiente de los instrumentos de política comercial referentes a la promoción de exportaciones, competencia desleal y zonas francas. Administrar aspectos normativos vinculados a los regímenes de importaciones, a la nomenclatura y a los aranceles de importación.

Proponer lineamientos para elaborar instrumentos de política para el comercio exterior. Atender los requerimientos del sector privado en lo referente a la interpretación de las normas pertinentes al Comercio Exterior y brindar información disponible de carácter cuantitativo y cualitativo sobre temas vinculados a las transacciones comerciales internacionales.

Asistir a la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL en la elaboración, interpretación y aplicación de la normativa sobre competencia desleal y salvaguardias, en lo referente a las prácticas antidumping, subvenciones y medidas compensatorias.

ACCIONES

1.- Atender las presentaciones sobre aspectos vinculados con la competencia desleal internacional y administrar los regímenes vinculados a las importaciones y otras normas resultantes de los Acuerdos de la Organización Mundial del Comercio sobre la materia, en lo que hace a temas de su competencia específica.

2.- Coordinar la elaboración y propuesta de los aspectos normativos vinculados a: aranceles y nomenclaturas, reembolsos y reintegros, normas tendientes a la promoción de exportaciones, seguro de crédito a la exportación, cupos, draw back, admisión temporaria y otros regímenes específicos, como también los relacionados con el Sistema Generalizado de Preferencias.

3.- Analizar los reglamentos y las licitaciones referidas a las Zonas Francas, proponiendo las acciones que correspondan.

4.- Elaborar y proponer desarrollos normativos relacionados con instrumentos para la promoción de las exportaciones, regímenes de competencia desleal, zonas francas y aquellos vinculados a los regímenes de importaciones, a la nomenclatura y a los aranceles de importación.

5.- Coordinar lo atinente a la interpretación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO REGIONAL, SECTORIAL Y COMERCIO EXTERIOR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al señor Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional en la formulación y ejecución de acciones tendientes a fomentar el desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a nivel regional y sectorial, propendiendo su inserción en el mercado internacional.

ACCIONES

1.- Asistir en la consolidación y extensión de los polos productivos en el interior del país, a través de la consolidación y extensión de la Red de Agencias de Desarrollo Regional, propiciar el desarrollo de las economías regionales y promover su inserción en el mercado internacional.

2.- Participar en la organización de encuentros regionales y sectoriales, con la intervención de los distintos organismos, Instituciones Públicas y/o Privadas y fuerzas empresarias a efectos de determinar las necesidades de apoyo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), para dinamizar la actividad productiva regional y aumentar el empleo.

3.- Intervenir en la promoción de los consorcios de exportación Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES), facilitando su acceso a mercados internacionales, propiciando la participación de la Subsecretaría en ferias, congresos e integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior, coordinando dicho accionar con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

4.- Analizar, diseñar y proponer instrumentos y herramientas que potencien la proyección exportadora de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

5.- Asistir y apoyar la conformación de asociaciones de pequeños y medianos empresarios en sus diversas modalidades o formas asociativas.

6.- Coordinar las acciones tendientes a la difusión del conjunto de instrumentos y programas nacionales destinados a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

7.- Asistir en la implementación de políticas específicas de apoyo a la internacionalización comercial de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) priorizando los mercados de la región.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al señor Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional en los aspectos de su competencia, entendiendo en la elaboración, propuesta, difusión y ejecución de la política nacional para el sector, supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas.

ACCIONES

1.- Intervenir en la definición y elaboración de propuestas de actos aclaratorios y/o reglamentarios de las normas vigentes vinculadas a la materia de competencia de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

2.- Recibir reclamos, proyectos y solicitudes emanados de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) cámaras sectoriales, regionales u otras entidades intermedias del sector, vinculados a problemas que afecten su desenvolvimiento productivo, comercial o financiero a fin de proponer y promover ante los organismos competentes la fijación de políticas de defensa y protección a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

3. Administrar el Registro unificado de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a fin de permitir el diseño de políticas e instrumentos adecuados para el sector.

4.- Promover con organismos e instituciones públicas y/o privadas locales e internacionales convenios o acuerdos orientados al fortalecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPy- MES).

5.- Proponer medidas e instrumentos tendientes a promocionar y estimular el acceso de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) al mercado de compras gubernamental.

