Transcribimos a continuación el índice cronológico de las Ordenanzas emitidas por la Prefectura Naval Argentina, que se encuentran en vigor:
Nº 9/65 - Creación de escuelas de formación y capacitación para el personal subalterno de la Marina Mercante Nacional
Nº 33/66 - Compartimentado de buques de pasajeros de navegación fluvial, lacustre y de cabotaje nacional marítimo.
Nº 36/66 - Transporte de ganado en pie en buques de navegación marítima.
Nº 40/66 - Marcas de seguridad para pesqueros de mar.
Nº 5/67 - Reconocimiento de laboratorios de exámenes de materiales.
Nº 24/68 - Registro de distintivos de las empresas armadoras argentinas.
Nº 20/71 - Declaración jurada a efectuar por los comandos de los buques de bandera nacional o extranjera referente al estado de balizamiento.
Nº 29/71 - Establecen especificaciones relativas al nombre, número y puerto de matrícula y marcas de calado de los buques argentinos.
Nº 12/72 - Normas para prevenir incendios en embarcaciones equipadas con motores de combustión interna, especialmente motores a explosión (nafteros).
Nº 12/73 - Normas complementarias del capítulo 2 "Del régimen de las actividades náutico-deportivas", del Título 4 del REGINAVE.
Nº 1/74 - Reglamentación particular de buques en puerto
Nº 3/74 - Transporte de carga sobre cubierta (cubertada) en buques de navegación marítima, fluvial y lacustre.
Nº 4/74 - Normas relativas a los técnicos en desgasificación de buques.
Nº 5/74 - Realización, calificación y presentación de exámenes radiográficos de soldaduras de buques.
Nº 10/74 - Asignación de pasajeros en lanchas que transportan 20 o menos personas.
Nº 11/74 - Transporte fluvial de vehículos que conduzcan materias inflamables peligrosas.
Nº 13/74 - Sobreinmersión admitida para buques que realicen navegación marítima - letras para las marcas de francobordo internacional.
Nº 14/74 - Fuente de energía eléctrica de emergencia.
Nº 15/74 - Normas de seguridad para buques que actúen en zonas peligrosas.
Nº 17/4 - Normas sobre desembarcos de tripulantes de última hora.
Nº 22/74 - Asientos en el Libro Diario de navegación al navegar por el Río de la Plata
Nº 23/74 - Certificado piloto de yate para oficiales de la Armada Argentina, Prefectura Naval Argentina y Marina Mercante.
Nº 32/74 - Características del libro de inspecciones de obra y forma en que serán llevados por los directores de obra.
Nº 42/74 - Reglamentación del Buceo Profesional.
Nº 2/75 - Reinscripción de técnicos en desgasificación de buques, armadores, agentes marítimos, peritos navales y boteros.
Nº 3/75 - Reserva de canales de acceso.
Nº 7/75 - Requisitos de planchadas y escalas para uso de pasajeros.
Nº 2/76 - Asignación de elementos de seguridad para embarcaciones que naveguen en los lagos patagónicos.
Nº 4/76 - Equivalencia y asignación de extintores portátiles y semiportátiles, de cantidad y tipo de equipos de bombero, baldes y hachas para incendio y de marcación de los elementos contra incendio en los buques de la matrícula nacional.
Nº 5/76 - Pruebas y certificados de condiciones físicas en cables y cabos de uso en buques.
Nº 2/77 - Régimen de despacho de buques pesqueros marítimos.
Nº 4/77 - Comunicaciones obligatorias de los buques pesqueros que operan en la zona común de pesca con la República Oriental del Uruguay.
Nº 8/77 - Reglamentación del buceo profesional en tareas de pesca.
Nº 15/77 - Disposiciones relativas a operaciones de alijo frente al litoral argentino.
Nº 4/78 - Precauciones al aproximarse a buques ocupados en tareas subacuas.
Nº 2/79 - Censo nacional de embarcaciones deportivas.
Nº 3/79 - Normas de navegación para embarcaciones de alta velocidad.
Nº 8/79 - Francobordo para la navegación marítima nacional y fluvial.
Nº 2/80 - Obligatoriedad de cumplir el sistema de avistaje en el mar (SIAMAR)
Nº 4/80 - Canvenio para facilitar el tráfico marítimo internacional.
