Damos cuenta de las Leyes que reglamentan el régimen de Feriados Nacionales y Días No Laborables, junto al día de conmemoración que corresponda para el presente año.
Damos cuenta de las Leyes que reglamentan el régimen de Feriados Nacionales y Días No Laborables, junto al día de conmemoración que corresponda para el presente año.
* Ley N° 21.329 : Feriados Nacionales y Días no laborables
Art. 1° – Establécense como días feriados nacionales y no laborables en el territorio de la Nación los siguientes:
Feriados Nacionales:
01 de Enero – 2 de Abril – Viernes Santo – 25 de Mayo – 20 de Junio – 9 de Julio – 1 7 de Agosto – 12 de Octubre – 8 de Diciembre – 25 de Diciembre.
No laborables:
Jueves Santo
* Ley N° 23.555 – Traslado de algunos feriados a día lunes
Art. 1° : Los Feriados Nacionales obligatorios cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con días jueves y viernes, serán trasladados al día lunes siguiente.
Art. 3° : Se exceptúan de la disposición del artículo 1°, los Feriados Nacionales correspondientes a : 1° de Enero; Viernes Santo; 1° de Mayo; 25 de Mayo; 20 de Junio; 9 de Julio; 17 de Agosto; 8 de Diciembre y 25 de Diciembre.
* Ley N° 24.445 – Excepciones Art. 3° Ley N° 23.555. Incluye 20 de Junio y 17 de Agosto.
Art.3° : Incorpórase entre las excepciones previstas en el artículo 3° de la Ley N° 23.555 a los Feriados Nacionales del 20 de Junio y del 17 de Agosto.
Art. 4° : Los Feriados Nacionales del 20 de Junio y 17 de Agosto, como fechas conmemorativas del paso a la inmortalidad del General Manuel Belgrano y del Gral. José de San Martín, serán cumplidos el día que corresponda al tercer lunes del mes respectivo.
* Ley 25.370 – "Día del Veterano y de los Caídos en la guerra en Malvinas"
Esta Ley declara al día 2 de Abril "Día del Veterano y de los Caídos en la guerra en Malvinas" con carácter de Feriado Nacional.
* Ley 26.110 – Modifica la Ley 25.370
Esta Ley declara al "Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas", el 2 de abril, como de carácter de Feriado Nacional inamovible.
* Ley 26.085 “Día nacional de la memoria por la verdad y la justicia”
Esta Ley declara feriado nacional al 24 de marzo.
* 26.089 – Declaran días no laborales para quienes profesan la religión judía
Esta Ley regula que: “declárese días no laborales para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía los días de Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), dos (2) días, el día del Perdón (Iom Kipur), un (1) día y de la Pascua Judía (Pesaj) los dos (2) primeros días y los dos (2) últimos días.”
En resumen:
Feriados inamovibles
1º de Enero
2 de Abril
Viernes Santo
24 de Marzo
1º de Mayo
25 de Mayo
9 de Julio
8 de Diciembre
25 de Diciembre
Feriados que se pasan al lunes
20 de Junio
17 de Agosto
12 de Octubre
Para verificar los feriados del corriente año, sugerimos el siguiente link: http://www.mininterior.gov.ar/servicios/feriados2007.asp