6.- Apoyar y coordinar con organismos del ESTADO NACIONAL, Gobiernos Provinciales y Municipales, Sector Privado y Organizaciones no Gubernamentales las acciones tendientes a fortalecer la aplicación de programas ya existentes y a ejecutar nuevos.

7.- Asistir en la formulación, seguimiento y evaluación de los proyectos y programas atribuidos a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DIRECCION NACIONAL DE CREDITO FISCAL Y CAPACITACION FEDERAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al señor Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional en las acciones tendientes a desarrollar los instrumentos de apoyo a la modernización, reestructuración, reconversión y reingeniería de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) alentando su productividad y competitividad, preservando el medio ambiente, a través de la capacitación de los cuadros gerenciales y no gerenciales.

ACCIONES

1.- Analizar, diseñar, dirigir, ejecutar e implementar en forma descentralizada el Programa Nacional de Capacitación de los cuadros gerenciales y no gerenciales de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

2.- Analizar, desarrollar y difundir instrumentos que induzcan y faciliten el proceso de especialización de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a fin de incrementar su producción y competitividad.

3.- Fomentar la tercerización sectorial y regional con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) por parte de la gran empresa, a los efectos de desarrollar la modernización tecnológica, el incremento de las exportaciones y generar nuevas oportunidades de trabajo.

4.- Efectuar y ejecutar, por sí o mediante la contratación de terceros, tareas de apoyo para el gerenciamiento y desarrollo de proyectos de mejora de la calidad tendientes al desarrollo productivo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

5.- Intervenir a los efectos de movilizar, racionalizar y fortalecer los cursos de acción destinados a la investigación, capacitación y formación de los recursos humanos destinados a la Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

6.- Coordinar con las áreas competentes del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA (INET) del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, con el SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR) del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, así como con el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA) todos ellos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y otros organismos, programas y proyectos de capacitación para viabilizar el desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

7.- Asistir a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL en la coordinación, ejecución, supervisión y control del Régimen de Crédito Fiscal para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA FINANCIERA PARA LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asistir al señor Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional en los aspectos de su competencia, entendiendo en la elaboración, propuesta, difusión y ejecución de las diversas alternativas de asistencia técnica y financiera para el sector, supervisando su cumplimiento y coordinando las acciones vinculadas a ellas.

ACCIONES

1.- Articular las medidas necesarias para facilitar el acceso de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) a las líneas de crédito nacional e internacional, de instituciones financieras públicas y privadas.

2.- Analizar, evaluar, diseñar y proponer instrumentos adecuados a cada coyuntura.

3.- Asistir al señor Subsecretario en las propuestas de los cursos de acción para la instrumentación de líneas de crédito nacionales e internacionales destinadas a cubrir necesidades de financiamiento.

4.- Asistir en la implementación de los instrumentos previstos en las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación, y coordinar las acciones de seguimiento, monitoreo y control.

5.- Establecer y llevar un registro de entidades y de sociedades de calificación de riesgo Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES) en concordancia con la Comisión Nacional de Valores.

6.- Analizar, fomentar y difundir contactos asociativos para atraer capitales de riesgo en la actividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

7.- Colaborar en la búsqueda e implementación de oportunidades de financiamiento internacional para la asistencia del sector, en coordinación con las áreas competentes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

8.- Asistir al señor Subsecretario a fin de promover, a través del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA y con el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR S.A., acciones tendientes a potenciar el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas.

9.- Fomentar el acceso a los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMES).

10.- Supervisar el funcionamiento del Régimen de las Sociedades de Garantía Recíproca con el objeto de verificar la evolución del sistema de garantías y el cumplimiento de las normas que las rigen.

11.- Coordinar con las áreas competentes del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS el accionar de las Sociedades de Garantía Recíproca en lo referente al régimen informativo, de supervisión, de fiscalización y de control.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

OBJETIVOS

Conducir las actividades de análisis, investigación y regulación en la determinación de los efectos de la competencia comercial internacional sobre la producción nacional, bien sea como autoridad de aplicación de la legislación sobre la materia o como órgano asesor de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Participar en las actividades de análisis, investigación y regulación en los casos de investigaciones realizadas en terceros países que afectan a exportadores argentinos.

Conducir, a requerimiento de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, los análisis de barreras a las exportaciones argentinas en terceros mercados.