Nº 6/80 - Prevención para la contaminación, vertimiento de desechos y otras materias.
Nº 7/80 - Transporte de carga de granos a granel en buques.
Nº 1/81 - Normas relativas a la fuente de energía eléctrica principal y al tablero eléctrico principal de los buques y artefactos navales.
Nº 2/81 - Máximos alejamientos y tiempo de ausencia para pesqueros marítimos, costeros y de rada/río
Nº 3/81 - Prevención de la contaminación. Verificaciones operativas en los alijos de hidrocarburos.
Nº 4/81 - Zonas de alijo en los ríos de la Plata, Paraná Guazú y Paraná.
Nº 5/81 - Zona de espera y maniobra para buques que deben embarcar o desembarcar prácticos del río de la Plata, río Paraná, río Uruguay y puertos de Buenos Aires y la Plata
Nº 6/81 - Regímenes especiales de despacho para buques tanque, convoyes de empuje y buques o convoyes dedicados a a la extracción de arena o canto rodado.
Nº 1/82 - Normas para los convoyes de empuje.
Nº 2/82 - Complementa normas de navegación del título 3 de REGINAVE -Normas de navegación para canal Punto Indio, Paso Banco chico, Canal intermedio, Ríos Paraná Guazú, Sauce, Paraná Bravo, Uruguay, Río Paraná, Canal Emilio Mitre y Ría de Bahía Blanca.
Nº 3/82 - Asignación de remolque a buques no específicamente remolcadores.
Nº 5/82 - Normas para la construcción de embarcaciones menores y del registro especial de yates con numeral cúbico hasta 150 m3 enserie, a partir de un prototipo.
Nº 6/82 - Servicio de comunicaciones para la Seguridad de la Navegación -SECOSENA
Nº 1/83 - Reconocimiento de inspecciones realizadas en el extranjero por sociedades de clasificación de buques.
Nº 3/83 - Obligatoriedad de usar dispositivos salvavidas durante las tareas riesgosas que ejecuten los tripulantes a bordo.
Nº 1/84 - Formatos previsiones de registro, símbolos y abreviaturas de los libros yobligatorios que deben tener a bordo de los buques de la matrícula nacional (Art. 203.0101 REGINAVE)
Nº 2/84 - Inspecciones mínimas a cumplir por los buques y artefactos navales existentes que se incorporen a la matrícula nacional.
Nº 1/85 - Tratado de paz y amistad entre Chile y Argentina.
Nº 1/86 - Prevención de la contaminación Certificado nacional de la contaminación por hidrocarburos.
Nº 2/86 - Reglamentación del título 2, capítulo 4 del REGINAVE, régimen de inspecciones de Seguridad de Buques y Artefactos Navales y Otorgamiento del Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación.
Nº 2/87 - Instrumental náutico, publicaciones, material de señalamiento y pirotécnico de los buques.
Nº 3/87 - Elementos de respeto que llevarán los buques y artefactos navales (incluye pesqueros).
Nº 5/87 - Tamaño de la bandera a ser usada en buques y embarcaciones de la matrícula nacional y sus dimensiones.
Nº 6/87 - Normas sobre asiento longitudinal de los buques.
Nº 8/87 - Prevención de la contaminación. Normas relativas a operaciones de rasqueteado o aplicaión de pinturas antiincrustantes en buques, artefactos navales, plataformas de explotación, costa afuera u otras construcciones fijas o flotantes en aguas de juridicción nacional.
Nº 9/87 - Características de la fotografía de los documentos de embarco.
Nº 10/87 - Suficiencia en el manejo de embarcaciones de supervivencia.
Nº 11/87 - Despacho de buques durante la tramitación de la renovación de certificados.
Nº 12/87 - Normas para la instalación de artefactos accionados por gas en buques de la matrícula nacional.
Nº 13/87 - Pago y trámite de solicitudes de inspecciones de seguridad.
Nº 14/87 - Requisitos especiales para tripulantes de buques tanque.
Nº 2/88 - Seguridad para la navegación en aguas de juridicción nacional donde existan instalaciones costa afuera.
Nº 3/88 - Desguace de buques y artefactos navales.
Nº 4/88 - Signos relacionados con dispositivos y medios de salvamento para los buques (Regla III 9.2 SOLAS 1974).
Nº 5/88 - Buques con proa bulbo y/o propulsor proel.
