Malvinas. Más información en el registro de pesca
En la decimoquinta reunión del Consejo Federal Pesquero, el total de los representantes presentes solicitaron a la autoridad de aplicación de la 24.922 que se incluya en el Registro de la Pesca que indica el artículo 41 de esa norma, en concepto de declaración jurada para las empresas con permisos en este país, las vinculaciones societarias o de beneficio que mantienen con empresas extranjeras.
En la declaración jurada deberá constar la composición accionaria de la empresa argentina y de las empresas nacionales o extranjeras vinculadas a la primera.
De esta manera el CFP apunta a que la autoridad de aplicación, en aquellos casos en que no pudiera hacer efectiva las sanciones correspondientes contra aquellas personas físicas o jurídicas que resulten responsables de manera directa, instruya los procesos legales pertinentes a fin de aplicar esas sanciones a las personas físicas o jurídicas que puedan resultar legalmente responsables en la Argentina.
Se busca de esta manera que se puedan iniciar los procesos tendientes a aplicar las sanciones correspondientes a todos los buques pesqueros de bandera extranjera que pesquen dentro de la Zona Económica Exclusiva de la Republica Argentina, sin el correspondiente permiso de pesca emitido de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 24.922, en clara alusión a aquellos que lo hacen en las aguas adyacentes a las Islas Malvinas y pertenecen a empresas con intereses comerciales en nuestro país.
Se sigue cerrando el cerco para aquellas empresas que operan en ambas áreas y en poco tiempo más deberán requerir autorización del gobierno argentino para pescar en la zona de Malvinas retirarse del caladero nacional.
26/07/06
PESCA Y PUERTOS