Participar, a requerimiento de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en los foros regionales y multilaterales en materia de competencia comercial internacional.

Producir dictámenes en materia de daño en las diferentes etapas de las investigaciones por dumping, subvenciones y salvaguardias.

Analizar desde el punto de vista técnico-económico los Compromisos de Precios ofrecidos por los exportadores en el ámbito de las investigaciones por competencia desleal.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

GERENCIA DE NORMAS COMERCIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir los aspectos legales, de procedimiento y normativos en el ámbito de las investigaciones por prácticas de competencia desleal internacional (subvenciones y dumping) y salvaguardias por incrementos de importaciones, y realizar otros estudios vinculados con el comercio exterior, dentro de las funciones establecidas en las normativas vigentes.

ACCIONES

1.- Confeccionar los dictámenes que le sean requeridos, sobre el ajuste a derecho de los informes, normas y otros instrumentos jurídicos relacionados con las competencias de la institución.

2.- Ejercer la secretaría en las Audiencias públicas y privadas celebradas en la Comisión, en el contexto de investigaciones por dumping, subvenciones y salvaguardias.

3.- Recopilar y actualizar periódicamente la normativa sobre comercio internacional y toda la legislación de uso habitual en la Comisión.

4.- Recopilar y actualizar periódicamente la normativa de los distintos países sobre competencia internacional.

5.- Proponer al Presidente acuerdos de cooperación con otras instituciones, efectuar su seguimiento y analizar sus resultados.

6.- Brindar apoyo en los temas que son de competencia de la Comisión en los foros económicos multilaterales, regionales o internacionales.

7.- Proponer al Directorio las normas referidas a la metodología de trabajo e investigación, la forma de presentación de informes y las fuentes de información a utilizar.

8.- Conducir, desde el punto de vista de los procedimientos y aspectos legales, las investigaciones en las denuncias por dumping, subsidios y salvaguardias en las importaciones, dentro de las competencias de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR y en los plazos y formas establecidas por las normas vigentes.

9.- Solicitar informes, audiencias, publicaciones, documentaciones y actuaciones ante la Justicia o ante otros organismos estatales.

10.- Participar con la Gerencia de Investigaciones en el diseño y contenido de los requerimientos de información, verificaciones y reuniones de partes en el marco de las investigaciones por dumping, subvenciones y salvaguardias.

11.- Participar en la capacitación interna de la Comisión y en la externa dirigida a organismos públicos y privados, nacionales y extranjeros.

12.- Participar en la defensa ante investigaciones en otros países que involucren empresas nacionales, tanto cuando el Gobierno se presenta como parte interesada, o bien asesorando a los exportadores argentinos para realizar una adecuada defensa.

13.- Participar en la preparación del boletín bimensual de la Comisión y del informe anual.

14.- Brindar apoyo legal en el tratamiento de los temas que son competencia de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR ante el MERCOSUR, el ALCA, la OMC y otros foros de negociación a nivel internacional.

15.- Analizar desde el punto de vista legal los Compromisos de Precios ofrecidos por los exportadores en el ámbito de las investigaciones por competencia desleal.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

GERENCIA DE INVESTIGACIONES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir los estudios técnicos, en el ámbito de las investigaciones por prácticas de competencia desleal internacional (subvenciones y dumping) y salvaguardias por incrementos de importaciones y realizar otros estudios vinculados con el comercio exterior.

ACCIONES

1.- Apoyar y supervisar la labor de los equipos técnicos en las distintas investigaciones, previo a la elevación del informe técnico correspondiente al Presidente de la Comisión para su posterior consideración por el Directorio, efectuando las consultas que correspondan a las Gerencias respectivas.

2.- Participar con la Gerencia de Normas Comerciales en el diseño y contenido de los requerimientos de información, verificaciones y reuniones de partes en el marco de las investigaciones por dumping, subvenciones y salvaguardias así como de revisiones.

3.- Diseñar y realizar las verificaciones in situ, dentro del territorio nacional, de la información aportada por las partes intervinientes, ya sean productores o importadores.

4.- Analizar desde el punto de vista técnico-económico los Compromisos de Precios ofrecidos por los exportadores en el ámbito de las investigaciones por competencia desleal.

5.- Confeccionar estudios sectoriales conforme a las directivas recibidas del Directorio en respuesta a pedidos del señor Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa referidos a la política comercial externa.