Nº 1/89 - Prevención de la contaminación de las aguas por sustancias nocivas líquidas transportadas a granel.
Nº 2/89 - Roles y cuadros de obligaciones para zafarranchos ejercicios y siniestros.
Nº 3/89 - Provisión y exposición en lugares visibles a bordo de los buques de información relativa a la maniobra.
Nº 4/89 - Medios para el transbordo de prácticos.
Nº 5/89 - Dotaciones de seguridad.
Nº 1/90 - Transporte por buques de mercancías peligrosas.
Nº 2/90 - Procedimientos para el embarco y desembarco de tripulantes que deban usufructuar francos compensatorios.
Nº 1/91 - Instrucciones para la supervivencia en balsas salvavidas e índice para la elaboración de instrucciones o de un manual de supervivencia.
Nº 2/91 - Transporte por buques de mercaderías peligrosas. Certificados de aptitud y autorización de transporte para buques que transporten productos químicos peligrosos o gases licuados a granel.
Nº 3/91 - Normas de seguridad para la construcción y el equipo de embarcaciones de prácticos.
Nº 2/92 - Normas y criterios de estabilidad transversal para buques.
Nº 3/92 - Implementación Libreta de prácticos para constancia de servicios y recuperación habilitación de prácticos.
Nº 1/93 - Prevención de la contaminación. Lista de verificaciones para prevención de carga y descarga a granel de hidrocarburos o sustancias nocivas líquidas en puertos, terminales, plataformas o monoboyas.
Nº 2/93 - Norma para la habilitación y registro de helipuertos y heliplataformas en buques y artefactos navales y registro de propietarios y explotadores de helicópteros.
Nº 3/93 - Reconocimiento e inspección de buques por las sociedades de clasificación.
Nº 1/94 - Uso obligatorio dechalecos salvavidas en las operaciones de embarco y desembarco de los prácticos.
Nº 2/94 - Reglamentación artefacto acuático deportivo tipo moto o similar.
Nº 3/94 - Apruébase registro y habilitación del personal embarcado de la marina mercante acorde las nuevas denominaciones fijadas en el decreto Nº574/94 REFOCAPEMM aprobado por el señor Presidente de la Nación Argentina.
Nº 4/94 - Prevención de la contaminación. Certificado internacional de prevención de la contaminación por hidrocarburos.
Nº 5/94 - Reglamento de aptitud psicofísica para la habilitación del personal embarcado de la Marina Mercante Nacional.
Nº 6/94 - Normas para la habilitación e inspección y reinscripción de las empresa y establecimientos de la industria naval.
Nº 7/94 - Equipos de fondeo, amarre y remolque en buques.
Nº 2/95 - Normas administrativas relativas a la extracción, remoción demolición y reflotamiento de buques, aeronaves y restos náufragos.
Nº 3/95 - Constancia de matrícula para embarcaciones deportivas, recreativas y/o de placer de hasta una (1) tonelada de arqueo total.
Nº 1/96 - Despacho de barcazas de empuje.
Nº 2/96 - Censo general del personal embarcado de la Marina Mercante Nacional
Nº 3/96 - Normas para la aprobación de embalajes y envases que contengan mercancías peligrosas.
Nº 1/97 - Normas para el pintado y signos identificatorios de los buques pesqueros.
Nº 2/97 - Normas sobre uso y manipulación de explosivos comerciales subacuos en juridicción de la PNA.
Nº 3/97 - Precintado de válvulas y dispositivos integrales de los sistemas de tuberías de conducción de fluídos líquidos en buques. (DPMA) Tomo 6
Nº 4/97 - Normas para la determinación del caudal marítimo mínimo de achique de sala de máquinas a través de los equipos separadores y/o filtradores. (DPMA) Tomo 6
Nº 5/97 - Prohibiciones de transporte de hidrocarburos y de otras sustancias en espacios no habilitados para tales fines en buques. (DPMA) Tomo 6
Nº 6/97 - Censo nacional de buques y artefactos navales pertenecientes a la Matrícula Mercante Nacional. (DSPN) T2
Nº 7/97 - Libro de registro de hidrocarburos (DPMA) Tomo 6
Nº 8/97 - Normas para la obtención de los certificados del código Internacional de Gestión de la Seguridad Operacional del Buque y la Prevención de la Contaminación (Código IGS) Resolución A721 (18) OMI (DPMA) Tomo3
Nº 9/97 - Transporte por buques de mercaderías peligrosas. Normas de seguridad para el transporte por buques de carbón vegetal.