6.- Elaborar estudios sectoriales, readecuando la información a partir de la base de las investigaciones realizadas.

7.- Analizar regularmente las medidas adoptadas sobre el comercio desleal y suministrar al Directorio los elementos para la evaluación de la necesidad de su continuidad o discontinuidad.

8.- Participar desde el punto de vista económico y financiero en las investigaciones por revisiones de aquellas medidas aplicadas por dumping o subvenciones en las importaciones en las que caducan las medidas vigentes.

9.- Participar desde el punto de vista económico y financiero en las investigaciones sobre las condiciones de sectores sensibles al incremento de las importaciones.

10.- Brindar apoyo técnico en el tratamiento de los temas que son competencia de la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR ante el MERCOSUR, el ALCA, la OCM y otros foros de negociación a nivel internacional.

11.- Participar desde el punto de vista económico y financiero en las investigaciones y análisis de temas relacionados con su competencia, tanto en términos conceptuales como de antecedentes internacionales y de legislación comparada.

12.- Participar en la defensa ante investigaciones en otros países que involucren empresas nacionales, tanto cuando el Gobierno se presenta como parte interesada, o bien asesorando a los exportadores para realizar una adecuada defensa.

13.- Participar en la preparación del boletín bimensual de la Comisión y del informe anual.

14.- Participar en la capacitación interna de la Comisión y en la externa dirigida a organismos públicos y privados, nacionales y extranjeros.

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR

GERENCIA DE ANALISIS DE LA COMPETENCIA Y DEL COMERCIO INTERNACIONAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar, a requerimiento de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, el relevamiento y sistematización de barreras al comercio impuestas a las exportaciones argentinas por terceros países y estudios relacionados con la competencia comercial internacional.

ACCIONES

1.- Relevar y sistematizar los problemas de acceso de los productos argentinos a terceros mercados.

2.- Realizar informes periódicos sobre medidas y restricciones existentes en terceros mercados que obstaculizan el acceso de productos argentinos.

3.- Realizar informes ad hoc, y evacuar consultas sobre medidas y restricciones en terceros mercados a solicitud de sectores privados y públicos.

4.- Realizar estimaciones del impacto de diversos escenarios de política comercial externa sobre la economía argentina.

5.- Realizar estudios económicos en materia de competencia y comercio internacional, tratados comerciales y política comercial.

6.- Brindar apoyo técnico en los tratamientos de los temas de su competencia en los foros económicos multilaterales, regionales o internacionales.

7.- Preparar el proyecto de Informe Anual de la Comisión.

8.- Participar en las tareas de capacitación interna de la Comisión.

9.- Participar en las tareas de divulgación dirigida a los sectores públicos y privados.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

CENTRO DE DOCUMENTACION E INFORMACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Facilitar el acceso al insumo de información.

ACCIONES

1.- Desarrollar y coordinar investigaciones bibliográficas.

2.- Capacitar los recursos necesarios para el procesamiento de la información.

3.- Facilitar el intercambio de información con las distintas bibliotecas, del país y del exterior.

4.- Asistir y asesorar a las distintas unidades y al público usuario en general en lo que es materia de su competencia.

5.- Coordinar la Red NAPLAN Argentina.

6.- Mantener y actualizar la base de datos de información general, de Planes y Programas Nacionales, de Evaluación de Proyectos de Institutos de Investigación, de Especialistas, de Proyectos, de Publicaciones Periódicas y el Catálogo Institucional.

7.- Coordinar la recopilación y actualización de la legislación nacional en materia económica, sus normas interpretativas y antecedentes.

8.- Conducir todo lo vinculado con el Centro de Documentación e Investigación de la Arquitectura Pública.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

DIRECCION DE ORGANIZACION Y SISTEMAS ADMINISTRATIVOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Efectuar la evaluación y propuesta de proyectos relativos a organizaciones pertenecientes a dependencias de la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la fiscalización de la correcta aplicación de la normativa vigente en la materia.

Coordinar la correcta administración de tecnologías y sistemas de información administrativa y la racional utilización edilicia.

ACCIONES

1.- Realizar la evaluación técnica de los proyectos de estructuras y propuestas de organizaciones funcionales de los organismos de la jurisdicción, así como también los de creación, transferencia o fusión de organismos y otras formas que impliquen cambios en las organizaciones, controlando la efectiva aplicación de las normas vigentes en la materia.

2.- Asesorar y evaluar técnicamente a nivel jurisdiccional en materia de análisis de tareas, sistemas administrativos, métodos y medición de trabajo administrativo, análisis y diseño de formularios.

3.- Realizar la evaluación técnica y asesorar en materia de administración de espacios físicos y equipamiento de oficinas.

4.- Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos, desarrollado a través de la Comisión de Coordinación Operativa.

5.- Realizar relevamientos integrales o parciales, cuando se lo considere conveniente, de las distintas unidades de la jurisdicción ministerial, en los distintos aspectos de su competencia específica.

6.- Realizar el análisis y diagnóstico organizacional de los organismos de la Administración Centralizada y Descentralizada de la Jurisdicción.

7.- Representar a la jurisdicción en los temas de su competencia.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

DIRECCION NACIONAL DE NORMALIZACION PATRIMONIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Realizar la coordinación de las actividades tendientes a la normalización y saneamiento de los activos y pasivos del ESTADO NACIONAL, incluyendo las vinculadas a los procesos de saneamiento encarados en el marco de la Ley N° 24.522, y realizar, también, la coordinación de las acciones relacionadas con los procesos de reconversión empresaria.

ACCIONES

1.- Participar en la coordinación de las actividades prejudiciales orientadas al recupero de los créditos a favor del ESTADO NACIONAL.

2.- Elaborar, proponer y evaluar los programas de administración y liquidación de bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades subsistentes luego del proceso de privatización, así como de los entes que fueren disueltos o que dejen de operar por cualquier causa.

3.- Coordinar las actividades post-liquidatorias correspondientes a los procesos liquidatorios concluidos.

4.- Asistir y asesorar técnicamente a las autoridades que entienden en el régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público y el Sector Privado.

5.- Participar y asistir en la coordinación de los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado en los que resulte acreedor el sector público, en el marco de los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522.

6.- Participar en la coordinación y asistir a las autoridades que entienden en la dirección y unificación de la representación de los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, en los procedimientos regidos por la Ley N° 24.522.

7.- Participar en la coordinación y asistir a las autoridades que entienden en las actividades vinculadas a los procesos de reconversión empresaria.

SECRETARIA DE LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asegurar la recepción y salida de la documentación administrativa del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y la proveniente de otras jurisdicciones ministeriales, Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACION, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y entes descentralizados o dirigida a los mismos; recibir y despachar la documentación de particulares; efectuar el registro, protocolización de resoluciones del señor Ministro, de los señores Secretarios, disposiciones de los señores Subsecretarios y archivo de la documentación administrativa de todas las áreas de la jurisdicción, con excepción de las notas y otra documentación de carácter interno; coordinar la publicación de las normas en el Boletín Oficial, autenticar las firmas de funcionarios de este Ministerio y de Bancos Oficiales, llevar el despacho del señor Ministro elevando para su intervención todos aquellos proyectos que se encuentren analizados desde el punto de vista técnico-legal; efectuar el seguimiento de los trámites administrativos de la jurisdicción, cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos, asimismo determinar, para cada trámite administrativo, la unidad o unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el mismo.

Asesorar al señor Subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial respecto al grado de cumplimiento de los plazos establecidos para el diligenciamiento de la documentación, así como también supervisar dentro de su ámbito específico la tramitación de aquellos proyectos de carácter prioritario, efectuando el control de gestión administrativo que corresponda.

Elaborar y ejecutar planes y propuestas tendientes a apoyar la gestión de la política económica, desarrollando y coordinando las relaciones institucionales con el resto de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, el PODER JUDICIAL DE LA NACION, y otros aspectos políticos, en el área de su competencia.

ACCIONES

1.- Coordinar la recepción, registro, tramitación, protocolización y comunicación de expedientes y proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas y Resoluciones del señor Ministro, señores Secretarios y Disposiciones de los señores Subsecretarios, así como toda la documentación destinada al señor Ministro.

2.- Coordinar el giro de la documentación a las distintas unidades conforme la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.

3.- Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar al señor Subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial cuando éste lo requiera.

4.- Brindar información a los que acrediten condición de parte acerca del estado de tramitación de expedientes y proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas, Resoluciones del señor Ministro, señores Secretarios y Disposiciones de los señores Subsecretarios.