Nº 10/97 - Normas para la práctica del "rafting" en el ámbito de actuación de la Prefectura naval Argentina (DPSN) Tomo 2
Nº 11/97 - Normas de gestión de la seguridad operacional del buque y la prevención de la contaminación (NGS) (DPSN) Tomo2
Nº 12/97 - Designación de zonas de protección especial en el litoral argentino. (DPMA) Tomo 6
Nº 13/97 - Rutas de los buques que transportan hidrocarburos y sustancias nocivas líquidas a granel, en navegación marítima nacional. (DPMA) Tomo 6
Nº 14/97 - Régimen de embarco y desembarco de tripulantes argentinos, en buques extranjeros. (DPSN) Tomo 2
Nº 15/97 - Prevención de la contaminación de las aguas por hidrocarburos provenientes de sala de máquinas en buque y plataformas de arque bruto inferior a 400 unidades (DPMA) Tomo 6
Nº 1/98 - Normas para la autorización de uso de productos químicos utilizados para combatir la contaminación por hidrocarburos (DPMA) Tomo 6
Nº 2/98 - Prevención de la contaminación por basuras desde buques y plataformas costa afuera. Rótulos, Planes de gestión, Libro Registro de Basuras, Dispositivos Obligatorios y Certificado Nacional. (DPMA) Tomo 6
Nº 3/98 - Chalecos salvavidas, instrucciones, directivas e ilustraciones informativas para casos de emergencia en buques y lanchas de pasajeros (DPSN) Tomo 2
Nº 4/98 - Normas para la prevención de la contaminación de las aguas provenientes de embarcaciones deportivas y de placer. Disposiciones para los clubes náuticos, guarderías, puertos recreativos y astilleros de embarcaciones. Normas de conducta a seguir por los usuarios de embarcaciones deportivas y de placer en materia de preservación del medio acuático. (DPMA) Tomo 6
Nº 5/98 - Documentación que deben llevar a bordo los buques que transporten mercancías peligrosas (DPMA) Tomo 6
Nº 6/98 - Normas constructivas para buques y artefactos navales de matrícula nacional.
Nº 7/98 - Prevención de la contaminación con organismos acuáticos en el lastre de los buques destinados a puertos argentinos de la cuenca del Plata (DPMA) Tomo 6
Nº 8/98 - Plan nacional de contingencia. Plazos para la presentación de los planes de emergencia contribuyentes al mismo. (DPMA) Tomo 6
Nº 9/98 - Medios de remolque de emergencia en los buques tanque (DPSN) Tomo 1
Nº 1/99 - Aprobación de los modelos de referendo de expedición y de reconocimiento de títulos.
Nº 2/99 - Prevención de la Contaminación por desechos o residuos de carga provenientes de las bodegas de los buques.
Nº 3/99 - Normas de Admisión, Manipulación, Estiba y Transporte de Mercancías Peligrosas en Zonas Portuarias.
Nº 5/99 - Normas para la habilitación, inscripción y reinscripción de empresas prestadoras de servicios a terceros, dedicadas al control de derrames de hidrocarburos y otras sustancias nocivas y sustancias potencialmente peligrosas.
Nº 6/99 - Normas complementarias del capitulo 02 del régimen de las actividades náutico _ deportivas"", del titulo 4 del REGINAVE."
Nº 7/99 - Sistema de pago de inspecciones.
Nº 8/99 - Normas de compartimentado, sistema y dispositivos de lucha contra inundación.
Nº 1/00 - Modificaciones y notas aclaratorias de los modelos de certificados prescritos en el sistema armonizado de reconocimientos y certificación - res. a. 883(21) OMI -.
Nº 2/00 - Sistema de información de posición geográfica de los buques pesqueros argentinos, autorizados a operar en el Área protegida por la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CAMELAR) (sinfoantartico).
Nº 3/00 - Régimen para protección del medio ambiente.
Nº 4/00 - Complementa normas de navegación del titulo 3 capítulo 01 del REGINAVE.
Nº 5/00 - Normas de seguridad para la instalación a bordo de artefactos de uso doméstico que utilicen gas licuado de petróleo (GLP).
Nº 1/01 - Normas complementarias al reglamento de las actividades del buceo deportivo (Decreto Nro. 166-2001 Capítulo 12 del Título 4 del REGINAVE).
Nº 2/01 - Requisitos para la inscripción y habilitación de peritos navales.
Nº 3/01 - Aprobación y mantenimiento de dispositivos y medios de salvamento.
Nº 4/01 - Actualización del registro general matriz del personal de la marina mercante nacional y zonas especiales mediante censo general.
Nº 5/01 - Normas de inspección y/o verificación para los puertos, terminales portuarias y/o muelles autorización para el amarre.
Nº 6/01 - Requisitos técnico administrativos para la aprobación de embarcaciones menores y deportivas construidas en forma individual o en serie.
Nº 1/02 - Aprobar modelo de declaración jurada requerido por los Artículos 17 y 23 del decreto 817/92.
Nº 2/02 - Normas de protección pasiva contra incendios a bordo de buques y artefactos navales.
Nº 3/02 - Normas de construcción para buques y artefactos navales.
Nº 4/02 - Normas de seguridad para instalaciones de maquinas navales.
Nº 5/02 - Medidas de seguridad para el transporte de carga.
Nº 6/02 - División de zonas de practicaje obligatorio conforme la habilitación, registro y titulación de los Prácticos.
Nº 7/02 - Libretas de constancias de servicios y reconocimientos para prácticos, aspirantes a practico, baqueanos y de titulares de conocimiento de zona.
Nº 8/02 - Medidas de seguridad estructural para buques graneleros y petroleros.
Nº 9/02 - Normas y formularios que deberán utilizarse en los tramites correspondientes al registro nacional de buques.
Nº 1/03 - Aprobación de incineradores para residuos provenientes de operaciones normales de los buques.
Nº 2/03 - Prevención de la contaminación por hidrocarburos en caso de abordaje o varada - medidas aplicables a buques petroleros existentes en aguas de jurisdicción nacional.
Nº 3/03 - Facilitación del despacho de buques en puertos intermedios(km.300 al 600 Río Paraná)
Nº 4/03 - Normas para la obtención de los certificados de protección de los buques acorde a la parte (a) del Código internacional para la Protección de los buques y de las instalaciones portuarias (Código PBIP).
Nº 5/03 - Asignación de francobordo en buques mercantes.
Nº 6/03 - Normas para la obtención de la declaración de cumplimiento de instalación portuaria del Código internacional para la Protección de los buques y de las instalaciones portuarias (Código PBIP)
Nº 7/03 - Medidas de seguridad para botes a remo.
Nº 8/03 - Empresas, sociedades, cooperativas, y profesionales independientes que prestan servicios de practicaje y pilotaje. su habilitación, inscripción y aplicación de las normas de gestión para la seguridad de la navegación y protección ambiental.
Nº 9/03 - Normas para el registro, habilitación y funcionamiento de las organizaciones de protección reconocidas (OPR).
Nº 1/04 - Normas para la inscripción y habilitación del oficial de protección de la instalación portuaria y del oficial de la compañía para protección marítima.
Nº 2/04 - Normas para la obtención y mantenimiento del registro sinóptico continuo (RSC) previsto en la regla XIU-1/5 del convenio solas 1974, en su forma enmendada
Nº 3/04 - Normas generales de reserva de canales
Nº 1/05 - Censo nacional de buques y artefactos navales o acuáticos pertenecientes a los registros jurisdiccionales
Nº 2/05 - Normas para la organización y el funcionamiento de los registros jurisdiccionales
Nº 3/05 - Medidas de seguridad contra incendios y sistema general de extinción de incendios.
Nº 4/05 - Medios de evacuación de buques mercantes.
Nº 5/05 - Normas sobre sistemas fijos de extinción de incendios y sistemas de detección y alarma contra incendios para buques mercantes.
Nº 6/05 - Implementación de libretas de embarco con nuevas medidas de seguridad
Nº 7/05 - Normas de seguridad para las unidades móviles de perforación y buques de apoyo o suministro mar adentro
Actualizado el 12 de julio de 2005
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Para información online de los contenidos de estas Ordenanzas, visite el siguiente sitio: http://www.prefecturanaval.gov.ar/institucional/castellano/index.htm