5.- Coordinar el registro y guarda de los expedientes y Resoluciones del señor Ministro, Secretarios Ministeriales y Disposiciones de los Subsecretarios Ministeriales; así como proceder a la protocolización de las resoluciones y disposiciones indicadas.

6.- Otorgar vistas.

7.- Elaborar planillas de seguimiento y control de gestión administrativa de los trámites para información del señor Ministro y Secretarios Ministeriales.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y los servicios de medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.

ACCIONES

1.- Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.

2.- Dirigir la gestión de las actividades inherentes al desarrollo de la carrera administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño, promoción y capacitación.

3.- Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes del personal.

4.- Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción y en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.

5.- Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos y de la medicina del trabajo y de higiene y seguridad en el trabajo.

6.- Analizar el esquema general de incentivos y proponer las medidas pertinentes.

7.- Proponer las normas de administración internas de personal y efectuar los estudios y formular las propuestas tendientes a optimizar los regímenes vigentes.

8.- Mantener relaciones con los representantes gremiales en la administración y negociación de acuerdos o convenios.

9.- Proponer y establecer canales de comunicación institucional en los temas de su competencia.

10.- Coordinar la prestación del servicio médico de la jurisdicción.

11.- Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir las actividades relativas a los servicios contables, económicos, financieros, de administración, de mantenimiento, suministros e informática.

ACCIONES

1.- Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y liquidaciones de haberes y gastos.

2.- Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores.

3.- Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se efectúe por el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL y por la Ley de Obras Públicas, así como también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.

4.- Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y control de los bienes patrimoniales de la jurisdicción.

5.- Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y el mantenimiento de los edificios y bienes de la jurisdicción ministerial. Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos, desarrollado a través de la Comisión de Coordinación Operativa.

6.- Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros en materia de infraestructura.

7.- Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de suministros.

8.- Supervisar y coordinar el funcionamiento del servicio de informática.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA LEGAL

DIRECCION SUMARIOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Efectuar todo lo vinculado con la información y/o sumarios administrativos disciplinarios que corresponda promover al personal de la jurisdicción ministerial:

ACCIONES

1.- Realizar las investigaciones de los hechos u omisiones que han dado lugar a la realización del sumario.

2.- Realizar las investigaciones de aquellos hechos u omisiones que, tomado conocimiento, se infiera pudiera dar lugar a la realización de un sumario.

3.- Supervisar la recopilación de los informes y la documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero.

4.- Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte necesaria.

5.- Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en trámite en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA LEGAL

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia de la jurisdicción ministerial, con el fin de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias, en el análisis de los anteproyectos de legislación económica y en la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en otros organismos. Asumir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en los juicios correspondientes a la jurisdicción ministerial.

ACCIONES

1.- Asesorar y redactar, desde el punto de vista jurídico, los proyectos de actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se sometan a la consideración del Ministerio, sus Secretarías y Subsecretarías.

2.- Disponer la representación y el patrocinio del ESTADO NACIONAL en todas las causas judiciales en que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, o sus entes descentralizados, deba intervenir, estableciendo los sistemas que permitan controlar la marcha de las actuaciones.

3.- Emitir dictámenes y tramitar recursos, reclamaciones y denuncias interpuestas contra actos administrativos producidos en la jurisdicción ministerial.

4.- Entender en la revisión y compatibilización de las medidas de legislación económica originadas en otros organismos, siempre que éstas afecten temas de competencia específica del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

5.- Entender en la realización de los estudios vinculados con su especialidad, con el objeto de promover el perfeccionamiento de las disposiciones legales y reglamentarias en vigor.

6.- Dictaminar en las solicitudes de autorización que presente la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS para apelar las sentencias del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION.

7.- Asesorar en los aspectos jurídicos y legales, en todas las negociaciones económicas nacionales e internacionales, ya sean bilaterales o multilaterales.

8.- Representar al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ante otras autoridades oficiales, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales, en toda gestión que requiera específicos conocimientos jurídicos.

ANEXO IIIa

ANEXO IIIa

ANEXO IIIa

ANEXO IIIb

ANEXO IIIa

ANEXO IIIa

ANEXO IIIa

ANEXO IIIa

ANEXO IIIa

ANEXO IIIa

ANEXO IIIb

ANEXO IIIb

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